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Auditoría Gubernamental


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2014  •  1.658 Palabras (7 Páginas)  •  135 Visitas

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PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2012

ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA

RAMO: 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios

El Ramo General 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, transfiere los recursos correspondientes a las participaciones en ingresos federales e incentivos económicos a las entidades federativas y a los municipios, de acuerdo con la Ley de Coordinación Fiscal y los Convenios de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y sus anexos y de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal y sus anexos.

La reforma a la Ley de Coordinación Fiscal aprobada en 2007 ha contribuido a fortalecer las participaciones federales que se entregan a las entidades federativas y municipios, mediante la incorporación de nuevos fondos, como los de Fiscalización, de Compensación y de Extracción de Hidrocarburos, así como la modificación de la fórmula para distribuir los recursos del Fondo General de Participaciones, principalmente.

Los fondos de participaciones son los siguientes:

1) Fondo General de Participaciones, que se constituye con el 20% de la Recaudación Federal Participable (RFP).

2) Fondo de Fomento Municipal, integrado con el 1% de la RFP.

3) Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en el que las entidades federativas participan del 20% de la recaudación que se obtenga por la realización de los actos o actividades gravados con dicho impuesto tratándose de cerveza, bebidas refrescantes, alcohol, bebidas alcohólicas fermentadas y bebidas alcohólicas, y del 8% de la recaudación tratándose de tabacos labrados.

4) Fondo de Fiscalización, que se integra con el 1.25% de la RFP, el cual premia e incentiva las labores de fiscalización que realizan las entidades federativas.

5) Fondo de Compensación, mediante el cual se distribuye la recaudación derivada de las cuotas aplicadas a la venta final de gasolina y diesel, de acuerdo con lo establecido con el artículo 2°-A, fracción II, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Del total, 2/11 partes se destinan a la creación de dicho Fondo, que se distribuye entre las 10 entidades federativas que, de acuerdo con la última información oficial del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), tengan los menores niveles de PIB per cápita no minero y no petrolero, y los restantes 9/11 corresponden a las entidades federativas en función del consumo efectuado en su territorio, siempre y cuando estén adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal y hayan celebrado el correspondiente anexo al convenio de colaboración administrativa en materia fiscal federal con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

6) Fondo de Extracción de Hidrocarburos, que distribuye el 0.6% del importe obtenido por el derecho ordinario sobre hidrocarburos pagado por Pemex Exploración y Producción, en términos de lo previsto en el artículo 254 de la Ley Federal de Derechos, a las entidades federativas que formen parte de la clasificación de extracción de petróleo y gas definida en el último censo económico realizado por el INEGI.

7) Fondo de Compensación del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, creado a partir del ejercicio fiscal 2006, con el objetivo de resarcir a las entidades federativas la disminución de ingresos derivada de la ampliación de la exención de dicho impuesto. Las aportaciones para dicho Fondo, conforme al último párrafo del artículo 14 de la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, se determinan y actualizan anualmente en el respectivo Presupuesto de Egresos de la Federación.

8) El 0.136% de la RFP, que se entrega a los municipios colindantes con la frontera o los litorales por los que materialmente se realiza la entrada o la salida del país de los bienes que se importan o exportan.

9) El 3.17 % del 0.0148 por ciento del Derecho Ordinario sobre Hidrocarburos, que se distribuye entre los municipios por los que se exporta petróleo crudo y gas natural.

En este contexto, se trabaja coordinadamente con las entidades federativas y los municipios para consolidar el sistema en materia hacendaria (ingreso, gasto y deuda), lo que permite concertar acciones y propiciar mejores relaciones hacendarias entre los tres órdenes de gobierno.

En congruencia con lo anterior y con el objetivo de fortalecer las haciendas públicas locales, para 2012 se prevé continuar con la coordinación intergubernamental, a través de los organismos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, particularmente de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales y sus Grupos de Trabajo.

Se propone avanzar durante 2012 en la consolidación del federalismo hacendario, a fin de que los tres órdenes de gobierno fortalezcan y tengan mayor estabilidad en sus finanzas públicas, con recursos presupuestarios más adecuados a sus necesidades y capacidades de financiar el desarrollo integral, incluyente, sustentable y sostenido en todas las regiones del país.

En este contexto, para el ejercicio fiscal de 2012, se propone una previsión para el Ramo General 28 de 504,867.7 millones de pesos, cifra 1.2 por ciento menor en términos reales con respecto al presupuesto aprobado de 2011.

RAMO: 33 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios

Las aportaciones federales del Ramo 33 para Entidades Federativas y Municipios son recursos que la Federación transfiere a las haciendas

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