Compendio de guias de derecho constitucional.
Jesus MorenoApuntes12 de Junio de 2016
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UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN DIEGO – CARABOBO
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SAN DIEGO, MAYO 2011
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DERECHO CONSTITUCIONAL
I Clase
1. ¿QUE ES EL DERECHO CONSTITUCUIONAL?
Se define como la rama del Derecho Público Interno, que regula fundamentalmente la estructura y función del poder Político del Estado, así como las relaciones de este con los particulares, contiene normas de orden público, y normas de orden privado, Diferencias entre las normas de orden público y las normas de orden privado.
2. ¿PORQUE EN EL DERECHO CONSTITUCIONAL SE DEBE CONSIDERAR LAS DIFERENCIAS ENTRE DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO?
Porque el derecho constitucional es una rama del derecho público interno.
3º. CUALES SON LAS DIFERENCIAS ENTRE DERECHO PÚBLICO Y PRIVADO
DERECHO PUBLICO | DERECHO PRIVADO |
A Las normas de orden público de estricto y obligatorio cumplimiento, son normas fijas, creadas por el estado que deben ser cumplidas tanto por los ciudadanos como por el mismo estado. y de estricto cumplimiento inclusive No hay excepciones, no hay privilegios para no cumplirlas. . | A Las normas de derecho privado, son reglas creadas también por el Estado, porque son establecidas por: leyes, decretos, reglamentos, resoluciones, decretos con fuerza y rango de Ley, etc., pero no son de estricto y obligatorio cumplimiento; ya que los particulares son libres a la hora de cumplirlas. |
B. Son normas sagradas, porque son creadas para mantener la paz, la convivencia ciudadana, la democracia, la libertad, y el propio sustento del aparato estatal, es decir su incumplimiento le hace daño al estado. | B. No son normas sagradas; ya que su incumplimiento no le hace daño al estado, a lo mejor a un particular, pero no están en juego los principios de: paz, la convivencia ciudadana, la democracia, la libertad, y el sustento del aparato estatal, Ej. Un patrimonio de un particular, le hace daño al particular, pero no al estado. |
C. El incumplimiento de una norma de orden público genera siempre una consecuencia, una sanción, depende de la naturaleza de la norma violentada. Ej.
( arresto, prisión, presidio)
- Destitución de un cargo, en caso de funcionarios públicos. | C. Su incumplimiento no genera una sanción por parte del estado |
D. Las normas de orden público No pueden ser relajadas, modificadas, desconocidas o alteradas por convenios entre particulares, convenio entre particulares el Edo. Ni siquiera convenios entre dos grandes entes o autoridades del Estado (aunque sea un solo artículo, o tampoco puede ser desconocidas por dos altos funcionarios o autoridades del poder público, es decir no pueden establecer convenios o desconocer de mutuo acuerdo ni un solo artículo, ya que si es realizado ese acuerdo sería nulo y generaría consecuencia negativa para quienes lo firmen, las normas de derecho público las crea el estado para que no puedan ser modificadas: Ej. No puede haber acuerdo entre el presidente de la República y el TSJ para desconocer una norma de derecho público. El o los funcionarios que desconozcan una norma de derecho público, trae como consecuencia una sanción. Es decir el fin es que permanezcan inalterables. | D. Si pueden ser desconocidas, relajadas o modificadas por convenios entre particulares, allí el Estado no se mete en eso y tales convenios son validos. Ej. Convenio entre particulares, se pueden perdonar una deuda, desconociendo en este caso una norma (un artículo), del Código de Comercio, Ej.: Letra de cambio, solo puede ser cancelada por efectivo, por acuerdo se puede pagar por un artefacto, un vehículo, etc. tal violación no genera sanciones. |
E. La normas del derecho público Van a regular fundamentalmente la organización y funcionamiento de los poderes públicos, así como las relaciones entre el estado y los particulares, siempre que el estado este o actué revestido de su Ius Imperium, poder soberano. Ejemplo: un acto de expropiación por causa de utilidad o de utilidad social. | E. Las normas de Derecho Privado: Van a regular las relaciones entre los particulares y entre el estado y los particulares, pero solo cuando el estado actúa desprovisto de su Ius imperium, o poder soberano. Ejemplo: cuando el estado alquila una oficina o un local a un particular. |
3. NOMBRE LOS OBJETOS DE ESTUDIO Y REGULACIÓN DEL DERECHO CONSTITUCIONAL.
- Formas Socioeconómicas del estado.
- Formas De gobierno
- Formas Políticas del estad o
- Estructura fundamental del Poder Publico
- Mecanismos de Modificación Constitucional
- Distribución de Competencia entre las diferentes ramas del Poder Publico
- Derechos Humanos
4. ¿CUALES SON LAS FORMAS SOCIOECONOMICAS DEL ESTADO?
Las formas socioeconómicas se distinguen tres modelos:
1.- Modelo Capitalista.
2.- Estado Social, Social Democrático o Democrático Cristiano, este lo aplica el 90% de los estados del mundo.
3.- Modelo de tendencia Socialista.
5. NOMBRE LAS FORMAS DE GOBIERNO
1.- Monocracia: este es el gobierno de una sola persona.
2.- Aristocracia: este es el gobierno de pocos u oligarquía.
3.- Democracia: es un gobierno de todos.
6. NOMBRE LAS FORMAS POLÍTICAS DEL ESTADO
1.- Estado Simple: Estado Unitario que se aplica en el 90% del mundo y puede estar descentralizado o centralizado.
2.- Estado compuesto: Unión personal, unión real y confederación de estado, estos prácticamente no existen pero la federación si, y puede ser centralizada o descentralizada. El Estado simple tiene una sola subcategoría: Estado Unitario que a su vez puede estar centralizado o descentralizado.
Estados compuestos existen cuatro subcategorías Estatales:
1. La unión personal:
2. La Unión real:
3. La confederación de Estados:
4. La federación o Estado Federal: que puede ser Centralizado o descentralizado
Es de hacer notar que en la actualidad ya no existen ejemplos los Estados de Unión personal, ni Unión real, ni Confederación, solo estados unitarios descentralizados y Estados Federales centralizados o descentralizados.
7. ¿CÓMO ESTÁ CONFORMADA LA ESTRUCTURA FUNDAMENTAL DEL PODER PÚBLICO?
En Venezuela está distribuido a partir de 1999, en forma vertical o territorial de tres ramas: Nacional, Estadal y Municipal
1.- Nacional, está conformado por los poderes públicos que son: El Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Electoral, Poder Judicial y Poder Ciudadano.
2.- Estadal, está conformado por Ejecutivo y Legislativo.
3.- Municipal, está conformado por ejecutivo Legislativo.
En forma horizontal está referida a los órganos que ejercen las funciones públicas: Ejecutivo, legislativo, judicial, ciudadano y electoral.
Los poderes judiciales, ciudadano y electoral están centralizados en el poder nacional.
8. ¿QUE SON LOS MECANISMOS DE MODIFICACIÓN CONSTITUCIONALES y MENCIONELOS?
Son los elementos por medio de los cuales se realizan las modificaciones o cambios que en los ordenamientos jurídicos constitucionales operan de diversas formas, estos en su inmensa mayoría obedecen a las necesidades históricas de adaptar la Constitución de un país determinado a las realidades políticas y jurídicas existentes. Entre estos están:
- El Poder Constituyente u Originario
- La Reforma Constitucional
- La Enmienda.
9. ¿QUÉ IMPLICA LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS DISTINTAS RAMAS Y ÓRGANOS DEL PODER PÚBLICO?
Es el capitulo más extenso en la mayoría de las constituciones, porque determina las funciones especificas de cada órgano y de quien lo ejerce.
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