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Contrato Obra

alvarezlety10 de Marzo de 2014

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CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, POR SU PROPIO DERECHO _______________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL PROPIETARIO, Y POR LA OTRA _______________________________________, REPRESENTADA POR ____________________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL CONTRATISTA, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y

CLAUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I.- DE EL “PROPIETARIO”:

a) Que desea contratar la construcción de una casa habitación, en el terreno de su propiedad, ubicado en _____________________________________________, conforme al proyecto de construcción, presupuesto, especificaciones, programa de obra y programa físico financiero que debidamente firmado por las partes, forma parte integrante de este contrato.

b) Que acredita la propiedad del inmueble antes mencionado, con el testimonio de la escritura pública número __________, otorgada ante la fe del Lic. ____________________ Notario Público Número ________, de la ciudad de ____________, mismo que se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de ___________________, bajo _______________________, de fecha ______________________.

c) Que el pago de la contraprestación que aquí se pacta, lo efectuará con sus propios recursos.

II.- DE EL “CONTRATISTA”:

a) Que tiene capacidad jurídica para contratar y obligarse a la ejecución total de la obra objeto de este contrato.

b) Que su actividad habitual es el ramo de la construcción y que cuenta con los elementos, la práctica y los servicios de los expertos y empleados que sean necesarios para ello y, además, conoce y ha estudiado el proyecto, las especificaciones y los demás documentos mencionados en la declaración I, inciso a), los cuales los encuentra técnicamente correctos, haciéndose responsable en su totalidad de la ejecución del mismo.

c) Que acredita su personalidad y existencia legal con el testimonio de la escritura pública número __________, otorgada ante la fe del Lic. ______________________ Notario Público Número _______, de la ciudad de ________________________, mismo que se encuentra debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad de ________________, bajo _________, de fecha _________________.

d) Que es perito en materia de construcción y que está al corriente en el pago del Impuesto sobre la Renta, manifestando que su Cédula Profesional es la número ______________, con Registro Federal de Causantes _________________, registro en el I.M.S.S. __________________________

e) Que conoce y se compromete a observar y cumplir con la normatividad que en materia técnica de construcción de vivienda tiene el municipio en el que se edificará la misma.

.

Expuesto lo anterior, las partes convienen en otorgar las siguientes:

C L A U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- EL “CONTRATISTA” se obliga a llevar a cabo la construcción de la casa habitación a que se refiere la declaración I, inciso a), de este contrato sobre la base de precio alzado, por su cuenta y bajo su responsabilidad, de acuerdo con el proyecto de construcción, presupuesto, especificaciones, programa de obra y programa físico financiero que se anexan al presente contrato, debidamente firmados por ambas partes, utilizando para ello su propio personal debidamente contratado, proporcionando mano de obra, materiales, herramientas, así como todo el equipo que sea necesario.

SEGUNDA.- REALIZACION DE LA OBRA.- EL CONTRATISTA se obliga a realizar la obra OBJETO de este contrato, de conformidad con las especificaciones generales aprobadas por la autoridad local competente, y a sujetarse a los planos del proyecto y programa de obra que se anexa a este contrato.

TERCERA.- CONTRAPRESTACION.- EL “PROPIETARIO” pagará a EL “CONTRATISTA” por los trabajos que se convienen en el presente instrumento, la cantidad de $ ()_______________, cantidad que se conviene como precio alzado, misma que EL “PROPIETARIO” cubrirá mediante ministraciones periódicas.

CUARTA.- MINISTRACIONES.- Las ministraciones a que se refiere la Cláusula que antecede, se entregarán por parte de EL “PROPIETARIO” a EL CONTRATISTA, de la siguiente forma:

La primera ----

• La segunda del 20%, del monto del crédito otorgado a EL “PROPIETARIO”, cuando la obra presente un avance del 30%,

• La tercera del 20%, del monto del crédito otorgado a EL “PROPIETARIO”, cuando la obra presente un avance del 50%,

• La cuarta del 15%, del monto del crédito otorgado a EL “PROPIETARIO”, cuando la obra presente un avance del 70%,

es necesario que EL CONTRATISTA haya entregado a EL “PROPIETARIO” la póliza de garantía de vivienda que cubra la impermeabilización y cualquier falla técnica o vicio oculto con vigencia de 2 años a partir de la fecha en que se entrega la vivienda. .

QUINTA.- En la cantidad mencionada en la Cláusula Tercera, se incluye el costo total de la obra que se le ha encomendado a EL CONTRATISTA, por lo que queda comprendido de una manera enunciativa y no limitativa lo siguiente: el proyecto de obra, gastos y honorarios de tramitación de las licencias y permisos que correspondan, materiales necesarios, mano de obra, indemnizaciones a los trabajadores, sean éstas de cualquier clase, gastos relativos al trabajo y honorarios de EL CONTRATISTA, remuneraciones a los empleados asalariados o profesionistas que EL CONTRATISTA ocupe para el cumplimiento del contrato, por lo tanto, EL “PROPIETARIO” está obligado a pagar a EL CONTRATISTA únicamente la suma mencionada sin que por ningún concepto tenga que ser incrementada.

SEXTA.- EL CONTRATISTA se obliga a iniciar la obra objeto de este contrato, a partir del momento en que EL “PROPIETARIO” reciba la primera ministración, y se compromete a observar las etapas parciales de construcción y a terminar la obra en un plazo máximo de -------- días naturales a partir de la fecha en que reciba la primera ministración, desarrollando los trabajos de acuerdo con el programa de obra y del programa físico financiero que se anexa.

Las demoras en la construcción de la obra no modificarán el plazo convenido, con excepción de caso fortuito o fuerza mayor.

SEPTIMA.- Se conviene expresamente que EL CONTRATISTA pagará a EL “PROPIETARIO” el 0.15% del valor del contrato referido en la cláusula tercera, como pena convencional por cada día que transcurra después de la fecha en que debió entregar la obra terminada y hasta la fecha de entrega de la vivienda, esta pena convencional no podrá exceder el 15% del valor del presente contrato.

En caso de incumplimiento, tanto en las diversas etapas del plazo como en las especificaciones convenidas, EL “PROPIETARIO” podrá optar entre rescindir el contrato o exigir judicialmente su cumplimiento, pero en ambos casos tendrá derecho a la pena convencional a que se refiere el párrafo anterior.

OCTAVA.- EL CONTRATISTA se obliga a cumplir el presente contrato por sí mismo y no podrá consecuentemente, sin autorización expresa y por escrito de EL “PROPIETARIO”, hacerlo ejecutar por medio de otra persona, quedando bajo su responsabilidad la obra que se realice.

NOVENA.- En caso de que EL CONTRATISTA llegara a transmitir en cualquier forma, los derechos que haya adquirido mediante este contrato, sin la autorización previa de EL “PROPIETARIO” , éste no reconocerán efecto jurídico alguno a dicha transmisión, por lo que únicamente EL CONTRATISTA estará legitimado para exigir el cumplimiento de cualquier obligación derivada de este contrato.

DECIMA.- Cualquier infracción a las normas vigentes en materia de construcción, será de la exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA, quien quedará obligado a cubrir las multas correspondientes y a resarcir a EL “PROPIETARIO” de cualquier pago que tuviera que hacer por estos conceptos.

DECIMA PRIMERA.- EL CONTRATISTA reconoce expresamente que como empresario y patrón del personal que ocupe con motivo de la ejecución de “Los Trabajos” materia de este Contrato, será el único y exclusivo responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que las “Partes” reconocen que entre ellas no existe relación, nexo o dependencia económica o de subordinación de ninguna especie distinta a la derivada de este Contrato, ya que los trabajadores a emplearse en la ejecución de “Los Trabajos” estarán en todo momento bajo la supervisión, dirección, mando y disposición del “Contratista”.

En virtud de lo anterior, EL CONTRATISTA, como patrón de los trabajadores que ejecutan “Los Trabajos”, se obliga a efectuar y liquidar oportunamente todas aquellas aportaciones que de conformidad con los ordenamientos legales aplicables correspondan, ya sea al Instituto Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo para la Vivienda de los Trabajadores y/o a cualesquier otra entidad o dependencia.

EL

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