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CONTRATO DE OBRA O LABOR


Enviado por   •  30 de Mayo de 2020  •  Resúmenes  •  634 Palabras (3 Páginas)  •  902 Visitas

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CONTRATO DE OBRA O LABOR

El contrato de trabajo por duración de obra o labor es aquel se firma por el tiempo que dure la construcción o ejecución de una obra, actividad o labor determinada.

El artículo 35 de la LFT se encarga de regular la duración del contrato de trabajo, y allí encontramos que es «por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada», de donde viene el nombre que se le da a este tipo de contrato.

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE OBRA O LABOR.

  • El contrato finaliza al concluir la obra contratada.
  • No permite renovación, ni prórroga.
  • Puede ser verbal o escrito.
  • No requiere preaviso para su terminación.
  • Por cada obra se recomienda hacer un contrato.
  • Es un contrato ideal para quien ejecuta obras para terceros.

FORMAS DEL CONTRATO DE OBRA O LABOR.

El contrato de obra o labor puede ser verbal o puede ser escrito.

La exigencia del contrato escrito es lo dispone el artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo, más en obras de corta duración el contrato de trabajo por obra o labor se puede hacer verbal.

EL CONTRATO DE OBRA O LABOR DEBE ACORDARSE EXPRESAMENTE COMO TAL.

El contrato de obra o labor debe acordarse entre las partes de forma expresa, es decir, que debe quedar constancia de que se lo acordado es un contrato de obra o labor y no otro.

Ante la ausencia de un pacto expreso, el contrato se entenderá indefinido para todos sus efectos.

Así lo señala el artículo 35 de la LFT.

FORMA DE PAGO EN EL CONTRATO DE TRABAJO DE OBRA O LABOR.

Las partes tienen libertad para acordar las formas de pago, por lo tanto, el pago puede ser semanal, quincenal y máximo mensual.

Recordemos que lo único especial que tiene este tipo de contrato es su duración; en lo demás es igual a los otros contratos.

EJEMPLOS DE CONTRATOS DE OBRA O LABOR.

Una cosa debe quedar clara en el manejo de este tipo de contratos: La duración; la determina la naturaleza de la obra, de manera que, finalizada la obra, finaliza el contrato de trabajo.  EJEMPLOS:

Construir una carretera.

La instalación de un programa contable en los equipos de cómputo del SAT.

CONTRATO OCASIONAL DE TRABAJO

El Código Sustantivo del Trabajo ha definido que el contrato de trabajo ocasional se caracteriza por la corta duración –no superior a un mes– y las actividades que se desarrollan bajo dicho contrato son   diferentes de las labores habituales de la empresa.

El contrato de trabajo ocasional es aquel por medio del cual se desempeñan labores extraordinarias, con la finalidad de cubrir necesidades del empleador, las cuales no pertenecen a las actividades rutinarias de la empresa en cumplimiento directo de su objeto social.

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