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Cheque Al Portador


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2012  •  1.842 Palabras (8 Páginas)  •  928 Visitas

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Cheque al portador

Es aquel que no indica una persona específica a favor de quien se expide. Este tipo de cheque debe indicar la leyenda “al portador” en el espacio destinado para señalar el nombre del beneficiario.

Características particulares:

• El beneficiario del cheque puede entregarlo como pago a otra persona o empresa sin necesidad de endosarlo, ya que la persona que sea “ el portador” del cheque es quien podrá cobrarlo.

• No es necesario presentar una identificación para realizar su cobro, ni escribir los datos del tenedor del cheque al momento de presentarlo.

• El cheque al portador podrá ser expedido hasta por la cantidad que cada institución determine, de acuerdo a sus políticas internas.

Recomendaciones:

• Al recibir un cheque al portador, deposítalo o cóbralo inmediatamente, ya que en caso de extravío o robo, podrá ser cobrado por cualquier persona.

• Recuerda que aunque el cheque te haya sido robado, la institución bancaria tiene la obligación de pagarlo a quien lo presente para su cobro, por lo que debes notificar inmediatamente el extravío o el robo al banco, además de seguir el procedimiento que éste te indique para llevar a cabo este tipo de cancelación.

• Antes de expedir un cheque al portador verifica con tu banco cual es la cantidad máxima por la que este puede ser expedido, ya que al ser disposiciones del Banco de México, estas pueden variar.

• Respecto a la cancelación de este tipo de cheques, ésta se hará efectiva hasta que hayan transcurrido los plazos de presentación que establece la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; misma que señala que será de 15 días naturales que sigan al de su fecha, si fueran pagaderos en el mismo lugar de su expedición. Dentro de un mes si fueran expedidos y pagaderos en diversos lugares del territorio nacional; y dentro de 3 meses si son expedidos en el extranjero y pagaderos en territorio nacional o viceversa. Mientras no transcurran estos plazos, no puede ser cancelado el cheque, salvo en caso de robo.

Cheque nominativo o a la orden

Son aquellos en que se indica un beneficiario que puede cobrarlo es decir se extiende a la orden de esa persona. En su caso, sólo este beneficiario puede hacer el primer endoso a favor de otra persona o empresa para ceder sus derechos.

Características particulares:

• Es indispensable presentar una identificación oficial en el banco para su cobro.

• Puede transmitirse mediante el endoso del documento (ceder sus derechos por medio de la firma del beneficiario en la parte posterior del cheque).

• En caso que se desee que sólo lo pueda cobrar el beneficiario indicado en el documento debe agregarse la leyenda "No negociable". A menos que el cheque sea a nombre del propio banco en cuyo caso automáticamente no será negociable.

• Puede ser expedido por cualquier cantidad.

Recomendaciones:

• Si requieres cobrar un cheque nominativo o a la orden, recuerda que el mismo deberá de estar a tu nombre además de que el banco te solicitará que muestres una identificación oficial que te acredite como beneficiario (credencial de elector, pasaporte vigente y cartilla del servicio militar).

CHEQUE CRUZADO

El cheque es un documento mediante el cual se da a un banco la orden de pagar cierta cantidad de dinero a quien lo presente en la ventanilla.

El cheque cruzado es aquél en el que quien lo expide, o quien lo tiene en su poder, traza en su cara principal dos rayas paralelas en diagonal que atraviesan el documento en toda su extensión vertical.

El cheque cruzado actualmente es muy utilizado tanto, que muchos cuenta habientes solicitan a sus bancos que los cheques de los talonarios que les entregan periódicamente, ya tengan impresas estas dos líneas.

GENERALIDADES:

• Es importante saber que cualquier cheque puede ser cruzado.

• El banco, al recibir un cheque cruzado no podrá pagarlo en efectivo, sólo puede abonar su importe en la cuenta que el beneficiario del cheque tenga en el Banco.

• El cheque cruzado es de alguna manera comparable al cheque “para abono en cuenta”, a diferencia de que el cheque cruzado si es negociable, es decir, sí puede ser endosado, transmitiendo su propiedad a otra persona. La única limitación del cheque cruzado está en la forma en que se cobra.

• Aunque por lo general el cheque cruzado es a la orden o nominativo (a nombre de una persona determinada) la ley no prohíbe que los cheques al portador puedan ser cruzados.

FORMAS DE CRUZAR UN CHEQUE:

Los cheques se pueden cruzar de dos formas:

a) General: Cuando solamente se trazan las líneas paralelas sin determinar el banco donde se hará el cobro del cheque.

b) Especial: Cuando dentro de las líneas se nota el nombre del banco elegido para tramitar o cobrar el cheque.

CHEQUE DE CAJA

El cheque es un documento mediante el cual se solicita a un banco el pago de cierta cantidad de dinero.

El cheque de caja es una orden de pago que el banco realiza para que sea cobrada ahí mismo, o en su caso, para que su importe sea depositado en la

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