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Arrendamiento

latin7226 de Junio de 2014

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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRA POR UNA PARTE EL SR. BENJAMIN HERNANDEZ ESPINOZA A QUIEN EN LO SUCESIVO Y PARA EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LE DENOMINARA ¨EL ARRENDADOR¨ Y POR LA OTRA PARTE SRA…………………… QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA ¨EL ARRENDATARIO¨ Y A SR…………………………………… A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA ¨EL AVAL¨. TODOS Y LOS CUALES SE SEJETARAN A LAS DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES.

D E C L A R A C I O N E S:

I.- DECLARA EL ARRENDADOR.

A.-Que cuenta con la capacidad legal y jurídica para la celebración del presente contrato

B.- Que es propietario del cajón de estacionamiento que pertenece al departamento marcado con el numero tres (3) ubicado en la calle de Heriberto Frias numero ciento veinte (120) en la colonia Narvarte de la delegación Benito Juarez en el Distrito Federal.

C.-Que para efectos del presente contrato señala como domicilio para recibir, oír, toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en la calle ……………. colonia …………………….C.P………...

II.-DECLARA EL ARRENDATARIO.

A.-Que tiene la capacidad jurídica y legal para obligarse en los términos del presente documento.

B.- Que tiene interés en recibir en arrendamiento el cajón de estacionamiento antes descrito en el inciso B de declaraciones del Arrendador. El cual sabe y le consta, que se encuentra en perfecto estado.

C.- Que para efectos del presente contrato señala como domicilio para recibir, oír todo tipo de notificaciones el ubicado en …………………………………………………………………………………..

III.- DECLARA EL AVAL.

A.- ser una persona física mayor de edad y con capacidad legal, jurídica y económica para fungir en el presente contrato como AVAL del ARRENDATARIO y comprometerme a las mismas obligaciones contenidas en el presente documento.

B.- Ser propietario del inmueble ubicado en Calle ………………………………………………………………………….. según consta en la escritura pública numero ……………… inscrita en el Registro Público de la propiedad , y el cual se señala como garantía del cabal cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el presente documento.

C.- Que el bien inmueble que se señala como garantía y que ha quedado descrito en el inciso inmediato anterior se encuentra libre de gravamen y limitación en su dominio y al corriente de todo su pago de impuestos, obligándome a no enajenarlo, cederlo o comprometiéndolo con terceros durante el tiempo que dure la relación contractual derivada del presente documento.

D.- Que para efectos del presente documento lo firmara el AVAL Sr. (a) ……………….

E.- Para efectos del presente documento el Aval señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones relacionadas con el presente documentos el ubicado con el mismo domicilio anterior.

IV.- DECLARAN LAS PARTES.

A.- Que en el presente contrato no existe dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio de la voluntad, por lo que expresamente renuncian a invocarlos en cualquier tiempo.

B.- Que se reconoce la personalidad con la que comparecen a la celebración de este documento y expresamente convienen someterse a las obligaciones contenidas en las siguientes:

C L A U S U L A S:

PRIMERA.- OBJETO.

El ARRENDADOR da en arrendamiento al ARRENDATARIO y este a su vez toma en dicha calidad, el cajón de estacionamiento del departamento marcado con el numero tres (3) Planta Baja ubicado en la callle de Heriberto Frias numero ciento veinte (120), en la colonia Narvarte, delegación Benito Juarez, en el Distrito Federal.

SEGUNDA.- RENTA.

Las partes conviene voluntariamente y de común acuerdo que EL ARRENDATARIO pagara por concepto de contraprestación una renta mensual al ARRENDADOR o a quien sus derechos represente, en los términos siguientes:

A.- El monto de la renta mensual será de $ 800 .000.00 (OCHOCIENTOS PESOS 00/100 M.N.) por mes, misma que se deberá adicionar el impuesto al valor agregado.

B.- A la fecha de la firma del presente contrato EL ARRENDATARIO pagara a EL ARRENDADOR el primer mes de renta, EL ARRENDADOR entregara el recibo correspondiente de dicho pago.

C.- El pago total de la renta se pagara dentro de los primeros cinco días de cada mes contados a partir del día primero de cada mes en la cuenta bancaria numero Banco ……….. clave interbancaria no. o en el domicilio del ARRENDADOR ubicado en la calle ………………….. Y comenzara a correr a partir de la fecha de vigencia del presente contrato, siendo causa de recisión de contrato el que no se cubran las rentas completas dentro del plazo señalado con anterioridad.

D.-No podrá en ningún caso EL ARRENDATARIO retener las rentas bajo ningún título judicial ni extrajudicialmente, debiendo hacer el pago integro, a más tardar en el plazo antes descrito, dentro de los primeros cinco días de cada mes, en caso de no hacerlo EL ARRENDATARIO pagara una pena convencional del % ( POR CIENTO) diario sobre el importe de la renta, sin perjuicio de lo que estipula dicho inciso (c).

E.- Cuando EL ARRENDATARIO pague la renta con cheque y este no fuere cubierto por el banco emisor por cualquier causa, se considerara que el pago de la renta de que se trate no fue recibido en tiempo y forma por EL ARRENDADOR quedando obligado EL ARRENDATARIO a cubrir los gastos y penalidades que genere la devolución del cheque correspondiente, como el 20% del valor del cheque, conforme a lo estipulado en la ley de títulos y operaciones de crédito así como las comisiones bancarias vigentes, sin perjuicio de los incisos C y D de las clausulas del presente documento.

Si EL ARRENDADOR recibe en fecha y forma distinta a lo pactado en el presente documento o recibe abonos a cuenta de las mismas, no se entenderá como novado el contrato, ni en cuanto a los términos ni en cuanto a la fecha y forma de pago de la renta.

TERCERA.- AJUSTE DE LA CONTRAPRESTACION MENSUAL.- Ambas partes convienen en ajustar anualmente el monto de la contraprestación mensual a partir del inicio del plazo del arrendamiento, incrementándola en el porcentaje en que haya variado el Indice Nacional de Precios del Consumidor para la Ciudad de México, Distrito Federal, publicado mensualmente por el Banco de México, comparando el correspondiente al mes inmediato anterior al mes en que deba efectuarse el ajuste, con el correspondiente al mes inmediato anterior al mes del inicio del plazo de arrendamiento o al mes de que se trate. En caso de que a la fecha en que deba efectuarse el ajuste de la contraprestación mensual no se hubieren publicado los índices mensuales de referencia, dicho ajuste se efectuará provisionalmente con índices estimados de común acuerdo hasta en tanto se disponga de la publicación respectiva, momento en que se determinará el ajuste definitivo, mismo que se aplicará retroactivamente a partir del mes de que se trate. Los ajustes en el importe de la contraprestación no darán lugar a que se considere novado el contrato.

Será responsabilidad de EL ARRENDADOR el efectuar el cálculo del ajuste y notificarlo por escrito a LA ARRENDATARIA quien se obliga a cubrir al mes correspondiente el ajuste respectivo. De no emitir LA ARRENDATARIA por escrito, observación alguna a dicho cálculo en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles, contados a la fecha de notificación, se entenderá que el mismo es correcto y quedará firme para todos los efectos legales a que haya lugar.

CUARTA.- PLAZO DEL ARRENDAMIENTO.-El plazo del arrendamiento es de UN AÑO, para ambas partes, contados a partir del día ………………, el plazo se considera como máximo e improrrogable, salvo acuerdo por escrito en contrario, por lo que concluirá, sin necesidad de aviso el día …………………… como lo estipula el primer párrafo del Artículo 2484 del Código Civil vigente para el Distrito Federal.

QUINTA.- Al concluir el plazo del arrendamiento, LA ARRENDATARIA se obliga a entregar a EL ARRENDADOR el cajón de estacionamiento conforme a lo establecido en la Cláusula Cuarta de este contrato. Así mismo, deberá entregarla libre de cualquier limitación de uso, liberando a EL ARRENDADOR de cualquier responsabilidad o reclamación que terceros le llegare a imputar por dicho concepto. De no entregar la localidad en los términos establecidos en este contrato, se hará acreedora, independientemente del pago de la contraprestación rentística, por cada mes que transcurra al pago equivalente a una contraprestación mensual vigente en el último mes del plazo de arrendamiento, sin perjuicio de que EL ARRENDADOR ejerza la acción legal correspondiente.

SEXTA.-FORMA DE USO.

EL ARRENDATARIO podrá gozar y disponer del cajón de estacionamiento arrendado en forma ordenada y tranquila no debiendo destinarlo a usos contrarios a la moral y las buenas costumbres, observando las disposiciones, limitaciones y prohibiciones contenidas por la ley.

Ambas partes conviene en que queda prohibido ejecutar actos que perturben la seguridad o tranquilidad de los vecinos, igualmente acto u omisión que afecte o comprometa la estabilidad, seguridad, higiene, salubridad o comodidad del mismo.

SEPTIMA.- ADAPTACION, CONSERVACIÓN, OBRAS Y MEJORAS.- LA ARRENDATARIA se obliga a conservar el cajón de estacionamiento arrendado en el mismo estado y condiciones en que manifieste recibirla. Los desperfectos que sufra el cajón de estacionamiento por

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