Clasificacion Del Tributo
ferVivancof24 de Junio de 2015
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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL ECUADOR
SEDE SANTO DOMINGO
ESCUELA: CIENCIAS ADMINISTRATIVAS CONTABLES
CARRERA: CONTABILIDAD Y AUDITORIA
NIVEL: 6TO
NOMBRE: VIVANCO FUENTES FERNANDA MARIBEL
TITULO PROFESIONAL QUE OTORGA: INGENIERO(A) CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
DIRECTORA DE ESCUELA: JAJAYRA MIRANDA
ÍNDICE PROMEDIAL DE LA CARRERA: 1.75
ÍNDICE PROMEDIAL DEL ESTUDIANTE: 35/50
SITUACIÓN DEL ESTUDIANTE AL INICIAR PERÍODO 2013.02:
Regular X
1° condicionamiento
2° condicionamiento
MATERIA: DERECHO III
SITUACIÓN DE LA MATERIA O ASIGNATURA:
Regular (1° matrícula) X
2° matrícula
3° matrícula
DOCENTE: MG. GASPAR SANTOS MANACES
FECHA DE PRESENTACIÓN: JUEVES 06/05/2015
CLASIFICACIÓN DEL TRIBUTO
Impuestos
El impuesto es la prestación pecuniaria exigida a los individuos destinadas a cubrir los gastos de interés general y únicamente a causa de que los contribuyentes son miembros de una comunidad política organizada.
Los elementos propios de los impuestos consisten en:
a) Su independencia entre la obligación de pagar el impuesto y la actividad que el Estado desarrolla con su producto.
b) Su cobro se debe hacer a quienes se hallan en las condiciones consideradas como generadoras de la obligación de tributar;
c) Dichas condiciones deben consistir en hechos o circunstancias que puedan reflejar la verdadera capacidad contributiva;
d) El impuesto se debe estructurar de tal manera que las personas con mayor capacidad económica tengan una participación mayor en los ingresos estatales.
Existen significativas cantidades de clasificaciones de impuestos las cuales pueden resumirse de acuerdo al siguiente detalle: a) Ordinarios y Extraordinarios, b) Reales y Personales, c) Fijos, Proporcionales, Progresivos y Regresivos, d) Directos e Indirectos.
a) Ordinarios y Extraordinarios
Esta clasificación corresponde al período o duración de los impuestos en el sistema tributario. Mientras que los impuestos ordinarios o permanentes son aquellos que no tienen una duración determinada en el tiempo, los impuestos extraordinarios o también denominados transitorios, por el contrario, poseen una vigencia limitada en el tiempo.
Un ejemplo que podemos citar del primer caso es el Impuesto al Valor Agregado mientras que podemos mencionar como tributo extraordinario el Impuesto sobre los Bienes Personales.
Cabe destacar que los impuestos extraordinarios en su mayoría surgen en períodos de crisis. Asimismo determinados impuestos ordinarios son denominados “de emergencia” al momento de su legislación lo que implicaría que los podrían considerarse como extraordinarios, pero en formar reiterada son prorrogados en el tiempo.
b) Reales y Personales
En los Impuestos Reales no toma en cuenta la situación personal del contribuyente. Un claro ejemplo de esto son los impuestos a los consumos, donde no se tiene en cuenta la capacidad contributiva del sujeto adquirente de los bienes gravados.
Son Personales los impuestos cuyas leyes determinan a la persona del contribuyente junto al aspecto objetivo, es decir procuran determinar la capacidad contributiva de las personas físicas discriminando circunstancias económicas personales del contribuyente (cargas de familia, etc.).
c) Fijos, Proporcionales, Progresivos y Regresivos
Los Impuestos Fijos son aquellos que se establecen en una suma invariable cualquiera que fuera el monto de la riqueza involucrada en este. También incluye la categoría de graduales, que son aquellos que varían en relación con la graduación de la base imponible.
Un
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