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CRIMINALISTICA


Enviado por   •  8 de Octubre de 2013  •  1.283 Palabras (6 Páginas)  •  195 Visitas

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CRITERIOS QUE PERMITEN SOSTENER LA UNIDAD FUNDAMENTAL DEL PROCESO.

A) Contenido: Todo proceso es un litigio.

B) Finalidad que se persigue: Resolver la controversia planteada al órgano judicial.

C) Estructura triangular: En el vértice superior el órgano jurisdiccional y en los inferiores la parte actora y la demandada.

D) Organización judicial: El órgano jurisdiccional cuneta con una estructura definida y jerarquizada.

E) División de todo proceso en etapas: No importa la materia del litigio, los procesos se dividen en una serie de fases procesales.

F) Principio de impugnación: Las resoluciones que dictan los tribunales pueden ser revisadas por un órgano superior.

DIVERSOS CRITERIOS DE CLASIFICACION DEL PROCESO.

Para determinar qué tipo de proceso se aplicara para resolver una controversia, hay que establecer en primera instancia que ley sustantiva debe emplearse para dirimir el conflicto y serán procesos en el ámbito:

• O Penal.

• O Administrativo

• O Constitucional

• O Civil

CIVIL, MERCANTIL, FAMILIAR, ARRENDAMIENTO INMOBILIARIO.

Juicios de arrendamiento inmobiliario: Se verán todas las controversias que se susciten en materia de inmuebles destinados a habitación, comercio e industria o uso permitido por la ley.

Juzgados de lo familiar: Serán los juicios contenciosos relativos al derecho familiar, de los juicios sucesorios, acciones relativas al estado civil, etc.

Juzgados de lo Civil: Todos aquellos que no correspondan a los jueces de los familiar, de arrendamiento y de lo concursal. También tienen competencia para casos relacionados con la imparticulación judicial.

Por la forma Oral o Escrito: En el Distrito Federal existe la tendencia hacia la oralidad y la escritura.

Por la parte que da el impulso procesal: Dispositivo es donde la promoción del procedimiento es a cargo de las partes.

Inquisitivo es donde la actividad depende del juez, las acusaciones son de oficio.

Mixto aquí hay características de los procesos inquisitorios y dispositivo.

Por la diferenciación de etapas: Unidad de vistas se procura que los actos integrantes del juicio se realicen en una sola actuación.

Preclusivo opera el principio de preclusión en virtud de las etapas procesales que se encuentran diferenciadas y al pasar de una fase a otra pierde el derecho para actuar en la fase anterior.

Por su contenido patrimonial: Singular cuando versa sobre derechos determinados.

Universal cuando comprende la totalidad del patrimonio de una persona.

Por el numero de instancias: Uniinstancial es aquel proceso que no cuenta con una etapa de impugnación.

Biinstacial en este proceso se puede revisar la sentencia para que se confirme o revoque.

Por la finalidad que persigue: Cautelar el órgano jurisdiccional dicta una determinación precautoria para prevenir un daño que se pudiera ocasionar en la tramitación del juicio y pueda imposibilitar la ejecución de la sentencia.

Declarativo juicio que tiende a determinar con certidumbre jurisdiccional, la existencia o inexistencia de derechos y obligaciones.

Ejecutivo cuenta con una sentencia como presupuesto.

Por su generalidad o especificidad: Ordinario en estos juicios se dirimen las controversias que no están regularizadas en el CPCDF.

Especial: por medio de este juicio se resuelven casos de una materia en específico.

DEFINICIONES DEL PROCESO

Carnelutti dice que el proceso es el conjunto de actos mediante los cuales se constituyen, desarrolla y determina la relación jurídica que se establece entre el juzgador, las partes y las demás personas que en ella intervienen y se divide en: Finalidad dar solución al litigio. Objeto del proceso es el tema sobre el cual las partes deben concentrar su actividad procesal y Litigio es el conflicto de intereses calificados por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia de otro.

TRILOGIA DEL DERECHO PROCESAL CIVIL

La unidad de estos elementos en el proceso da la necesidad de acción, para provocar la necesidad de jurisdicción y la necesidad de que este actué en el proceso.

Acción es la pretensión de que se tiene un derecho valido y en razón del cual se promueve la demanda respectiva, de ahí que se hable de demanda fundada e infundada.

Jurisdicción es la función soberana del estado, realizada a través de una serie de actos que están proyectados o encaminados a la

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