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Calidad Ley del Sistema Venezolano para la Calidad"


Enviado por   •  14 de Julio de 2017  •  Apuntes  •  1.249 Palabras (5 Páginas)  •  195 Visitas

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Ley del Sistema Venezolano para la Calidad"
El 7 de octubre de 2002 fue publicada en Gaceta Oficial N° 37.543, la "Ley del Sistema Venezolano para la Calidad, en adelante "LSVC"; está estructurada en 130 Artículos y XIII títulos, 
Esta ley es de gran importancia ya que está orientada al desarrollo de los principios de calidad consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, considera además garantizar el derecho de las personas a contar con bienes y servicios de calidad en el país, situación con la que muchas veces no se cuenta. Por otra parte, se pretende diseñar políticas y normas que lo regulen, y dar a conocer el ámbito de acción de la ley por parte del Estado, para lograrlo se debe afianzar la educación en cuanto a calidad de bienes y servicios y orientar cada una de las actividades o serv de normas y principios que regirán la calidad en el país, así como todos los subsistemas que seicios que se prestan hacia la calidad total, haciendo énfasis en la preparación del recurso humano especializado en calidad. Por otra parte, se crea el Sistema Nacional Calidad que en general es el conjunto deriven para alcanzar la misma, los cuales deben integrarse para trabajar de forma armónica y así garantizar una buena calidad en los bienes y servicios ofrecidos al usuario y consumidor.
Capítulo I Objeto ámbito y definiciones. Artículos 1 al 4
1.- La Ley Orgánica del Sistema Venezolano para la Calidad tiene por objeto, según lo establece su artículo 1, desarrollar los principios orientadores que en materia de calidad consagra la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, determinar sus bases políticas y diseñar el marco legal que regule el Sistema Venezolano para la Calidad; asimismo, persigue establecer los mecanismos necesarios que permitan garantizar los derechos de las personas a disponer de bienes y servicios de calidad en el país, a través de los subsistemas de Normalización, Metrología, Acreditación, Certificación, Reglamentaciones Técnicas y Ensayos.
2.- De manera más detallada, el artículo 2, señala como objetivos de la ley cuanto sigue:
* Conformar y establecer el Consejo Venezolano para la Calidad como órgano asesor del Ejecutivo Nacional en la elaboración de políticas y directrices en materia de calidad.
* Establecer las disposiciones rectoras del Sistema Venezolano para la Calidad, con miras a sentar las bases para que todos sus integrantes desarrollen sus actividades en pro de la competitividad nacional e internacional de la industria, el comercio y la prestación de bienes y servicios, así como de la satisfacción de consumidores y usuarios.
* Establecer el alcance y los lineamientos de los subsistemas de Normalización, Metrología, Acreditación,
 Certificación, Reglamentaciones Técnicas y Ensayos, a los efectos de asegurar las actividades que éstos realizan y el óptimo funcionamiento del sistema para la gestión de la Calidad en el país.
* Estimular la calidad y la competitividad del Estado y de las empresas en cuanto a los servicios y los bienes que éstos proveen.
* Promover y asegurar la participación de todos los interesados en el funcionamiento del Sistema Venezolano para la Calidad, como mecanismo para la mejora continua;
* Regular y controlar las actividades del Sistema Venezolano para la Calidad en el campo de la salud, seguridad, ambiente y prácticas que puedan inducir en error al consumidor o usuario.
* Establecer, coordinar y promover las actividades del Sistema Venezolano para la Calidad, que se realizan en el ámbito voluntario.
* Fomentar la cooperación en materia de normas, reglamentaciones técnicas y procedimientos de evaluación de la conformidad con miras a facilitar el acceso a los mercados nacionales e internacionales y fortalecer los lazos de confianza entre las partes involucradas.
3.- Las actividades generales vinculadas a la normativa son, de acuerdo con lo establecido en su artículo 3, la elaboración en intercambio de bienes, la prestación de servicios, la importación, distribución y expendio de bienes, la exportación de bienes y servicios nacionales y la educación y promoción de la calidad.
4.- Capítulo II De los Deberes, Derechos y Garantías.
Destaca el artículo 5, conforme al cual, las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que produzcan o comercialicen bienes o presten servicios sujetos a reglamentaciones técnicas, deberán suministrar la información y la documentación necesaria que permita la posterior comprobación de la calidad de los mismos.
Asimismo, se les exige colaborar con el Ministerio de la Producción y el Comercio en el cumplimiento de las funciones que le fija dicho proyecto de Ley.
El artículo 6, por su parte, obliga tanto a las personas públicas como privadas a la producción de bienes y a la prestación de servicios de calidad. (Art. 5 al 13)
5.- En cuanto al sustrato orgánico encargado de cumplir con los fines u objetivos anteriormente esbozados, se crea el Sistema Venezolano para la Calidad, integrado por el Ministerio de la Producción y el Comercio, entidades tuteladas por éste, demás Ministerios o entidades públicas que dicten reglamentaciones técnicas; los organismos públicos o privados que se dediquen al desarrollo, organización, procesamiento, sistematización, difusión, transferencia y competencias relacionadas por el objeto de dicho proyecto; organismos de educación superior, de formación técnica, sociedades organizadas, laboratorios y centros de investigación y desarrollo tanto públicos como privados; organizaciones del sector privado, empresas, proveedores de servicio, de insumos y bienes de capital, redes de información y asistencia que sean incorporados al Sistema (artículos 17 al 23).
Se enfatiza, además, que corresponde al Ministerio de la Producción y el Comercio dictar y coordinar las políticas que regirán las Actividades de dicho Sistema.
En el mismo sentido se crea el Consejo Venezolano para la Calidad como órgano asesor, el cual estará presidido por el Ministro de la Producción y el Comercio, e integrado por representantes de un numeroso grupo de órganos públicos y privados (artículos 24 al 33).
6.- El resto del articulado está dedicado a materias menos centrales de cara a su caracterización como ley orgánica, ya que trata de los diversos subsistemas de calidad anteriormente mencionados. Estos son los siguientes:
De Normalización, relacionado con las actividades de elaboración, aprobación, publicación y divulgación de las normas, con miras a facilitar el comercio, servir de base a las reglamentaciones técnicas, evaluación de la conformidad, comercio, el desarrollo industrial y el proveimiento de las bases para mejorar la calidad de los productos, procesos y servicios (artículos 34 al 43); de Metrología, al que cumple promover, fomentar, desarrollar y consolidar la infraestructura metrológica que impulse el crecimiento en el área de las mediciones a fin de garantizar la confiabilidad de las mismas (artículos 44 al 52);de Acreditación, que tiene por objeto desarrollar las acciones inherentes al reconocimiento formal de competencias técnicas de entes u organismos para efectuar tareas específicas relacionadas con los diferentes subsistemas, con miras a contar con organismos confiables para el desarrollo de la gestión del Sistema Venezolano para la Calidad (artículos 53 al 61); de Certificación, al que le corresponde ejecutar las actividades de evaluación para asegurar que un determinado producto, proceso, sistema de gestión, servicio o persona estén conformes con los requisitos establecidos en una norma o reglamentación técnica (artículos 62 al 70); de Reglamentaciones Técnicas, encargado de establecer los requisitos que deben cumplir los productos, servicios o procesos cuando puedan constituir un riesgo para la salud, seguridad, protección ambiental y prácticas que puedan inducir en error (artículos 71 al 78); de Ensayos, cuya función es comprobar que determinados productos o servicios cumplan con normas o reglamentaciones técnicas (artículo 79 al 82);
7.- Los demás artículos contienen lo relativo a la Evaluación de la Conformidad y Reconocimiento Mutuo, la Promoción del Sistema, los Procedimientos Administrativos, las Sanciones y las Disposiciones Transitorias y Finales (artículos 83 al 130).

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