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Biografía De Santiago Mariño

wlsk21 de Julio de 2014

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República Bolivariana De Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño

Integrante:

Linneth Contreras 25.793.038

Esquema.

1. Biografía de Santiago Mariño.

2. Filosofía de la institución.

3. Reglamento Interno.

4. Sistema de evaluación.

5. Deberes y Derechos.

6. ¿Qué es Dobe?

7. Beneficios.

8. Organigrama de la Institución

9. Reflexión de mi estadía en la institución.

Biografía De Santiago Mariño

Santiago Mariño Carige nace en El Valle del Espíritu Santo (Nueva Esparta) el 25 de julio de 1788, muere en La Victoria (Aragua) el 4 de septiembre de 1854, fue uno de los próceres de la Independencia de Venezuela.

Con 22 años de edad, a raíz de los sucesos del 19 de abril de 1810 fue a Trinidad en el desempeño de una comisión que le fuera encomendada por el Ayuntamiento de Cumaná ante el gobernador británico de la isla. Dos años después formó parte de la expedición que bajo las órdenes del coronel Manuel Villapol, salió de Cumaná con el encargo de dominar la insurrección surgida en la provincia de Guayana. Perdida la Primera República emigró a Trinidad en compañía de varios patriotas y de allí, en cuenta de la situación reinante en Venezuela con el gobierno del jefe español Domingo Monteverde, decide trasladarse al islote de Chacachacare, lugar donde se encontraba la hacienda de su hermana Concepción Mariño.

Luego fue uno de los principales opositores de la separación de Venezuela de la Gran Colombia por parte de José Antonio Páez, fue presidente de Venezuela por un corto periodo de tiempo luego de encabezar la Revolución de las Reformas.

Filosofía de la Institución.

El Instituto Universitario Politécnico "Santiago Mariño", es una Institución de Educación Superior Privada, que cumple funciones de docencia, investigación, extensión y servicios, dirigidas a formar profesionales en áreas tecnológicas, capaces de incorporarse de forma creativa y crítica al proceso de desarrollo local, regional y nacional.

Reglamento interno.

CAPÍTULO I

Naturaleza y fines del Instituto Universitario Politécnico

“Santiago Mariño”

ARTÍCULO 1º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”, es una institución de educación superior de carácter privado, sin fines de lucro que cumple funciones de docencia, investigación, extensión y servicio, dirigida a formar profesionales capaces de incorporarse creativamente al proceso de desarrollo regional y nacional. Sus programas estarán dirigidos a resolver problemas de carácter regional, satisfacer las necesidades de formación de los recursos humanos de su área de influencia y coadyuvar al incremento del acervo cultural y científico de la región del país.

ARTÍCULO 2º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”, tiene una sede en la ciudad de Barcelona, pero podrá establecer núcleos y extensiones en otras regiones del país.

Artículo 3º - Los ingresos generados por las actividades del Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” serán dedicados exclusivamente al cumplimiento de su objeto; respecto a los beneficios producidos, se invertirán íntegramente a la misma.

ARTÍCULO 4º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” es una institución de duración indefinida.

ARTÍCULO 5º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” es fundamentalmente una comunidad de intereses espirituales, que reúne a profesores y estudiantes en la tarea de buscar la verdad y afianzar los valores trascendentales del hombre.

ARTÍCULO 6º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” realizará una función rectora en la educación, la cultura y la ciencia. Para cumplir esta misión, sus actividades se dirigirán a crear, asimilar y difundir el saber mediante la investigación y la enseñanza; a completar la formación integral iniciada en los ciclos educacionales anteriores y a formar los equipos profesionales y técnicos que necesita la nación para su desarrollo y progreso.

ARTÍCULO 7º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” se inspirará en un definido espíritu de democracia, de justa social y de solidaridad humana, y estará abierto a todas las corrientes del pensamiento universal, los cuales se expondrán y analizarán de manera rigurosamente científica.

ARTÍCULO 8º - La finalidad del Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”, tal como se define en los artículos anteriores es uno en toda la nación. Dentro de este concepto se atenderá a las necesidades del medio donde el instituto funcione y se respetará la libertad de iniciativa.

ARTÍCULO 9º - El Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño”, tendrá como funciones la docencia, la investigación y la extensión.

ARTÍCULO 10º - Para cumplir con las funciones señaladas en al artículo precedente, el Instituto Universitario Politécnico “Santiago Mariño” orientará su acción al logro de los siguientes objetivos:

1. Integrar una comunidad universitaria mediante la participación y cooperación de todos los miembros de la institución.

2. Formar recursos humanos requeridos en la región donde funciona y en el país, en diferentes niveles de formación profesional y de especialización.

3. Favorecer, a través de los estudios de nivel superior de desarrollo y la promoción del hombre, de la comunidad y de la región donde esté establecida.

4. Contribuir a desarrollar en los estudiantes actitudes, destrezas y valores que le permitan aprender a vivir en armonía con los demás en una forma enriquecedora personal y socialmente, respetar y preservar el ambiente físico en que se desenvuelve.

5. Desarrollar en los estudiantes, de las diferentes especialidades que la institución ofrece, las destrezas, conocimientos y actitudes requeridas para integrarse al campo de trabajo y tener una vida plena y libre, tanto a nivel individual como colectiva.

6. Estimular actitudes críticas que conlleven al robustecimiento de la sensibilidad social y al fortalecimiento de una conciencia nacionalista.

7. Fomentar en los estudiantes el desarrollo de sus capacidades creadoras y destrezas para lograr la resolución de problemas.

8. Contribuir al fortalecimiento de las ciencias y las tecnologías para que mediante la investigación y los servicios se instrumenten los procesos necesarios para la realización de los planes de desarrollos tanto regionales como nacionales.

9. Propiciar la experimentación y la innovación en la docencia, en la investigación, en la extensión, en la administración, y su organización, sus planes y programas estarán sometidos a evaluación permanente.

10. Llevar a cabo, labores de educación continua a través de cursos de perfeccionamiento, actualización y ampliación, entre otros.

11. Propiciar y contribuir al perfeccionamiento y actualización profesional del personal docente de la institución.

12. Promover actividades artísticas, científicas, deportivas y de desarrollo personal de los miembros de la institución y de la comunidad en general.

13. Contribuir, con la región y el país al desarrollo regional en todos sus aspectos, mediante la búsqueda de solución de los problemas.

14. Utilizar al máximo la capacidad instalada en la región como si fuera un laboratorio de aprendizaje vivencial para los estudiantes, vinculándose así directamente, con la realidad laboral con lo cual se enfrentarán como profesionales.

15. Participar en programas conjuntos con institucionales del sector público y privado, tanto regionales, como nacionales e internacionales, con el propósito de contribuir al conocimiento de las realidades del país, de sus condiciones y posibilidades.

CAPÍTULO II

De los Órganos y de las Autoridades.

ARTÍCULO 11º - El instituto en su sede contará con una estructura organizativa y funcional que le permitirá el cumplimiento de sus objetivos, de acuerdo a lo que pautan las leyes, reglamentos y normativas vigentes; para lo cual tendrá un consejo directivo, un consejo académico y unas autoridades directivas como son: Director, Subdirector académico y administrativo y los Jefes de división: Planificación y Desarrollo; Académica; Administrativa, Extensión Universitaria; Jefes de Departamentos y las Coordinaciones de Áreas o secciones.

En cuanto a la organización y autoridades de las extensiones, los objetivos se cumplirán, mediante las unidades que se indican a continuación: Coordinación de la extensión, consejo de coordinación de extensión, coordinación académica y administrativa; jefes de departamentos y las coordinaciones de áreas o secciones.

Los órganos y las autoridades funcionarán regularmente, de acuerdo con lo dispuesto en este texto, en el reglamento de los institutos y colegios universitarios y en las demás leyes, reglamentos ya autoridades competentes.

CAPÍTULO III

De los Órganos Directivos.

Sección Primera

Del Consejo Directivo

ARTÍCULO 12º - El consejo directivo es la máxima autoridad de la institución y estará

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