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Art 2 Constitucion


Enviado por   •  29 de Noviembre de 2013  •  637 Palabras (3 Páginas)  •  243 Visitas

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Artículo 2 de la constitución

Reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación mexicana y como conjunto de culturas pertenecientes a ella, asegura su bienestar así como también su identidad, costumbres, lenguas, sus derechos normativos dentro de la comunidad, su patrimonio y garantiza impulsar su desarrollo dentro de la comunidad en materia de educación he infraestructura para fortalecerlas y mantenerlas dentro de la ley y asegurar sus derechos como indígenas de una comunidad.

La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas que son aquellos que descienden de poblaciones que habitaban en el territorio actual del país al iniciarse la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas.

El derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación se ejercerá en un marco constitucional de autonomía que asegure la unidad nacional.

A. Reconoce y garantiza el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a la libre determinación y, en consecuencia, a la autonomía para:

I. Decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural.

II. Aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos.

III. Elegir a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando la participación de las mujeres en condiciones de equidad.

IV. Preservar y enriquecer los elementos que constituyan su cultura e identidad.

V. Conservar y mejorar el hábitat y preservar la integridad de sus tierras.

VI. Acceder, con respeto a las formas y modalidades de propiedad y tenencia de la tierra.

VII. Elegir, representantes ante los ayuntamientos. Con el propósito de fortalecer la participación y representación política de conformidad con sus tradiciones y normas internas.

VIII. Acceder plenamente a la jurisdicción del Estado. Se deberán tomar en cuenta sus costumbres y especificidades culturales. Los indígenas tienen en todo tiempo el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

B. La Federación, los Estados y los Municipios, establecerán las instituciones y determinarán las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas y el desarrollo integral de sus pueblos y comunidades,

Para abatir las carencias y rezagos que afectan a los pueblos y comunidades indígenas, dichas autoridades, tienen la obligación de:

I. Impulsar el desarrollo regional de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos.

II. Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación

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