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CONCEPTO DE DELITO.

mayramperezTrabajo25 de Septiembre de 2012

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CONCEPTO DE DELITO.

La doctrina penal define tradicionalmente el delito como: "Acción típica, antijurídica, culpable y punible". Se dice que es una concepción estructurada del delito porque cada uno de esos elementos es condición necesaria para que pueda darse el siguiente. Por acción se entiende un movimiento corporal (o la asistencia de un movimiento corporal) de carácter voluntario (un acto reflejo, por ejemplo, no sería un caso de acción). Para que la acción sea típica, tiene que estar descrita con anterioridad a su comisión en una norma penal. La antijuridicidad hace referencia a que esa conducta debe ser objetivamente contraria a la ley penal (por ejemplo,

matar a otro en legítima defensa o en estado de necesidad serían ejemplos de acciones típicas, pero no antijurídicas).

Reforma parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso de los Bienes y Servicios.

La referida reforma parcial fue sancionada el jueves 23 de abril por la Asamblea Nacional (AN), a fin de fortalecer la figura del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis) en materias de regulación, aumento de precios y entrega de bienes y servicios.

Según el artículo 1: “La presente ley tiene por objeto la defensa, protección y salvaguarda de los derechos e intereses individuales y colectivos en el acceso de las personas a los bienes y servicios para la satisfacción de las necesidades, estableciendo los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones; los delitos y su penalización, el resarcimiento de los daños sufridos, así como regular su aplicación por parte del Poder Público con la participación activa y protagónica de las comunidades, en resguardo de la paz social, la justicia, el derecho a la vida y a la salud del pueblo”.

Se trata de los servicios públicos, por cuanto satisfacen necesidades del interés colectivo que atienden el derecho a la vida y a la seguridad del Estado, las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de alimentos o productos declarados de primera necesidad.

Este servicio debe prestarse en forma continua, regular, eficaz, eficiente, ininterrumpida, en atención a la satisfacción de las necesidades colectivas. Cuando no se preste el servicio en

tales condiciones, el órgano o ente competente del Ejecutivo Nacional podrá tomar las medidas necesarias para garantizar la efectiva prestación del servicio.

Especulación:

Práctica de comprar a precios bajos con la intención de vender, posteriormente, a un precio mayor. La especulación ha sido siempre criticada, en el lenguaje popular y en el discurso político, como una ganancia fácil semejante a las del juego y el azar; también se la ha hecho responsable -en especial cuando se une al acaparamiento- de producir el alza de los precios y de perjudicar así al consumidor. De hecho, sin embargo, la especulación es una práctica comercial normal que casi todo el mundo realiza de un modo u otro y que sirve para regular indirectamente los mercados, favoreciendo tanto al especulador como a los consumidores.

Si en un país determinado, por ejemplo, se obtiene una importante cosecha de trigo, el precio tenderá a bajar y el consumo aumentará, produciendo una rápida baja en las existencias de ese grano; al comprar a precio bajo para revender luego, los especuladores crearán un stock o existencia del producto que luego podrá abastecer al mercado cuando desaparezca el excedente temporal inicial. El precio indudablemente subirá, pero habrá disponibilidad de ese cereal y, en todo caso, el precio resultará menor que si no hubiese existido nadie que se dedicase a la especulación. De esta manera la especulación resultará un mecanismo de regulación espontáneo de los precios.

El especulador asume riesgos como cualquier inversor que interviene en el mercado: compra con su dinero mercancías que supone aumentarán de precio,

aunque sin poder jamás tener certidumbre de ello. La no comprensión del sentido económico de la especulación, aunada a la tendencia al intervencionismo económico de las décadas pasadas, llevó a muchos gobiernos a un sistema de precios controlados que, naturalmente, produjo serias distorsiones en la asignación de recursos

Acaparamiento:

Práctica que consiste en retener o comprar bienes en grandes cantidades antes de que lleguen al mercado de consumo, con el fin de venderlos cuando los precios de los mismos resulten superiores a los actuales. El acaparamiento se basa, por lo tanto, en la previsión de un aumento de la demanda y es una práctica especulativa que en general puede considerarse normal: quien acapara corre el riesgo de equivocarse en sus previsiones y perder parte de los activos que ha comprometido en la compra, resultando por lo tanto un demandante como cualquier otro que concurre al mercado; cuando se hace en volúmenes muy amplios, sin embargo, se considera una práctica monopólica que muchos países sancionan de diversas maneras.

Para que una mercancía pueda ser acaparada es necesario que la oferta de la misma no pueda aumentar rápidamente en el tiempo en respuesta al aumento de los precios que produce el acaparamiento y, además, que no tenga sustitutos próximos; la cantidad demandada, por otra parte, debe contraerse menos que proporcionalmente ante los aumentos del precio -es decir, debe tratarse de una demanda inelástica- pues de otro modo el acaparador no podrá liquidar sus existencia con beneficio para sí. Ello ha hecho que, históricamente, sólo se hayan acaparado cierto tipo de bienes, como

productos agrícolas por ejemplo, que cumplían con estas condiciones.

El acaparamiento sólo es posible en mercados muy reducidos, donde no hay suficientes oferentes y donde las comunicaciones son escasas e imperfectas. En un mercado abierto de dimensiones mundiales, como el actual, el acaparamiento es una práctica riesgosa, que puede ocasionar altas ganancias pero también la bancarrota de quienes la realizan. Por ello no ocasiona perjuicios reales al consumidor, y puede considerárselo como un modo más de regular la oferta de mercancías y los precios de las mismas

Precio:

Cantidad de dinero dada a cambio de una mercancía o servicio. El precio es el valor de un bien expresado en términos monetarios, ya sea que éste se fije -como es usual- en unidades monetarias, o que se determine según la equivalencia con cualquier otra mercancía que desempeñe el papel de dinero en el intercambio.

En el lenguaje cotidiano se utilizan a veces otras palabras para designar lo que en rigor son precios: al pago por el trabajo se lo denomina sueldo o salario; al precio del alquiler de la tierra, o de otros inmuebles, se lo llama renta; al pago por el uso de capital, interés, etc.

Aunque los precios puedan ser controlados o fijados más o menos arbitrariamente por los gobiernos, la teoría económica establece que ellos surgen de la interacción entre la oferta y la demanda en el mercado.

Las fuerzas que intervienen en el mercado son de una naturaleza tal que tenderán a seguir su propia lógica, su propio interés, de modo que cualquier control que se imponga sobre los precios producirá una reasignación de los recursos en la

producción de bienes y servicios.

La intersección de las curvas de oferta y demanda determina, en un momento dado, cual será el precio de equilibrio para una mercancía en particular. Un aumento en la demanda creará oportunidades para que los oferentes exijan un precio más alto, y hará también que otros oferentes potenciales, que hasta entonces no habían entrado al mercado, concurran al mismo.

Si la demanda baja habrá una tendencia a la disminución del precio, pues ante la escasez de compradores algunos oferentes estarán dispuestos a rebajar el precio de sus mercancías para poder venderlas. Del mismo modo, aunque en forma opuesta, opera la oferta: ante precios altos habrá muchos oferentes que preferirán el dinero a las mercancías que poseen, en tanto que, ante precios bajos, la oferta se desestimulará.

A largo plazo estos movimientos servirán para atraer más o menos inversiones a ciertas ramas de producción, creando un efecto que compensa en parte el anterior: los precios bajos harán que se reduzcan las inversiones, y por lo tanto la oferta a largo plazo, promoviendo indirectamente un aumento de los precios; los precios altos, naturalmente, producirán el efecto inverso.

En una economía de mercado, por lo tanto, los precios actuarán como señales que sirven para encauzar el flujo de los recursos escasos que intervienen en la economía, haciendo así que la producción se encamine hacia aquellos bienes y servicios que poseen mayor demanda. Igualmente cumplirán el papel de racionar los bienes entre los consumidores, de modo que éstos los escojan no sólo de acuerdo a sus preferencias, sino en relación a la escasez

relativa de los mismos. De allí que los controles de precios produzcan profundas distorsiones en la economía, llevando frecuentemente a la escasez, el racionamiento o el surgimiento de mercados paralelos, y generando en definitiva una asignación ineficiente de los recursos disponibles en una sociedad.

Los precios no solamente son indicadores de la escasez relativa de los bienes, sino además formas de ingreso de los factores productivos, o remuneraciones factoriales: los sueldos y salarios, además de ser el precio del trabajo, son la remuneración o ingreso que obtienen los que alquilan el mismo a las empresas, o sea los trabajadores. Por lo tanto, surgen frecuentemente resistencias políticas y sociales al libre movimiento de los sueldos

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