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AUDIENCIA CONCENTRADA: LEGALIZACIÓN DE CAPTURA – FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN – MEDIDA DE ASEGURAMIENTO.


Enviado por   •  8 de Mayo de 2018  •  Informes  •  1.021 Palabras (5 Páginas)  •  419 Visitas

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AUDIENCIA CONCENTRADA:

LEGALIZACIÓN DE CAPTURA, FORMULACION DE IMPUTACION Y MEDIDA DE ASEGURAMIENTO

LAURA NATHALIA HERRERA PULIDO

CODIGO:1092364599

JUVENAL VALERO BENCARDINO

PROCEDIMIENTO PENAL

DERECHO

FACULTAD DE ARTES Y HUMANIDADES

UNIVERSIDAD DE PAMPLONA

VILLA DEL ROSARIO

2018

AUDIENCIA CONCENTRADA: LEGALIZACIÓN DE CAPTURA – FORMULACIÓN DE IMPUTACIÓN – MEDIDA DE ASEGURAMIENTO.

El juez de control de garantías da inicio explicando el proceso de la audiencia preliminar concentrada la cual consta de tres pretensiones; 1) legalización de captura, 2) formulación de imputación y 3) solicitud de medida de aseguramiento, las cuales fueron solicitadas por un representante de la fiscalía general de la nación en el proceso adelantado por el presunto punible de violencia intrafamiliar en contra del señor William Alberto Galeano Álzate.

Después procede a la verificación de la presencia de las partes para lo cual solicita nombre completo, número de documento,  dirección y teléfono para efectos de notificaciones.

  • PARTES:

FISCAL: NESTOR GUSTAVO LEÓN ARDILA, FISCAL 166 LOCAL, ADSCRITO A LA UNIDAD DE REACCIÓN INMEDIATA CENTRO, UBICADA EN LA CARRERA 64C N° 67300 BLOQUE B 3ER PISO, TELEFONO 4446677 EXTENSIÓN 5300.

DEFENSOR PÚBLICO: LUIS FERNANDO JARAMILLO SERNA, CÉDULA DE CIUDADANIA N° 71689130 EXPEDIDA EN MEDELLÍN, TARJETA PROFESIONAL N° 85511 EXPEDIDA POR EL CSJ, DEFENSOR PÚBLICO ADSCRITO AL SISTEMA NACIONAL DE DEFENSORIA PUBLICA, SE LE UBICA EN EL MISMO EDIFICIO DONDE PRESIDE LA AUDIENCIA PISO 16, TELEFONO 2626228.

CAPTURADO: WILLIAM ALBERTO GALEANO ÁLZATE, CEDULA DE CIUDADANIA N° 71734452 EXPEDIDA EN MEDELLIN, DIRECCIÓN CALLE 35 N°85 -43 BARRIO LAURELES, TELÉFONO 4436680.

  • HECHOS:

 El día 16 de marzo del 2009 personal de la policía nacional recibió reporte de la central de una riña en la carrera 85e con calle 35 el cual fue recibido a las 20:35 hrs, se trasladaron al lugar y se entrevistaron con el señor Julio Rúa Gil vecino de la calle el cual manifestó que el señor William Alberto Galeano Álzate que se encontraba unas calles más abajo había llegado a su casa amenazándolo  de matarlo con un revolver el cual estaba buscando en su casa la cual queda ubicada en la calle 35 n°85 -43. La policía se traslado de inmediato al lugar, al llegar a este se encontraba peleando con la señora María Galeano que es su hermana, lograron observar que la estaba tratando mal diciéndole palabras obscenas y amenazándola que la iba a matar, el señor Galeano al notar la presencia de la policía entro a su domicilio con un cuchillo el cual no fue posible ubicar.  Posteriormente salió a la calle y fue capturado ya que la hermana manifestó que lo iba a denunciar por violencia intrafamiliar. 

  1. LEGALIZACION DE CAPTURA

La fiscalía solicita que el juez imparta legalidad  al procedimiento de legalización de captura del señor William Alberto Galeano Álzate por los recientes hechos. La fiscalía presenta al señor Galeano y argumenta que la captura se debió a flagrancia en concordancia con el art. 301 #2 del CPP debido a lo ocurrido con sus vecinos y el art. 301 #1 del CPP en cuanto a la violencia intrafamiliar y que no se le violo ningún derecho fundamental.

El juez procede a preguntarle al capturado si la firma y huella que se encuentran en el acta donde consta que se le leyeron sus derechos y se le dio buen trato fueron plasmadas de manera voluntaria por el señor Galeano, este manifiesta que sí pero que en ningún momento le leyeron sus derechos aunque si sabía que el documento decía derechos del capturado.

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