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AUDIENCIA CONCENTRADA


Enviado por   •  7 de Abril de 2016  •  Informes  •  929 Palabras (4 Páginas)  •  694 Visitas

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AUDIENCIA CONCENTRADA

JUZGADO OCTAVO De control de garantías de Bucaramanga:

JUEZ DE CONTROL DE GARANTIAS: Doctora Pilar Duarte

INTERVINIENTES EN AUDIENCIA

  • REPRESENTANDO A

FISCALIA: Fiscal 326 Abil Hernández Restrepo

MINISTERIO PUBLICO: José Gregorio Perez

DEFENSOR: Efrain Gomez Jerez

INDICIADO: Jorge Ernesto Diaz

DELITO: Tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.

Delito se enmarca en: Artículo 376 del código penal. Parágrafo segundo pena de 4 a 6 años.

Hechos: El señor Carlos Enrique Useche es capturado en el barrio el Carmen de la ciudad de Floridablanca,  portando 145 gramos de  una sustancia verde triturada, que luego de realizar el estudio químico de dicha sustancia se puede determinar que se trata de marihuana.

AUDIENCIA 1.

LEGALIZACION DE CAPTURA

FECHA Y HORA  DE LA CAPTURA: 24 de Febrero de 2016, 16:25 HORAS

La fiscal describe la  forma como fue realizada la captura y entrega los siguientes documentos:

  • Informe ejecutivo de SIJIN
  • Acta de derecho de buen trato en captura
  • Acta incautación de estudio de dicha sustancia

El capturado fue presentado el día 25 de Febrero de 2016 a las 9:30 Horas.

Intervención del ministerio Público: La legalización de la captura está sustentada con material probatorio y la razón de la captura se encuadra en el numeral 1 del artículo 301 del código de procedimiento penal con el presunto punible tipificado en el artículo 376 del código penal. En lo que tiene que ver con el procedimiento según artículo 302 fue la autoridad quien realizo la captura, y en los derechos del capturado según el artículo 303, no se presenta vulneración al derecho de la dignidad humana. Solicita el ministerio publico despache favorablemente la petición de legalización de captura.

Intervención de la defensa: No hay vulneración de derechos, no hay objeción ante la legalización de la captura.

Intervención del JUEZ DE CONTROL DE GARANTIAS: Hace énfasis en los siguientes aspectos:

  • Articulo 302 y el tiempo de presentación del aprehendido ante el juez de control de garantías, el cual cumple satisfactoriamente.
  • Causal de flagrancia, cumplimiento del numeral 1 del artículo 301.

El despacho encuentra que se han cumplido los parámetros establecidos para este procedimiento según artículos 301 302 y 303 del código de procedimiento penal, por tanto la decisión es impartir control de legalidad en la captura.

AUDIENCIA 2

  IMPUTACION

Intervención de la fiscalía. La fiscalía hace la imputación desarrollando   los siguientes aspectos:

  • Individualización del capturado.
  • Descripción de los hechos ocurridos en el momento de la flagrancia
  • Lectura del articulo 376 acerca del tráfico de estupefacientes en donde se encuentra que el imputado porta 145 gramos de marihuana el cual otorga una pena de 5 años  hasta 9 años  y una sanción económica de 150 SMLMV.

El ministerio público y la defensa están de acuerdo con la imputación realizada por la fiscalía.

El juez de control de garantías hace la imputación y  trae a juicio los artículos 8 referentes al derecho de defensa y el artículo 131 sobre renuncia de derechos del código de procedimiento penal vigente.

La decisión del imputado es no aceptar los cargos de lo imputado.

AUDIENCIA 3

 MEDIDA DE SEGURAMIENTO

En esta audiencia la fiscalía se abstiene de pedir medida de aseguramiento pese a que el delito es investigable de oficio y cuya pena a imponer al superar los cuatro años de prisión sin embargo no cuenta con los requisitos del articulo 308 código procedimiento penal. La fiscalía pudo observar que el imputado cuenta con un arraigo familiar y laboral y no registra antecedente alguno, por tanto solicita la libertad inmediata del ciudadano.

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