ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Apuntes internacional privado


Enviado por   •  25 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  570 Palabras (3 Páginas)  •  168 Visitas

Página 1 de 3

DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO

DEFINICION DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: conjunto de normas jurídicas dirigidas a resolver los conflictos de interpretación y aplicación de las leyes entre dos o mas estados en multiples relaciones juridicas entre particulares.

FUENTES: normas jurídicas nacionales o internas y normas jurídicas internacionales (tratados o convenios)

CARACTERISTICAS DEL TRAFICO JURIDICO EXTERNO. (siempre debe existir en la relación jurídica un elemento conectado a la soberanía extranjera)

ELEMENTO PERSONAL: se refiere a que una de las personas que interviene en la relación jurídica es extranjera.

ELEMENTO REAL: sobre la extranjería de las cosas, esta se fija por que la cosa se fija fuera de los limites y de las fronteras.

ELEMENTO CONDUCTISTA: se trata tanto de derechos como de actos jurídicos en donde el elemento es extranjero. Se presenta cuando esa conducta se comete fuera del estado.

HECHO JURIDICO EN GENERAL: es un acontecimiento de la naturaleza en relación con el hombre o un hecho del hombre que tiene consecuencias jurídicas consistentes en crear modificar, transmitir y extinguir derechos y obligaciones.

VOLUNTARIOS: manifestación intencional de la voluntad, pueden ser legales e ilegales.

INVOLUNTARIOS: no interviene la voluntad del hombre.

DIFERENCIAS ENTRE DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO Y PRIVADO.

En cuanto al ámbito de aplicación(si pueden completar es la 1ra), en cuanto a las fuentes, en cuanto a las materias o relaciones que regulan, en cuanto a los destinatarios de la norma.

CONFLICTO DE LEYES: es un derecho asociado al derecho internacional privado porque su función consiste en resolver cual ley es aplicable en una relación jurídica en la que aparece un elemento extranjero.

CONFLICTO DE LEYES TERRITORIALISTA: se resuelve como si no hubiera elemento extranjero

CONFLICTO DE LEYES EXTRATERRITORIALISTA O PERSONALISTA: supone que se aplica el derecho de otro país con el cual tenga conflicto el elemento extranjero.

SUPUESTO DE CONFLICTO DE LEYES: 1er. El conflicto de leyes no se puede regular al no existir un punto en común entre dos legislaciones. 2do. Un conflicto de leyes parcial, dos estados contemplan la misma figura publica pero la regulan de diferente forma. 3ro. En las legislaciones de los estados no hay diferencias en la figura jurídica ni en su forma de regularla por lo tanto no hay conflicto de leyes.

CRITICA A LA DNOMINACION DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO (NO TENGO ESTE APUNTE COMPLETAR PORFA)

CRITICA EN REACION A LAS NORMAS APLICADAS: 1ra. En relación con las leyes aplicables el juez puede aplicar normas del derecho extranjero y estas no son normas del derecho internacional privado, si no de derecho interno del estado extranjero. 2da.si la norma de derecho extranjero proviene de un tratado bilateral, la norma solamente es obligatoria para esos estados que firmaron el tratado.

CRITICA EN CUANTO A TERMINO PRIVADO: 1ro. Con este termino se hace una delimitación del ámbito de aplicación respecto al resto de los ordenamientos jurídicos del mundo por lo que estamos en una norma que no pertenece al derecho privado si no al publico. 2da. Las relaciones entre particulares pueden ser de naturaleza privada o de naturaleza publica, por lo tanto no serian solamente privadas.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (3.8 Kb)   pdf (45.9 Kb)   docx (10.9 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com