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ANÁLISIS DEL SISTEMA DE ORIENTACIÓN Y APOYO ESCOLAR DE GALICIA

Alba Campos TeixeiraTrabajo3 de Noviembre de 2017

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ORIENTACIÓN E INTERVENCIÓN PSICOPEDAGÓGICA

ANÁLISIS DEL SISTEMA DE ORIENTACIÓN Y APOYO ESCOLAR DE GALICIA


ÍNDICE

  1. INTRODUCCIÓN

  1. BREVE ESTUDIO HISTÓRICO DE LA ORIENTACIÓN EN ESPAÑA
  1. LA ORIENTACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTONOMA DE GALICIA
  1. COMPETENCIAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE INFANTIL Y PRIMARIA
  1. CONCLUSIONES
  1. BIBLIOGRAFÍA Y WEBGRAFÍA

 

1. INTRODUCCIÓN

 La actividad que a continuación se va a desarrollar está realizada siguiendo el Plan de Estudios del Grado de  Pedagogía de la UNED, que como materia obligatoria incluye la asignatura de Orientación e Intervención Psicopedagógica en el  2º curso; es de carácter semestral  y consta de 6  créditos. Estamos cursando estos créditos durante el presente año escolar 2014/2015.

De esta manera, con el siguiente documento vamos a analizar la situación y normativa actual, en lo referido a la orientación y al rol de los profesionales específicos para ello, en los centros de educación de infantil y primaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La actividad citada, está estructurada conforme a los puntos que a continuación vamos a exponer:

  • Una vez hecha la introducción, continuaremos con un breve estudio histórico de la Orientación en España; desde sus inicios hasta el día de hoy.
  • El segundo apartado se refiere  a la  Orientación en la Comunidad Autónoma de Galicia; disertaremos sobre la orientación en Galicia y el papel que desempeñan los profesionales.
  • El siguiente punto se refiere a las competencias en los centros educativos de infantil y primaria.
  • El cuarto apartado, hablaremos de las conclusiones, en las que detallaremos nuestro criterio  sobre la Orientación en nuestra Comunidad Autónoma; Galicia.
  • Por último, se incluye la bibliografía/webgrafía consultada.

2. BREVE ESTUDIO HISTÓRICO DE LA ORIENTACIÓN EN ESPAÑA

Al comienzo de la década de los 80 predomina en la Orientación un enfoque estrictamente remedial, aunque posteriormente se tiende hacia una vertiente más psicopedagógica y la Orientación se dirige a toda la comunidad escolar.

 A consecuencia de ello se empiezan a refundir y unificar los distintos servicios implicados, asumiendo las funciones de prevención educativa; detección de problemas y trastornos del desarrollo; valoración de las necesidades educativas especiales; orientación escolar, personal y vocacional; y asesoramiento y ayuda al profesorado de Educación Primaria.

Con el traspaso de competencias educativas a algunas comunidades autónomas, entre ellas Galicia, en 1985, estos servicios comienzan a tener diferentes denominaciones, aunque sus funciones suelen ser prácticamente las mismas.

Con la promulgación de la Ley Orgánica 1/1990 de 3 de octubre, que tuvo como precedente una fase experimental, se abre la puerta al sistema educativo que hoy conocemos, con las variaciones de las leyes aprobadas posteriormente por los distintos gobiernos.

La  LOGSE pretendía llevar la educación española a un nivel europeo, ampliando la educación gratuita y obligatoria  a los 16 años, descentralizando el sistema educativo, una reforma curricular amplia y una base común con las enseñanzas mínimas. Los principios que regirán la educación a partir de ahora serán una formación personalizada que permita una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. La participación y colaboración de los padres en la educación de sus hijos. La igualdad entre sexos, el respeto a todas las culturas, el desarrollo de la creatividad y el espíritu crítico y el fomento de hábitos de comportamiento democrático. La autonomía pedagógica de los centros y la actividad investigadora del profesorado a partir de su práctica docente.

La atención al alumnado con necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización y de integración social. La progresiva implantación de esta ley posibilita la integración de la Orientación en la educación desde una perspectiva curricular, adoptándose un modelo organizativo que diferencia tres niveles de intervención:

  • La acción tutorial en el aula con el grupo-clase
  • La organización y coordinación en cada centro educativo desempeñadas por el Departamento de Orientación;
  • El asesoramiento y apoyo externo ejercido por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP).

Pero pasar de la teoría sobre Orientación que se incluye en los textos legales, a la concreción de ésta en la práctica, supuso un largo camino. En efecto, aunque durante los años noventa ha sido considerable el avance logrado en la implantación de la Orientación educativa en el sistema escolar, siguen faltando recursos materiales, personales y económicos que garanticen una mejor preparación del profesorado y aseguren la puesta en práctica de forma generalizada del modelo propuesto por la LOGSE.

Posteriormente el Gobierno del Partido Popular justifica la creación de una nueva Ley de Educación (LOCE) que se adapte a los cambios y desafíos del S.XXI. Atrás han quedado los retos de universalización de la educación, convirtiéndose en un derecho fundamental y efectivo de los ciudadanos. Con la  Ley 2/2006 (LOE) sus principios básicos se centran en una educación de calidad para todos y en todos los niveles, en la necesidad de la colaboración de toda la comunidad educativa para lograr la calidad y la equidad y el compromiso con los objetivos planteados por la Unión Europea. Hasta este curso 2014/2015 en que ha entrado en vigor la LOMCE y se ha comenzado su implantación, los centros han basado su Proyecto educativo en esta Ley.

3. LA ORIENTACION EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

El modelo institucional de orientación en la Comunidad Autónoma de Galicia queda establecido en sus líneas fundamentales al promulgarse el Decreto 120/1998 de 23 de Abril (D.O.G. del 27) por el que se regula la Orientación Educativa y Profesional en los centros educativos y la Orden de 24 de Julio de 1998 (D.O.G. del 31) que, a modo de desarrollo del decreto anterior, determina con mayor concreción la organización y funcionamiento de los servicios de orientación educativa y profesional en los centros de enseñanza de niveles no universitarios.

TUTORÍA:

Por lo que respecta a la tutoría, comenzaremos por señalar que se regula fundamentalmente en las disposiciones siguientes:

a) Decreto 374/1996, de 17 de Octubre por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria (D.O.G. del 21.10)

 b) Decreto 7/1999, por el que se establece el Reglamento Orgánico de los centros públicos integrados (D.O.G. Del 26.01)

 c) Decreto 324/1996, de 26 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de centros de educación secundaria (D.O.G. del 09.08).

La función tutorial, en Galicia, presenta características iguales que en otras Comunidades; éstas son de coordinar las enseñanzas y la acción tutorial del equipo docente, y constituir el nexo de unión entre los estudiantes, familias, y otros agentes externos.

Esta función es asumida por un profesor/a que imparte docencia en el propio centro, por lo tanto es una estructura unipersonal, y al tratarse de un docente del centro, se localiza internamente.

DEPARTAMENTOS DE ORIENTACIÓN:

La normativa gallega establece la creación de los departamentos de orientación en los colegios de primaria que tengan doce o más unidades. Los centros de primaria de menos de doce unidades quedan incluidos en el ámbito de intervención de los departamentos de orientación de los centros a los que se adscriben y que pueden ser colegios de infantil y primaria, centros públicos integrados o institutos de secundaria.

La composición del Departamento de orientación consta del Jefe de departamento (maestro con la titulación de licenciado en psicología, pedagogía y psicopedagogía), maestros de pedagogía terapéutica y audición y lenguaje, y los coordinadores de ciclo.

LOS EQUIPOS DE ORIENTACIÓN ESPECÍFICOS:

Los Equipos de Orientación Específicos se configuran como servicios externos especializados de carácter provincial. En su plan de actuación abarcan diferentes instituciones, concretamente en primaria están compuestos por:

  • Dos profesores (especialidad pedagogía y psicología).
  • Maestro especialista en audición y lenguaje.
  • Trabajador social y/o educador social.

Los miembros de los antiguos equipos psicopedagógicos de apoyo serán adscritos a los departamentos de orientación o equipos de orientación específicos.

4. COMPETENCIAS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE INFANTIL Y PRIMARIA

Los principios teóricos en que se fundamenta la referida normativa consideran la Orientación como un derecho del alumnado, que se debe ejercer durante  toda la etapa escolar.

Su ámbito de intervención, además de la valoración de las necesidades educativas y el desenvolvimiento de programas específicos, debe contemplar el apoyo al alumnado para afrontar los momentos decisivos de la vida escolar, desde el ingreso en el centro al cambio de ciclo, de etapa y la resolución de conflictos interpersonales.

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