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Contabilidad General


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2012  •  1.547 Palabras (7 Páginas)  •  371 Visitas

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SERVICIO PARLAMENTARIO

De conformidad con el artículo 94º de la Constitución, el Congreso define las estructuras orgánicas y funcionales competentes del servicio parlamentario, encargadas de apoyar, asesorar y asistir en las tareas, objetivos y funciones parlamentarias legislativas, de control y de representación de los congresistas y de los órganos de los que son miembros.

Es finalidad del servicio parlamentario el desarrollo y ejecución imparcial y políticamente neutral de actividades, servicios y productos institucionales confiables, homogéneos, oportunos y eficaces. Cuenta con autonomía funcional y de gestión, dentro de los límites que determine el Estatuto del Servicio Parlamentario y otras disposiciones internas.

El servicio parlamentario del Congreso tiene los siguientes órganos:

a) La Oficialía Mayor del Congreso

Artículo 38°.- (reglamento del congreso) La Oficialía Mayor es el máximo órgano del servicio parlamentario del Congreso. Está a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, nombrado por acuerdo del Consejo Directivo a propuesta del Presidente del Congreso, dando cuenta al Pleno.

Cargo: oficial mayor

Nombre: Giuliana Zenaida Lastres Blanco

b) La Oficina de Auditoría Interna del Congreso

Artículo 39°.- (reglamento del congreso) La Oficina de Auditoría Interna del Congreso es el órgano especializado que, aplicando técnicas y normas de auditoría, realiza el control sobre la contabilidad del Congreso, la aplicación de los recursos presupuestales y la gestión de las dependencias que conforman el servicio parlamentario. Está a cargo de un Auditor General del Congreso, nombrado por acuerdo de la Mesa Directiva a propuesta del Presidente.

Cargo: Auditora General del Congreso de la República

Nombre: Miriam Inga Morris.

El Auditor General del Congreso puede recabar información de cualquier dependencia del servicio parlamentario. En forma periódica y cuando se le solicite, informa a la Mesa Directiva y al Consejo Directivo sobre el desarrollo de sus funciones, y en forma obligatoria al término de cada ejercicio presupuestal.

c) La Dirección General Parlamentaria

d) Artículo 40°.- (reglamento del congreso) La Dirección General Parlamentaria es un órgano dependiente de la Oficialía Mayor del Congreso. Tiene como responsabilidades el trámite de las proposiciones parlamentarias, la organización de la agenda del Pleno, de la Comisión Permanente y del Consejo Directivo, la organización y trámite de los asuntos del despacho parlamentario, la supervisión del Diario de Debates y la redacción del Acta del Pleno y de la Comisión Permanente, de acuerdo con las normas reglamentarias que regulan la materia. Está a cargo de un Director General Parlamentario, nombrado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

Cargo: Director general parlamentario

Nombre: Javier Adolfo ángeles Illman

El Director General Parlamentario reemplaza al Oficial Mayor en caso de ausencia o impedimento.

e) La Gerencia General del Congreso

Artículo 41°.- (reglamento del congreso) La Gerencia General es un órgano dependiente de la Oficialía Mayor del Congreso. Tiene como responsabilidades la administración de los recursos físicos, humanos y tecnológicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecución presupuestal del Congreso, así como la organización y el desarrollo de las licitaciones y los concursos públicos de precios y méritos. Está a cargo de un Gerente General del Congreso, nombrado por la Mesa Directiva a propuesta del Oficial Mayor.

Cargo: Director general de administración

Nombre: Boris Josep Tomislav Kresimir Ljubicic Ugarte

FUNCIONES DEL CONGRESO

El Congreso de la República es el órgano representativo de la Nación, encargado de realizar las funciones legislativas, de control político y las demás que establece la Constitución del Estado. Es unicameral y está integrado por ciento treinta Congresistas elegidos en forma directa, de acuerdo a ley.

 Función legislativa: Comprende el debate y la aprobación de reformas de la Constitución, de leyes y resoluciones legislativas, así como su interpretación, modificación y derogación, de acuerdo a los procedimientos establecidos por la Constitución Política y el Reglamento del Congreso.

 Función del control político: Comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realización de actos e investigaciones y la aprobación de acuerdos sobre la conducta política del Gobierno, los actos de la administración y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegación de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalización sobre el uso y la disposición de bienes y recursos públicos, el cumplimiento por el Presidente de la República del mensaje anual al Congreso de la República y el antejuicio político, cuidando que la Constitución Política y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.

 Funciones especiales: Son funciones especiales del Congreso designar al Contralor General de la República, elegir al Defensor

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