ASIGNACIÓN FAMILIAR Y GRATIFICACIÓN
Mairo AndréDocumentos de Investigación12 de Junio de 2019
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UNIVERSIDAD PRIVADA ANTENOR ORREGO
ESCUELA DE ADMINISTRACIÓN
ASIGNACIÓN FAMILIAR Y GRATIFICACIÓN
INTEGRANTES
- Bringas Rodríguez, Alexandra
- Mori Mendoza, Ashly
- Salinas Barrantes, Leslie
- Zavaleta Maura, Mairo
- Zavaleta Ramos, Karen
PROFESOR
ZEGARRA AREVALO, RONAL
TRUJILLO-PERÚ
AÑO 2019
- INTRODUCCIÓN
En la actualidad sabemos que el hombre no es un ser aislado, de ahí es que cada ser humano pertenece a un grupo social, por ende, se desarrolla y alcanza la plenitud en familia y se sustenta con el fruto de su trabajo; por ello es que las necesidades de las familias son cubiertas de alguna u otra forma, para retribuir y valorar a la misma, ya que es una pieza clave de la sociedad y a demás proveedora de los recursos humanos.
En el Perú, la nación es la encargada de velar por la seguridad de los ciudadanos, así mismo como su continuidad y crecimiento económico por ello se debe retribuir las necesidades familiares. Existen muchas empresas privadas; las cuales ayudan al esfuerzo emitido por el hombre hacia las empresas y mantienen en armonía la familia y la economía. Por ello es que se creó la ley de Asignación Familiar N.º 129.
Además, otro punto que se va a tratar, son las recompensas que se le otorga al trabajador y tiene el derecho de recibir gratificaciones ordinarias normadas por la ley N.º 27735 este otorgamiento se da por las empresas privadas según sea su actividad.
- DOCTRINA
- ASIGNACIÓN FAMILIAR
2.1.1 DEFINICIÓN
Para (Martínez, 2013) Los trabajadores de la actividad privada percibirán el equivalente al 10% de la remuneración mínima vital vigente en la oportunidad que corresponda percibir el beneficio.
Según (Sanchez, 2013) Todos los trabajadores que pertenecen al régimen privado tienen derecho a recibir una asignación familiar, es decir, un pago adicional a su sueldo por tener uno o más hijos. El monto es el 10% de la RMV.
Según (Benavides & Díaz, 2016) Se encuentra legislada por la ley N.º 25129 (02.12.89) y el D.S N.º 035.90.TR (07.06.90).
La asignación es un beneficio otorgado a los trabajadores de la actividad privada siempre que tengan hijos menores a su cargo o que siendo mayores este cursando estudios superiores y que sus remuneraciones no se regulen por negociación colectiva.
La legislación laboral peruana a dispuesto otorgar asignación familiar a los trabajadores que laboran en relación de dependencia o de subordinación el 10% del ingreso mínimo legal, sustituido por la remuneración mínima vital (RMV), que tengan a su cargo uno mas hijos menores de 18, salvo se encuentre efectuando estudios superiores o universitarios, en cuyo caso este beneficio se extenderá en un máximo de 6 años posteriores al cumplimiento de la mayoría de edad.
- GRATIFICACIÓN:
Para (Martínez, 2013) la gratificación está normada por la ley N.º 27735 (28.05.2002), la ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los trabajadores del régimen de la actividad privada por fiestas patrias y navidad y su reglamento, el decreto supremo N.º 005-2002-TR (04-07-2002)
Según (Benavides & Díaz, 2016) La gratificación son pagos que el empleador adicionalmente a la remuneración ordinaria hace a sus trabajadores, en unos casos porque lo determina la ley como en los casos de navidad, año nuevo y fiestas patrias; en otros casos porque devienen de pactos o convenios o colectivos.
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