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Auditoria

milly803423 de Septiembre de 2012

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Circunstancias que modifican la opinión del dictamen

Una auditoría de estados financieros incluye una evaluación de sí la evidencia es suficiente y competente, que permita al auditor expresar una opinión sin salvedades, con salvedades, negativo o abstenerse de opinar, de acuerdo a las circunstancias que se presentan, solamente si se ha efectuado de acuerdo a Normas de Auditoría y que fueron aplicados todos los procedimientos que consideró necesarios. Estas circunstancias que modifican la opinión del dictamen se detallan a continuación:

1. Limitación en el alcance

Una limitación en el alcance en una auditoría, es cuando “existe o existió, suficiente evidencia importante, pero no se encuentra disponible para el auditor por razones tales como políticas de restricción en los registros u otras restricciones impuestas por la administración”. Una limitación para el auditor, existe cuando en el desarrollo de la auditoría le impiden realizar un procedimiento necesario o alterno para obtener evidencia apropiada, o no se encuentra disponible, por restricciones impuestas por la entidad u otras circunstancias relacionadas con elementos importantes de los estados financieros; requieren por tanto, que el auditor decida si ha examinado evidencia suficiente y competente para expresar una opinión con salvedades o abstenerse a opinar.

Las restricciones comunes en el alcance de la auditoría, impuestas por el cliente incluyen: las que impiden observar la toma física de inventarios, confirmaciones de cuentas por cobrar directa, cuando no ha revisado los estados financieros de la subsidiaria, en el caso de las inversiones.

En el caso de que la limitación sea por otras circunstancias, que se escapan del control del cliente, se encuentran: la limitación de tiempo para ejecutar el trabajo, imposibilidad de obtener evidencia suficiente de algún asunto o el registro contable es inadecuado, que impiden al auditor aplicar procedimientos necesarios de auditoría.

Cuando existe una limitación en el alcance poco importante el auditor debe expresar una opinión sin salvedades, caso contrario, el auditor debe expresar una opinión con salvedades o una abstención de opinión, como a continuación se describen:

a) Opinión con salvedades:

En el caso de existir una limitación en el alcance o falta de evidencia suficiente, el auditor debe expresar una opinión con salvedades, además, la situación debe ser descrita en un párrafo explicativo anterior al párrafo de opinión y hacer referencia a los párrafos de la responsabilidad del auditor y de opinión en el dictamen. La redacción del párrafo de opinión debe indicar que la salvedad tiene que ver con los posibles efectos sobre los estados financieros y no la limitación en el alcance en sí.

b) Abstención de opinión:

Cuando la limitación es impuesta por el cliente, el auditor debe abstenerse de opinar sobre la razonabilidad de los estados financieros tomados en conjunto e indicar en uno o más párrafos los aspectos que la originan.

Si el cliente limita el alcance del auditor, implica que limita la responsabilidad del auditor. También, cuando la limitación del alcance se extiende a muchas áreas de los estados, el auditor considera necesario abstenerse de expresar una opinión sobre los estados financieros.

La decisión del auditor, con respecto a qué opinión debe expresar, depende de la evaluación de la importancia de los procedimientos omitidos necesarios para formarse una opinión sobre los estados financieros auditados.

La evaluación se verá afectada por la naturaleza y magnitud de los efectos potenciales de los asuntos y su importancia en los estados financieros, es decir, la materialidad que ésta presente.

2. Desacuerdo sobre políticas contables o NIIF´s

Los principios de contabilidad son bases o métodos para registrar las operaciones que realiza una entidad, sinónimo de políticas, prácticas o normas de contabilidad que se reflejan en los estados financieros que el auditor examina de acuerdo con normas de auditoría. Como resultado del examen de los estados financieros, cuando exista una desviación de políticas contables, el auditor debe considerar la importancia de la evidencia obtenida para establecer si los efectos ocasionados por una desviación afectan o no los estados financieros materialmente y por tanto, tengan incidencia en la opinión del dictamen. Si no afectan los estados financieros deberá emitir una opinión sin salvedades. El auditor debe obtener evidencia de que se están cumpliendo los principios o políticas contables, por la administración de la entidad, referentes a si: los principios o políticas tienen aceptación general; si los principios o políticas son adecuados; la información presentada en los estados financieros se clasifica y resume de manera razonable; y los estados financieros reflejan los eventos y transacciones.

Cuando la desviación de políticas contables o de normas de información financiera tiene un efecto sobre los estados financieros, el auditor debe expresar una opinión con salvedades o negativa, considerando el grado de importancia de los efectos; la importancia relativa; las áreas afectadas y el impacto sobre los estados financieros tomados en conjunto. A continuación, se describen los tipos de opinión, cuando existen desviaciones:

a) Opinión con salvedades:

Si el auditor expresa una opinión con salvedades, debe revelar en un párrafo anterior al de la opinión, las razones que lo llevaron a la conclusión de que existe una desviación de las normas de información financiera. Además, en el propio párrafo de opinión debe incluirse la referencia hacia un párrafo explicativo que revele los efectos del asunto motivo de salvedad. Si los efectos no se pueden determinar razonablemente, se debe indicar en el dictamen o en una nota a los estados financieros.

b) Opinión Negativa:

Si el auditor expresa una opinión negativa por desviación de las normas de información financiera, de acuerdo a su juicio, es porque los estados financieros de la entidad tomados en conjunto, no se presentan razonablemente de conformidad con las normas de información financiera o Políticas Contables, como marco de referencia de información financiera.

3. Incertidumbres

Las incertidumbres incluyen contingencias que afectan la razonabilidad de los estados financieros de la entidad, en donde la resolución y por tanto la evidencia, que requiere el auditor, se dará en una fecha futura. Un asunto de incertidumbre “es algo que se espera sea resuelto en una fecha futura, en la que se considera tener disponible suficiente evidencia importante con respecto a su resolución”.

Una incertidumbre, de acuerdo a su naturaleza puede referirse a situaciones financieras de la entidad, siendo de carácter inusual o de ocurrencia poco frecuente, por ejemplo: litigios relacionados con responsabilidad civil por daños a terceros. En tales casos, el auditor debe considerar la posible pérdida en relación con el patrimonio y el balance general, tales como activos y pasivos totales o activos y pasivos corrientes.

Mientras otras incertidumbres tienen relación directa con los resultados de las operaciones y flujo de efectivo de la entidad, en estos casos pueden tener más relación con las operaciones normales y recurrentes, por ejemplo: litigios relacionados con decisiones sobre qué parte de los ingresos pagarán regalías. En tales circunstancias, el auditor debe considerar la posible pérdida en el estado de resultados. Por tanto, para evaluar una posible pérdida por incertidumbre, el auditor debe considerar cual de los estados financieros es la base más apropiada y decidir si es necesario incluir un párrafo de énfasis en el dictamen o sí las situaciones requieren la necesidad de una opinión con salvedades, una abstención o una negativa. Una incertidumbre requiere que el auditor exprese una opinión con párrafo de énfasis de asunto, opinión con salvedades, opinión negativa o una abstención de opinión, que a continuación se describen:

a) Opinión sin salvedades con párrafo de énfasis de asunto:

El auditor debe considerar la necesidad de incluir un párrafo de énfasis en el dictamen, cuando el resultado de las incertidumbres que puedan afectar los estados financieros, así como que las revelaciones no son susceptibles de estimación razonable por parte de la entidad y no puede determinarse si deben ajustarse y por qué monto, se debe considerar la posibilidad de que resulte una pérdida importante al resolverse la incertidumbre.

En el caso de que el auditor considere que la posibilidad es remota de una pérdida importante a consecuencia de la resolución de la incertidumbre, no debe incluir un párrafo de énfasis en su dictamen. Si el auditor llega a la conclusión de ser probable que ocurra una pérdida importante para la entidad, que no se puede hacer una estimación razonable del monto de la pérdida y no se ha hecho una provisión en los estados financieros, debe incluir un párrafo de énfasis en su dictamen por la incertidumbre. En el caso de que la entidad proporcione una estimación de la pérdida probable, el auditor debe decidir si incluir o no un párrafo de énfasis en su dictamen, considerando el monto no registrado de la pérdida razonablemente posible, si es material de acuerdo al juicio del auditor, y que aumente la posibilidad de que ocurra la pérdida.

Si después de considerar las situaciones que involucran incertidumbres, el auditor ha llegado a la conclusión de que debe incluir un párrafo de énfasis en su dictamen, deberá explicar el asunto que originó la incertidumbre, así como indicar que los resultados no pueden

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