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Anexo Ley General


Enviado por   •  11 de Enero de 2015  •  1.623 Palabras (7 Páginas)  •  280 Visitas

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Caso 1:

Aniek Van Hart es una mujer de 25 años, nacida en Rotterdam, Holanda. Vino a la Ciudad de Tula para brindar asesoría en ingeniería a una importante refinería, en donde conoció a un ingeniero mexicano de 30 años y se enamoraron. Ella permaneció seis meses, cuando se dio cuenta que estaba embarazada de él.

Si fueras un funcionario de la Secretaría de Gobernación, y tuvieras que decidir, apegado a la ley, si Aniek debe o no abandonar el país? ¿Qué decidirías? Fundamenta tu respuesta en las leyes y temas estudiados.

Se argumentaría según la Ley de migración los artículos siguientes.

Artículo 7. La libertad de toda persona para ingresar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional tendrá las limitaciones establecidas en la Constitución, los tratados y convenios internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano, esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.

El libre tránsito es un derecho de toda persona y es deber de cualquier autoridad promoverlo y respetarlo. Ninguna persona será requerida de comprobar su nacionalidad y situación migratoria en el territorio nacional, más que por la autoridad competente en los casos y bajo las circunstancias establecidos en la presente Ley.

Artículo 41. Los extranjeros solicitarán la visa en las oficinas consulares. Estas autorizarán y expedirán las visas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

En los casos del derecho a la preservación de la unidad familiar, por oferta de empleo o por razones humanitarias, la solicitud de visa se podrá realizar en las oficinas del Instituto. En estos supuestos, corresponde al Instituto la autorización y a las oficinas consulares de México en el exterior, la expedición de la visa conforme se instruya.

La oficina consular podrá solicitar al Instituto la reconsideración de la autorización si a su juicio el solicitante no cumple con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

El Instituto resolverá en definitiva sin responsabilidad para la oficina consular.

Se considera promovente al mexicano o a la persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal, de residente temporal estudiante o de residente permanente, que solicita una visa para una persona extranjera con la que acredita vínculo familiar.

- Se consideran concubinarios o concubinas de conformidad con el Código Civil Federal, las personas que vivan en común en forma constante y permanente libres de matrimonio por un período mínimo de cinco años.

- También se reconocerá el carácter de concubina o concubinario a la persona extranjera que no cumpla con el período señalado en el párrafo anterior, pero que tenga hijos en común con el mexicano o extranjero residente en el país.

- En ningún caso, el promovente podrá solicitar visa para más de un cónyuge o concubino aunque la legislación de otro país lo permita. Lo anterior salvo que acredite en su caso, con documentales emitidas ante autoridad competente, la disolución o término del vínculo previo acreditado ante el Instituto.

- La autoridad migratoria puede allegarse de los medios de prueba que estime convenientes para mejor proveer.

- La autoridad migratoria negará los trámites migratorios de los promoventes que se ubiquen en los supuestos del artículo 43 de la Ley.

Artículo 52. Los extranjeros podrán permanecer en el territorio nacional en las condiciones de estancia de visitante, residente temporal y residente permanente, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley, su Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, de conformidad con lo siguiente:

VII. RESIDENTE TEMPORAL. Autoriza al extranjero para permanecer en el país por un tiempo no mayor a cuatro años, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, sujeto a una oferta de empleo con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo desee y con derecho a la preservación de la unidad familiar por lo que podrá ingresar con o solicitar posteriormente la internación de las personas que se señalan a continuación, quienes podrán residir regularmente en territorio nacional por el tiempo que dure el permiso del residente temporal:

a) Hijos del residente temporal y los hijos del cónyuge, concubinario o concubina, siempre y cuando sean niñas, niños y adolescentes y no hayan contraído matrimonio, o se encuentren bajo su tutela o custodia;

b) Cónyuge;

c) Concubinario, concubina o figura equivalente, acreditando dicha situación jurídica conforme a los supuestos que señala la legislación mexicana, y

d) Padre o madre del residente temporal.

Las personas a que se refieren los incisos anteriores serán autorizados para residir regularmente en territorio nacional bajo la condición de estancia de residente temporal, con la posibilidad de obtener un permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país sujeto a una oferta de empleo, y con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo deseen.

En el caso de que el residente temporal cuente con una oferta de empleo, se le otorgará permiso para trabajar a cambio de una remuneración en el país, en la actividad relacionada

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