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COORDINACIÓN JURIDICA DEL H. AYUNTAMIENTO


Enviado por   •  25 de Noviembre de 2015  •  Informes  •  1.599 Palabras (7 Páginas)  •  54 Visitas

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Catazaja, Chiapas

Octubre 17 del 2015.

ASUNTO: ACUERDO

COORDINACIÓN JURIDICA DEL H. AYUNTAMIENTO

CONSTITUCIONAL   DE CATAZAJA, CHIAPAS.

                                                                           

                                                                                                                                                                                                                           

Catazaja, Chiapas, a 17 días del mes de octubre del año 2015, acudieron ante esta oficina que hoy ocupa la dirección jurídica del H. ayuntamiento constitucional,  cito AV. Morelos S/N. palacio municipal, los CC. ING. JOSE MANUEL MARTINEZ PEREZ. En su calidad de afectado y C.JUAN MANUEL DIAZ ARIAS en su calidad de actor del daño, ambos mayor de edad,  mexicanos por nacimiento, libres de toda excepción, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en domicilio conocido ejido Cuahctemoc municipio de catazaja, Chiapas, con fundamento en los artículos 1,16,17,30,34 de la constitución política de los estados unidos mexicanos y 3 fracción I,II,III,VI,VIII,XV,5,8,15,16. De particular del estado de Chiapas, que consagran las facultades de derecho.

 

HECHOS:

  1. El C.JOSE MANUEL MARTINEZ PEREZ, en calidad de afectado acude ante esta instancia para concebir un mutuo acuerdo, con su empleado el C.JUAN MANUEL DIAZ ARIAS, en su calidad de actor del daño, el afectado manifiesta verbalmente, que tiene un vivero de plantas de palma de aceite ubicado en el km. 109 de la carretera Villahermosa-Escárcega. Diariamente el C.JUAN MANUEL DIAZ ARIAS,  a bordo de una camioneta Chevrolet tornado pick-up, con número de serie 93CXM80208CI58891, 4 cilindros color gris oscuro, con número de placas CW14117, propiedad del C. JOSE MANUEL MARTINEZ PEREZ.  Se dedicaba a transportar gente para las labores del campo de dicho vivero, al ejido cuahctemoc, municipio de catazaja, Chiapas y viceversa, siendo esta la ruta o jurisdicción de trabajo diario asignado a esta persona.
  1. El pasado 8 de octubre del año 2015, el C. JUAN MANUEL DIAZ ARIAS, después de cumplir las labores asignadas, pasando las 14:00  horas, como de costumbre no paso a dejar la el vehículo antes mencionado  como usualmente lo Asia,  haciendo mención ante este documento que abusando de la confianza se puso a ingerir bebidas alcohólicas, a bordo del vehículo,  fuera de la jurisdicción y hora de trabajo, en el cual debido de su estado de ebriedad sufrió un percance con el vehículo, dejándolo en pérdida total , ante este acontecimiento pido explícitamente ante esta instancia, que por acuerdo el C. JUAN MANUEL DIAZ ARIAS, se haga responsable del daño que sufrió el vehículo en la totalidad del daño, que  dando a sabiendas que aunque no estaba en mis obligaciones, con el  C. JUAN MANUEL DIAZ ARIAS, se cubrieron los gastos médico y estudios para determinar secuelas o consecuencias medicas por el accidente, y que por buen y mutuo acuerdo y no quererlo afectar en problemas legales que a mediten su prisión corporal,   por eso acudo a esta institución pacíficamente. Antes de pasar a otra institución legal  y  hacer valer los delito de abuzo de confianza, daños, y demás en que la ley incurra con fundamentos en los artículos 35,37, fracción I, II, IV, 41, fracción I, 42 fracción  I, 43  fracción I, 296, 312, 315 fracción II, III del código penal para el estado de Chiapas y los aplicables con fundamento en los artículos 106, 107, 150 del código de procedimientos penales para el estado de Chiapas.

El C. JUAN MANUEL DIAZ ARIAS, vengo expongo ante esta institución, en mi carácter de responsable del daño, que efectivamente trabajo de chofer, con el ING. JOSE MANUEL MARTINEZ PEREZ, que efectivamente el día 8 de octubre del año 2015, incurrí en percance donde  yo era el responsable de la unidad a mi cargo asignado en la área de trabajo ya mencionada, en la cual en este presente documento expongo que con voluntad propia de tomar un acuerdo, ante el daño efectuado me vengo hacer responsable  de toda reparación del daño, con fundamento en los artículos  42 fracción I, 43  fracción I, del código penal para el estado de Chiapas. El cual tenga efecto, a consecuencia de dicho percance en el cual causa efecto los delitos en los cuales incurrí con   fundamentado en los artículos 296, 312,315 fracción, II, III del código penal para el estado de Chiapas, ya que el  ING. JOSE MANUEL MARTINEZ PEREZ está en la disponibilidad de un  acuerdo para conciliar ante esta institución  y no afectarme en mi persona con consecuencias jurídicas, en el  cual incurra el ramo penal en el caso de no cumplir con la reparación del daño en los aplicables con fundamentos en los artículos 106,107,150 del código de procedimientos penales para el estado de Chiapas,

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