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Clases De Endoso


Enviado por   •  3 de Mayo de 2013  •  709 Palabras (3 Páginas)  •  400 Visitas

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Títulos y Operaciones de Crédito.

CLASES DE ENDOSO

ENDOSO EN PROPIEDAD

El endoso de propiedad es el más utilizado y es el que trasmite la propiedad de título y todos los derechos que el documento representa. Como en todas las clases de endoso es necesaria la entrega material del título o documento para que la operación se complemente.

El endoso en propiedad ha de constar sobre el título mismo o en hoja adherida a él, como todos los actos que se llevan a cabo respecto de los títulos de crédito.

Debe contener la firma del endosante; y debe expresar el lugar y la época en que se hace, y si es parcial o total, indicando que es propiedad.

ENDOSO EN PROCURACION AL COBRO

El endoso que contenga algunas de las expresiones en procuración o al cobro, no es translativo de dominio, sino se limita a conferir al endosatario facultades para presentar el documento a la aceptación al pago; para protestar en su caso, para cobrarlo judicialmente o extrajudicialmente; con la facultad de endosarlo a su vez en procuración, de acuerdo con el artículo 35 de la ley de la materia. Este endoso equivale a un mandato que otorgara el endosante a favor del endosatario, según se acaba de expresar.

Cuando la ley establece que el endosatario tiene facultad para cobrar el título judicialmente, deberá tenerse en cuenta que las facultades que esa disposición legal entraña son muy amplias, pues para seguir un juicio se requiere llevar a cabo numerosos y muy variados actos jurídicos; pero de todos modos la ley busca el modo de autorizar al endosatario en procuración, la mayor libertad de acción para proteger los intereses del tomador legítimo.

ENDOSO EN GARANTIA O PRENDA

No transfiere la propiedad, ha de expresarse con las palabras endoso en prenda; endoso en garantía u otra fórmula equivalente y constar en el documento.

Este endoso establece un derecho real sobre el título, por definición es mercantil (Art. 1), el beneficiario de tal endoso, tiene por semejante medio, asegurado o garantizado el pago de una obligación y garantizada igualmente la preferencia del pago. El acreedor garantizado con endoso en prenda puede cobrarlo cuando vence.

ENDOSO POSTERIOR AL VENCIMIENTO

Si no figura fecha en el endoso, se presumirá que este se hizo en el momento en que el endosante le hizo entrega del título al endosatario, pero si se hace con fecha posterior al vencimiento producirá los efectos de una cesión ordinaria. De manera que, el valor del instrumento continuó hasta su prescripción, incluyendo su efecto en la legitimación del poseedor, pero como cesionario del tenedor en el

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