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Contabilidad


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2013  •  1.646 Palabras (7 Páginas)  •  222 Visitas

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Contabilidad

Cálculo de Vacaciones en Venezuela

Artículo 190 (LOTTT): cuando el trabajador cumpla un (1) año de trabajo interrumpido para un patrono, disfrutará de un período de vacaciones remuneradas de quince (15) días hábiles. Los años sucesivos tendrá derecho además a un (1) día adicional remunerado por cada año de servicio, hasta un máximo de quince (15) días hábiles.

Durante el periodo de vacaciones el trabajador tendrá el derecho a recibir el benéfico de alimentación, conforme a la Ley de Alimentación.

Tabla de cálculo de vacaciones:

1 año corresponden 15 días

2 años corresponden 16 días

3 años corresponden 17 días

Todos los años agregamos un día adicional hasta un máximo de 15 días.

Vacaciones Colectivas, Artículo 191 (LOTTT)

Si el patrono otorga vacaciones colectivas durante varios días, a cada trabajador se le imputaran esos días a lo que le corresponda por derecho de vacaciones anuales, si para el momento de las vacaciones colectivas el trabajador no hubiere cumplido el tiempo para tener derecho a las vacaciones anuales, los días de las vacaciones colectivas serán de descanso remunerado y se excede al lapso vacacional que le corresponde se le imputarán a sus vacaciones futuras.

Artículo 199 (LOTTT): se pueden acumular dos períodos vacacionales, solo a petición del trabajador y también podrá postergar o adelantar las vacaciones para coincidir con las vacaciones escolares.

Artículo 200 (LOTTT): se les da potestad al trabajador y al patrono para llegar a un acuerdo y fijar la fecha de las vacaciones a disfrutar, pero no podrán posponerse más allá de tres meses a partir de la fecha en que nació el derecho de las vacaciones, con la excepción del artículo 199 (LOTTT). Si no llegan a un acuerdo, el trabajador y el patrono, el Inspector del Trabajo determinará la fecha de las vacaciones.

Cálculo del bono vacacional en Venezuela

Artículo 192 (LOTTT): al trabajador le corresponde al momento de disfrutar sus vacaciones, además del salario correspondiente, un bono adicional para su disfrute de quince (15) días de salario normal mas un día por cada año de servicio hasta un total de treinta (30) días del salario normal.

Tabla de cálculo del bono vacacional:

1 año corresponden 15 días

2 años corresponden 16 días

3 años corresponden 17 días

Todos los años agregamos un día adicional hasta un máximo de 30 días.

Artículo 195 (LOTTT): nos dice que cuando por cualquier causa termine la relación de trabajo sin que el trabajador haya disfrutado de sus vacaciones a que tiene derecho, el patrono deberá pagarle la remuneración correspondiente a cualquier período vacacional no disfrutado, calculada al salario normal.

¿Qué estipula la ley sobre la cantidad de días de disfrute vacacional?

Según el artículo 190 de la LOTTT, después de un año ininterrumpido de trabajo, el trabajador disfrutará de vacaciones remuneradas de quince (15) días hábiles, más un día hábil adicional por cada año de servicio, hasta un máximo de 15 días hábiles adicionales. Es decir, máximo 30 días.

Se consideran beneficios adicionales de la empresa los días de disfrute de vacaciones que sobrepasen este límite máximo. Sin embargo, deben considerarse para los cálculos de su liquidación.

Para efectos del cálculo estimado que realiza esta herramienta, no se incluye el monto correspondiente a los días de disfrute vencidos.

¿Qué estipula la ley sobre el monto correspondiente al bono vacacional?

De acuerdo al artículo 192 de la LOTTT, el bono vacacional es equivalente a un mínimo de 15 días de salario, más un día por cada año adicional de servicio hasta un total de 30 días de salario.

El monto correspondiente a bonos vacacionales vencidos no se incluyen en el estimado que fue calculado por esta herramienta.

Se consideran beneficios adicionales de la empresa los días de bono vacacional ofrecidos que sobrepasen el límite máximo establecido en la ley. Sin embargo, deben considerarse para los cálculos de su liquidación.

¿Cuántos días de utilidades establece la ley?

El artículo 132 de la LOTTT, expresa que sobre la participación de beneficios, la entidad de trabajo (empresa) otorgará por este concepto el equivalente a 30 días de salario.

Se consideran beneficios adicionales de la empresa, los días de utilidades ofrecidos que sobrepasen lo establecido en la ley. Sin embargo, deben considerarse para los cálculos de su liquidación.

En todos los casos la bonificación se calculará en razón a los meses completos de servicio prestados por el trabajador, de conformidad con el artículo 131 de la LOTTT.

¿Cuál es el periodo laborado que usa la calculadora para estimar las utilidades?

La LOTTT establece que se deben pagar las utilidades dentro de los dos meses inmediatamente siguientes al día de cierre del ejercicio de la empresa (art. 137 de la LOTTT), o en el momento convenido en los contratos individuales de trabajo o en las convenciones colectivas aplicables en los centros de trabajo. Este simulador calcula las utilidades como

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