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CONCEPTUALIZACION PSO


Enviado por   •  9 de Febrero de 2014  •  1.840 Palabras (8 Páginas)  •  240 Visitas

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CONCEPTUALIZACION PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

 Salud Ocupacional: Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo, definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones.

Fuente bibliografía: Ley 1562 del 11 d julio de 2012. Articulo 1º. Definiciones

 Condiciones de salud: Condiciones de Salud: Las condiciones de salud son un conjunto de actividades tendentes a la evaluación de la morbimortalidad y absentismo laboral por eventos ocupacionales o ATEP generada por las condiciones de trabajo.

Fuente bibliografía: Resolución 8430 de 1993, del Ministerio de Salud de Colombia.

 Condiciones de trabajo: Se entiende como condiciones de trabajo cualquier aspecto del trabajo con posibles consecuencias negativas para la salud de los trabajadores, incluyendo, además de los aspectos ambientales y los tecnológicos, las cuestiones de organización y ordenación del trabajo.

Aunque tengamos en cuenta que la enfermedad no es algo extraño a la condición humana, sino que forma parte de su naturaleza, al igual que la salud, no es menos cierto que en el trabajo nos ponemos en relación con sustancias, materiales y máquinas peligrosas, con exigencias físicas forzadas, con condiciones ambientales y climáticas perjudiciales, etc.

Es posible evitar la enfermedad y la muerte injustas, en el sentido de evitables, de prematuras, y con estos adjetivos pueden calificarse la mayor parte de los daños derivados del trabajo.

Fuente bibliografía: El Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Saludistas (ISTAS)

http://www.istas.net/web/index.asp?idpagina=2142

 Diagnóstico de condiciones de salud: Resultado del procedimiento sistemático para determinar “conjunto de variables objetivas de orden fisiológica, psicológico y sociocultural que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora” (decisión 584 de la comunidad andina de naciones).

Fuente bibliografía: GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (2010-12-15)

 Diagnóstico de condiciones de trabajo: Resultado del procedimiento sistemático para identificar, localizar y valorar "aquellos elementos, peligros o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. Quedan específicamente incluidos en esta definición:

a) Las características generales de los locales, instalaciones, equipos, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo;

b) la naturaleza de los peligros físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo, y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia;

c) los procedimientos para la utilización de los peligros citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores; y

d) la organización y ordenamiento de las labores incluidos los factores ergonómicos y psicosociales" (Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).

Fuente bibliografía: GUÍA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45 (2010-12-15)

 Accidentes de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de

órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el

traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de

trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el

ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que é accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la

ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe

por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando

se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.

Fuente bibliografía: Ley 1562 del 11 d julio de 2012. Articulo 3º.

 Enfermedad profesional: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes.

Parágrafo Io. El Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Nacional de

Riesgos Laborales, determinará, en forma periódica, (as enfermedades que se

consideran como laborales.

Parágrafo 2o. Para tal efecto, El Ministerio de la Salud y Protección Social y el Ministerio de Trabajo, realizará una actualización de la tabla de enfermedades laborales por lo menos cada tres (3) años atendiendo a los estudios técnicos financiados por el Fondo Nacional de Riesgos Laborales.

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