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Auditoria

yuranygalvis13 de Abril de 2015

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El campo forense en lo contable

El campo forense en las relaciones económicas y de gobernabilidad en las organizaciones tanto

públicas como privadas, aunque data de varios siglos atrás, aproximadamente entre el 1792 – 1750

a.C. con el primer documento que se conoce como el Código Hammurabi, que “en sus fragmentos

del 100 al 126 da a entender el concepto básico de auditoría forense: demostrar con

documentación contable un fraude o una mentira” (Cano, Lugo y Cano, 2008), y, más

recientemente, el caso de Al Capone donde probablemente, el primer auditor forense fue el

Funcionario del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (Lugo y otros), sólo en los último 10 o

15 años se ha venido evidenciando un esfuerzo en el estudio y descubrimiento de las potencialidades

que tiene este campo para las ciencias contables. Puede decirse que hasta ahora se está comenzando a

abordar el tema en materia académica con un significativo crecimiento de ese saber como una

disciplina incorporada a las ciencias contables (Rodríguez, B., 2002).

Adversia Universidad de Antioquia-N°8 Medellín, enero-junio de 2011 57

En este apartado se pretende dar una mirada al campo forense partiendo de dos aspectos. En el

primero, se mencionan varios puntos de vista de algunos autores que han desarrollado en tema con

el fin de identificar y conocer como estos autores han catalogado lo forense en la contabilidad. En el

segundo, se presentará una diferenciación entre auditoría y auditoría forense con el fin de identificar

las características que presenta cada una de ellas.

1.1 ¿Contabilidad forense o auditoría forense?

El tema forense ha tenido diferencias en cuanto a cual es la forma como debe ser llamado el campo.

En este embrollo de ideas, conceptos y definiciones, varios autores plantean términos diferentes

como contabilidad forense, contaduría forense y auditoría forense. Además, se plantea la existencia

de la auditoría forense con características diferentes a la contabilidad forense.

En este acápite se pretende referenciar algunos autores que divergen en cuanto a la demarcación y

características de la disciplina en términos de contabilidad forense y de auditoría forense, se presenta

también, nuestro punto de vista haciendo una aproximación de lo forense en lo contable, pero no se

pretende en lo absoluto dar un juicio definitivo acerca de la veracidad o falsedad de cada concepto.

Por la divergencia en las concepciones del tema que las personas que han escrito sobre lo forense en

lo administrativo, económico, financiero y legal, han identificado características que les ha permitido

por un lado, establecer parámetros o lineamientos en la actuación de lo forense y por otro, hacer

inferencias acerca de cómo es catalogado este campo de actuación.

Autores como Consuelo Herrera (2008) y Braulio Rodríguez (2007) hacen una marcada diferencia

sobre contabilidad forense y auditoría forense. Consuelo herrera dentro de los argumentos

esbozados para diferenciar la auditoría forense y la contabilidad forense explica que: “la contabilidad

forense no debe llamarse auditoría forense. La auditoría forense es simplemente un campo de

aplicación de la contabilidad forense. Un contador forense puede ser auditor forense, pero un auditor

si no está certificado como contador público no puede ser un contador forense”. Y continúa:

“Ninguna de las entidades que regula la profesión de la contaduría pública como el AICPA tiene una

designación como Auditor Forense para profesionales, quienes son contadores públicos titulados

con una certificación adicional como investigadores financieros

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