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Concepto jurídico de alimentos


Enviado por   •  7 de Junio de 2013  •  Informes  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  545 Visitas

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Temario 3

3.1 Concepto jurídico de alimentos. Características de la obligación alimentaria.

Comúnmente se entiende por alimento cualquier sustancia que sirva para nutrir, pero cuando desde el punto de vista jurídico nos referimos a él su connotación resulta mucho más amplia, pues comprende todas las asistencias que se prestan para el sustento y la sobrevivencia de una persona y que no se circunscriben sólo a la comida. Jurídicamente por alimentos se entiende la prestación en dinero o en especie que una persona, en determinadas circunstancias puede reclamar de otra, entre las señaladas por la ley, para su mantenimiento y sobrevivencia.

La obligación alimentaria es:

1. Recíproca, puesto que el obligado a darla tiene el derecho de recibirla.

2. Personalísima, toda vez que se asigna a determinada persona en razón de sus necesidades y obliga también a otra persona específica a proporcionarla.

3. Proporcional, debido a que los alimentos han de ser proporcionados conforme a la posibilidad del que los da y a la necesidad de quien los recibe.

4. A prorrata, pues debe prorratearse cuando son varios los obligados a dar alimentos a otros.

5. Subsidiaria, pues se establece a cargo de los parientes más lejanos sólo cuando los más cercanos no pueden cumplirla.

6. Imprescriptible, en tanto que no se extingue, aunque el tiempo transcurra sin que se haya ejercido el derecho.

7. Irrenunciable, en tanto que no puede ser objeto de denuncia.

8. Intransigible, es decir, no es objeto de transacción entre las partes.

9. Incompensable, ya que no es extinguible a partir de concesiones recíprocas.

10. Inembargable, pues legalmente está constituida como uno de los bienes no susceptibles de embargo.

11. Intransferible, en virtud de que surge de la relación familiar haciéndola personalísima, pues las calidades de cónyuge, concubina o concubinario y pariente son absolutamente personales y se extinguen con la muerte del deudor determinado o del acreedor alimentario.

3.2 Contenido de los alimentos.

En general los alimentos son la comida, el vestido, la habitación, la atención médica, la hospitalaria y en su caso, los gastos de embarazo y parto. Respecto de menores de edad además los gastos para su educación y para proporcionarles oficio, arte o profesión adecuados a sus circunstancias personales. Con relación a las personas con algún tipo de discapacidad o declarados en estado de interdicción, lo necesario, para lograr en lo posible su

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