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CONTESTACION A HECHOS DE DENUNCIA POR FALSEDAD ANTE AUTORIDAD JUDICIAL


Enviado por   •  29 de Marzo de 2019  •  Trabajos  •  7.386 Palabras (30 Páginas)  •  174 Visitas

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CARPETA DE INVESTIGACIÓN MINISTERIAL

NÚM. UIPJ-1/DXIV/3/1076/2018.

C. FISCAL ___ DE LA FISCALIA EN DELITOS DIVERSOS DE

LA UNIDAD INTEGRAL DE PROCURACIÓN DE JUSTICIA

No. 1 DEL DISTRITO JUDICIAL DE CÓRDOBA VERACRUZ.

C. MONICA ALEJANDRA ECHAVARRÍA NAVARRETE ciudadana mexicana, en pleno goce y ejercicios de mis derechos, con personalidad debidamente reconocida dentro de las diligencias de la presente Carpeta de Investigación, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en el ubicado en la Avenida 2 número 22 de la Colonia “INFONAVIT EL DORADO”, de esta ciudad de Córdoba, Veracruz, designando como mi abogado defensor en los términos de los artículos 113 fracción IV, 115 y 116 del Código Nacional de Procedimientos Penales vigente en la federación, al Lic. Joel Moreno Ortiz con número de cédula profesional 7390752 y así como a los CC. Josué Moreno Ortiz, Miguel Ángel Moreno Ortiz, Guillermo de Jesús Palma Ruiz, María Mitzuco Carmona Osorno y Berenice Mercado Echavarría para que puedan tener intervención en la presente carpeta, en el sentido de recibir documentos y oír todo tipo de notificaciones; comparezco ante esta Representación Social, para exponer lo siguiente:

Que de conformidad con lo diligenciado en la Carpeta de Investigación que al rubro de indica, el día 11 de julio del año en curso, estando en tiempo y forma, reitero, y en los términos del artículo 20 apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ocurro a dar FORMAL DECLARACIÓN SOBRE LOS HECHOS INFUNDADOS E INCIERTOS DE LOS CUALES SOY MOTIVO DE SEÑALAMIENTO por parte del C. RAUL MERCADO JIMENEZ a través de su de quien tiene sus debidamente registrados en las actuaciones de la presente Carpeta de Investigación, en los siguientes términos:

I. CAPITULO DE CONTESTACIÓN A “HECHOS DE LA DENUNCIA”.

1. El hecho marcado con el número “1” del escrito de formal denuncia por parte de la supuesta víctima, es mi deseo manifestar que es CIERTO.

2. El hecho marcado con el número “2”, por contener circunstancias complejas, así como su redacción de contener más de un hecho a la vez de ser oscuro y vilipendioso, me permito responder a la siguiente guisa.

Es de hacer mención, que la suscrita y el agraviado, es cierto por cuanto hace al hecho de que en el matrimonio surgieron diversas situaciones que nos acercaron al planteamiento del divorcio.

Ahora bien, en cuanto al divorcio del que hace mención el hoy supuesto agraviado y a su vez del mismo convenio que se firmó entre ambos y del cual tuvo que existir su ratificación, ES FALSO. Y en sentido de lo que inmediatamente menciono, por ser como ya dije, por demás oscuro, doloso y calumnioso, es que el supuesto agraviado en su escrito de denuncia, omite hacer mención precisa y exacta de las circunstancias de MODO, TIEMPO Y LUGAR en que se celebró dicho y supuesto divorcio.

Por otro lado, de la existencia del acta de divorcio que hoy exhibe el supuesto agraviado, quiero resalta, que YO IGNORABA EN TODO SU EXISTENCIA hasta el día de hoy que me doy por enterada de la misma, YA QUE EN NINGÚN MOMENTO DESDE LA SUPUESTA RATIFIACIÓN DEL CONVENIO DE DIVORCIO QUE SEÑALA EL SUPUESTO AGRAVIADO, SE ME DIO POR NOTICADA DEL MISMO.

Es por ello y en razón del hecho marcado con el número “2”, que reitero es OSCURO, VILIPENDIOSO Y DOLOSO PARA CON LA SUSCRITA ASÍ COMO CON ESTA REPRESENTACIÓN SOCIA, YA QUE EL HOY DENUNCIANTE OMITE HACER MENCIÓN ESPECÍFICA Y DETALLADA DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE MODO, TIEMPO Y LUGAR SOBRE LO QUE MANIFIESTA.

3. En cuanto a lo relativo por el hecho marcado, nuevamente y debo suponer que por error mecanográfico como “2” el denunciante, del escrito de denuncia inicial en mi contra, manifiesto que es CIERTO, pero aclaro que dicha denuncia fue interpuesta el día 14 de noviembre del año 2017 y radicada hasta el día 22 del mismo mes y año con el número 2577/2018 en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Especializado en materia familiar de Córdoba, Veracruz.

4. Bien, en referencia al hecho marcado con el número “2.1” del escrito de denuncia inicial en mi contra, es mi deseo manifestar que es CIERTO.

5. En relación al hecho marcado con el número “3” en el escrito inicial de denuncia, debido a que no se trata de una situación concreta, si no de un señalamiento directo, es que voy a darle réplica en el siguiente sentido.

En efecto, como ya se menciona, se interpuso por parte de la actora formal demanda por la vía ordinaria civil, para la reclamación del derecho a recibir alimentos en los índices del Juzgado Cuarto especializado en materia civil de Córdoba Veracruz. El documento basal sobre el cual subyace mi derecho a recibir alimentos, en efecto, es el acta que expide a mí favor el Registro Civil de la ciudad de Ixhuatlán del Café, Veracruz.

Como ya hice mención en la contestación al hecho número “2” de este capítulo, es que YO IGNORABA TOTAL Y ABSOLUTAMENTE LA SUPUESTA RATIFI CACIÓN DE UN CONVENIO DE DIVORCIO Y POR ENDE, LA RESOLUCIÓN DE DISOLUCIÓN DEL MISMO; es así, bajo esa misma tesitura, de ignorancia rotunda, que yo procedo a demandar ante el Juzgado de mérito en el párrafo anterior, demanda de alimentos bajo el número 2577/2017.

6. Por cuanto hace al hecho marcado con número “4” del escrito de denuncia instaurado en mi contra, debido a que contiene diversas situaciones de hecho, voy a darle contestación de la siguiente forma.

En lo relativo a las tres primeras líneas de dicho hecho, donde se me acusa de estar por enterada de la disolución del vínculo matrimonial, VUELVO A MANIFESTAR EN TODO MOMENTO, QUE NO TENÍA CONOCIMIENTO DE QUE SE HAYA EMITIDO RESOLUCIÓN JUDICIAL PARA DICHO EFECTO YA QUE NUNCA FUI DEBIDAMENTE NOTIFICADA DE LA MISMA.

Por otro lado, en lo que escribe el denunciante en las líneas 4, 5 y 6, en que el día 7 de Abril del año 2004 el Juez Cuarto de Primera Instancia de la Ciudad de Córdoba Veracruz, decretó el divorcio entre la suscrita y el hoy denunciante, CONTINUO SIENDO REITERATIVA EN EL SENTIDO, DE QUE IGNORABA EN LO ABSOLUTO DICHA RESOLUCIÓN, YA QUE NUNCA FUI DEBIDAMENTE NOFITICADA DE TAL ACTO JURÍDICO.

Por cuanto hace a las acusaciones que el denunciante apunta en sus líneas 6, 7, 8, 9, 10 y parcialmente de la 11, SIN ATENTAR A SER REPETITIVA, SOSTENGO Y REPITO, QUE EL DERECHO A SOLICITAR LOS ALIMENTOS DE FORMA JUDICIAL POR SER ACREEDORA ALIMENTARIA, ES DEBIDO A QUE NUNCA FUI DEBIDAMENTE NOTIFICADA DE LA DISOLUCIÓN DEL VINCULO MATRIMONIAL CON EL HOY DENUNCIANTE.

Ahora, en la parte final de la línea 10, y en las líneas 11, 12, 13 y subsiguientes en donde se me acusa de exhibir material probatorio de manera dolosa y de abusar de

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