Auditoria Gubernamental
triunfo20148 de Abril de 2014
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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS
ESCUELA DE FORMACION PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
CURSO: Auditoria Gubernamental
CICLO: x
DOCENTE: MG. C.P.C.C. ULDARICO PILLACA ESQUIVEL
INTEGRANTE:
AYACUCHO – PERU
2014
Introducción:
Como auditores de sistemas de gestión, siempre debemos tener presente, que una auditoría no es una persecución de culpables, esto es la manera de evitar que nuestros auditados se sientan intimidados y creen anticuerpos frente a nuestro trabajo. De otra forma, al no lograr la apertura de los entrevistados, nuestras auditorías podrían no lograr la profundidad necesaria y no detectar las fallas del sistema y no cumplir con su objetivo, el detectar las desviaciones frente a los criterios de la auditoría.
El desarrollo de este módulo estará basado principalmente en la Norma Internacional ISO 19011:2002, Directrices para la auditoría de los sistemas de gestión de la calidad y/o ambiental. Esta norma anuló y reemplazó a 6 normas relativas a auditorías, 3 de la calidad y 3 de medio ambiente.
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N° 1
1: Explique la diferencia entre un hallazgo de auditoria y una observación:
Los hallazgos de la auditoría: son resultados de la evaluación de la evidencia de auditoría recopilada frente a los criterios de auditoría.
La observación es una actividad realizada por un ser vivo (como un ser humano), que detecta y asimila los rasgos de un elemento utilizando los sentidos como instrumentos principales. El término también puede referirse a cualquier dato recogido durante esta actividad. La observación, como técnica de investigación, consiste en "ver" y "oír" los hechos y fenómenos que queremos estudiar, y se utiliza fundamentalmente para conocer hechos, conductas y comportamientos colectivos.
2: De todos principios del control gubernamental, cuál cree usted que viene aplicando la contraloría general de la república. Cite dos ejemplos.
La universalidad, por medio del cual tiene atribuciones y competencias con la entidad y sus funcionarios.
La autonomía funcional, con la cual ejerce su labor con toda independencia.
3: ¿Cuál de las atribución de la contraloría general destaca más y por qué?
Presentar anualmente al congreso de la república en informe de evaluación a la cuenta general de la república, para cuya formulación la contraloría general dictara las disposiciones.
Tener acceso en cualquier momento y limitar a los registros, documentos e información de las entidades. Por ser ente rector de la república.
4: Cite un ejemplo sobre la “presunción de licitud”.
Sumilla: Debe prevalecer el principio de presunción de licitud que rige la potestad sancionadora en los casos de inexistencia de prueba necesaria para destruir la presunción de inocencia, y por el cual la Autoridad Administrativa se encuentra obligada a la absolución del administrado
Lima, 31 de Agosto de 2010
VISTO en sesión de fecha 31 de agosto de 2010 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente № 2831/2007.TC- Nº 2926-2007.TC (Acumulados), sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa DIAGNÓSTICA PERUANA S.A.C., por haber incurrido en supuesta responsabilidad en la presentación de documentación falsa y/o inexacta durante la Licitación Pública por Proceso de Selección Abreviado Nº 0002-2006-MINSA (Segunda Convocatoria), realizada por el Ministerio de Salud, y atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES:
El 31 de julio de 2007 el Ministerio de Salud, en adelante la Entidad, en el marco del Decreto de Urgencia Nº 024-2006 , convocó la Licitación Pública por Proceso de Selección Abreviado Nº 0002-2006-MINSA (Segunda Convocatoria), para la adquisición de equipos de laboratorio, sala de operaciones y ventiloterapia- Item Nº 01 “Analizador de Gases y Electrolitos Portátil”, bajo el sistema de precios unitarios y con un valor referencial ascendente a la suma de S/. 2´481 700,00 (Dos millones cuatrocientos ochenta y un mil setecientos y 00/100 nuevos soles), incluidos los impuestos de ley.
El 21 de agosto de 2007 se llevó a cabo el acto de presentación de propuestas, oportunidad en la cual presentaron ofertas las empresas TECNOLOGÍA INTELIGENTE S.R.L., DIAGNÓSTICA PERUANA S.A.C., el CONSORCIO integrados por las empresas DIVCOM S.A.C. y KOSSODO S.A.C. y el CONSORCIO integrado por las empresas BIOMEDICAL SYSTEMS S.A.C. y ABBOTT LABORATORIOS S.A.
5: Defina la auditoría financiera y mencione cinco objetivos específicos.
Definición
La auditoría financiera examina a los estados financieros y a través de ellos las operaciones financieras realizadas por el ente contable, con la finalidad de emitir una opinión técnica y profesional.
Las disposiciones legales vigentes que regulan las actividades de la Contraloría General del Estado, definen a la Auditoría Financiera así:
"Consiste en el examen de los registros, comprobantes, documentos y otras evidencias que sustentan los estados financieros de una entidad u organismo, efectuado por el auditor para formular el dictamen respecto de la razonabilidad con que se presentan los resultados de las operaciones, la situación financiera, los cambios operados en ella y en el patrimonio; para determinar el cumplimiento de las disposiciones legales y para formular comentarios, conclusiones y recomendaciones tendientes a mejorar los procedimientos relativos a la gestión financiera y al control interno".
Para que el auditor esté en condiciones de emitir su opinión en forma objetiva y profesional, tiene la responsabilidad de reunir los elementos de juicio suficientes que le permitan obtener una certeza razonable sobre:
1. La autenticidad de los hechos y fenómenos que reflejan los estados financieros.
2. Que son adecuados los criterios, sistemas y métodos utilizados para captar y reflejar en la contabilidad y en los estados financieros dichos hechos y fenómenos.
3. Que los estados financieros estén preparados y revelados de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, las Normas Ecuatorianas de Contabilidad y la normativa de contabilidad
Gubernamental vigente.
Para obtener estos elementos, el auditor debe aplicar procedimientos de auditoría de acuerdo con las circunstancias específicas del trabajo, con la oportunidad y alcance que juzgue necesario en cada caso, los resultados deben reflejarse en papeles de trabajo que constituyen la evidencia de la labor realizada.
Objetivo Específicos:
Examinar el manejo de los recursos financieros de un ente, de una unidad y/o de un programa para establecer el grado en que sus servidores administran y utilizan los recursos y si la información
Financiera es oportuna, útil, adecuada y confiable.
Evaluar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos para la prestación de servicios o la producción de bienes, por los entes y organismos de la administración pública.
Verificar que las entidades ejerzan eficientes controles sobre los ingresos públicos.
Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y normativas aplicables en la ejecución de las actividades desarrolladas por los entes públicos.
Propiciar el desarrollo de los sistemas de información de los entes públicos, como una herramienta para la toma de decisiones y la ejecución de la auditoría.
6: Explique cuando se elabora un informe especial de la NAGU 4.50
NAGU 4.50: INFORME ESPECIAL
Cuando en la ejecución de la acción de control se evidencien indicios razonables de la comisión de delito, la comisión auditora, en cautela de los intereses del Estado, sin perjuicio de la continuidad de la respectiva acción de control, y previa evaluación de las aclaraciones y comentarios a que se refiere la NAGU 3.60, emitirá con la celeridad del caso, un informe especial con el debido sustento técnico y legal, el cual se remitirá al Comité de Calidad de la Contraloría General para su revisión, el mismo que podrá recepcionar, por única vez, información adicional de las personas comprendidas en el Informe Especial; haciendo las coordinaciones pertinentes con el Ministerio Público, de ser el caso.
Igualmente, dicho informe será emitido para fines de la acción civil respectiva, si se evidencia la existencia de perjuicio económico, siempre que se sustente que el mismo no sea susceptible de recupero por la entidad auditada en la vía administrativa.
El objetivo de la presente norma es garantizar y facilitar la oportuna, efectiva y adecuada implementación de las acciones correctivas legales pertinentes en los casos que, durante el desarrollo de la acción de control, se evidencien indicios razonables de comisión de delito así como, excepcionalmente, la existencia de perjuicio económico no sujeto a recupero administrativo. Su aplicación permitirá a la Comisión Auditora, a través de su personal responsable y especializado competente, realizar apropiada y oportunamente su labor en los casos indicados, basada
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