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Atipicidad


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2015  •  Documentos de Investigación  •  935 Palabras (4 Páginas)  •  257 Visitas

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Contenido delito de inasistencia alimentaria conducta punible típica,  se vuelve atípica cuando el incumplimiento de la obligación tiene justa causa. A la sra luz el jusgado 67 penal municipal el 21 de septiembre condeno a la procesada a un año de `prisión y una multa a un salario minimo legala diario como responsable del delito de inasisytencia alimentaria ..

Hechos su compañero Eduardo formulo ante la fiscalía acusando a luz de haberse obstenido de prestar los alimentos debidos por ley con su menor hija nacida en el 95 durante los últimos cuatro años , asi q la pesquiza fue abierta aportándose fotocopias del proceso por custodia de la menor .

La fiscalía ante los jueces penales saco resolución y definida la audiencia se tomaron decisiones en contra de la procesada por delito de inasistencia en primera y segunda instancia.

Luz mediante su abogado interpone el recurso extraordinario de casación contra la sentencia proferida por medio de la cual se busca revocar la sentencia por la cual el 21 de septiembre de 2006 por delito de inasistencia alimentaria

Interpuesta demanda de casación donde se busca romper sentencia  remitiéndose a laawqw procuraduría delegada para la casación penal de donde regresan con concepto

Corresponde a el tratamiento de casación con miras a un desarrollo jurisprudencial a determinar si la conducta punible se configura tambien se considera q la mujer cumplió cuando disponía de recursos se deben establecer q los deberes de protección se impone por partes iguales a los compañeros y si uno se encuentra imposibilitado la carga completa debe hacerlo el otro así como sucede en este caso q luz se encuentra enferma q vive en una finca propiedad de su madre a quien ayuda por su avanzada edad también esta a cargo de su abuelo y dos menores mas; el sustento se deriva de lo que produce la parcela que en realidad son muy pobres, no le alcanza el dinero para apoyar a su hija que vive con su padre con suficientes comodidades económicas. Ella reconoce que los deberes alimentarios frente a los hijos son compartidos, la falta de recursos impide y por eso acarrea responsabilidad penal, además,ella sabe

 la pareja que tenga más medios debe asumir la carga cuando existan hijos.

Además es difícil determinar si se configura conducta punible cuando Eduardo su compañero está obligado a recibir lo que el otro le entrega como ayuda para el sustento, se niega a aceptarlo para después con esta manera de actuar pretenda sustentar demanda y decir q ella no le pasa el dinero y de hay hacer denuncia penal en contra de ella  entonces solicita a la corte casar la sentencia.

Consideraciones;  la definición del comportamiento hace que los motivos conocidos como causales de justificación y causas de no responsabilidad puede constituir la justa causa, asi se disuelve tipicidad y no la antijuricidad o la culpabilidad.

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