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Contabilidad


Enviado por   •  27 de Agosto de 2014  •  2.171 Palabras (9 Páginas)  •  182 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación

Desarrollo Integral Empresarial C.A.

INCES

Instructor: Aprendices:

- César Guerra - Yenchi Herrera #10

- Junior Saavedra #19

Maracay, 28 de agosto de 2014

Libros de contabilidad

Los libros contables son los libros que deben llevar obligatoriamente los comerciantes y en los cuáles se registran en forma sintética las operaciones mercantiles que realizan durante un lapso de tiempo determinado.

Los libros de contabilidad deben conservarse por lo menos diez años, contados desde el cierre de aquellos o la fecha del último asiento o comprobante.

La información que deben contener estos libros es:

• La cantidad de artículos inventariados al inicio del periodo contable. (Generalmente son los inventarios y los activos fijos).

• El nombre y código de las cuentas y las subcuentas que conforman los rubros anteriormente descritos.

• El valor que corresponde al valor unitario de cada artículo.

• El valor parcial de las operaciones.

• El valor total correspondiente a cada cuenta.

La contabilidad tiene 3 libros que son indispensables y obligatorios de llevar para toda empresa, estos son: Libro diario, libro mayor y libro de inventario.

Por eso a la contabilidad también se le conoce como Teneduría de libros y todo comienza desde el primer momento en que se forma legalmente una empresa que debe asentar por escrito los detalles pertinentes a su constitución.

El marco legal venezolano, se considera uno de los más amplios y exigentes de América Latina, debido principalmente a la gran cantidad de regulaciones vigentes y a que no existe una ley de contabilidad propiamente dicha.

A continuación se muestran algunos artículos del Código de Comercio de gran importancia para la contabilidad en Venezuela:

• Artículo 32. Todo comerciante debe llevar en idioma castellano su contabilidad, la cual comprenderá, obligatoriamente, el libro diario, el libro mayor y el de inventarios. Podrá llevar, además, todos los libros auxiliares que estimare conveniente para el mayor orden y claridad de sus operaciones.

• Artículo 33. El libro diario y el de inventarios no pueden ponerse en uso sin que hayan sido previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, en los lugares donde los haya, o al Juez ordinario de mayor categoría en la localidad donde no existan aquellos funcionarios, a fin de poner en el primer folio de cada libro nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez y su Secretario o por el Registrador Mercantil. Se estampará en todas las demás hojas el sello de la oficina.

Los libros contables son el soporte material en la elaboración de la información financiera. Pueden ser de carácter obligatorio o voluntario.

Tipos de libros contables

Los libros contables más utilizados en la contabilidad venezolana son los siguientes:

• Libro Diario: es donde se registran por orden de fechas cada una de las operaciones diarias que se van efectuando. Estas anotaciones en el libro diario se llaman asiento. El libro Diario registrará día a día todas las operaciones relativas a la actividad de la empresa. Será válida, sin embargo, la anotación conjunta de los totales de las operaciones por periodos no superiores al mes, a condición de que su detalle aparezca en otros libros o registros concordantes, de acuerdo con la naturaleza de la actividad de que se trate.

• Libro Mayor: es donde se organizan y clasifican todas las diferentes cuentas de activos, pasivos y patrimonio, es un resumen de todos los movimientos que aparecen en el libro diario.

• Libro de Inventario y Balance: consiste en registrar todos los bienes, tanto muebles como inmuebles, activos, créditos y pasivos, vinculados o no a su comercio y también refleja la situación del patrimonio de la empresa. Al menos trimestralmente se transcribirán con sumas y saldos los balances de comprobación. Se transcribirán también el inventario de cierre del ejercicio y las cuentas anuales.

• Libro Auxiliar: es un complemento a los principales libros de contabilidad. Las empresas, de acuerdo con el Código de Comercio pueden llevar además de los libros obligatorios todos aquellos libros auxiliares que estimen útiles para su gestión. Ejemplo de este tipo de libros pueden ser los de caja, bancos, entradas de almacén, salidas de almacén etc.

• Libro de Compra y Venta: es donde se lleva un registro cronológico de todas las compras y ventas para los contribuyentes al Impuesto al Valor Agregado (IVA). Es un registro de datos que se realiza para un período tributario (mes-año), dando origen a un resumen y detalle de las facturas y boletas.

También el Código de Comercio de Venezuela en su artículo 260, hace referencia, que adicionalmente los administradores de la compañía deben llevar:

• Libro de Accionistas: donde se debe colocar el nombre y domicilio de todos los accionistas, como la cantidad de acciones que posea.

• Libro de Actas de la Asamblea: es donde se registraran todas las asambleas tanto ordinarias como extraordinarias.

• Libro de actas de la Junta Directiva: cuando la empresa tiene varios administradores que compongan la Junta Directiva, para que sus decisiones tengan validez, se necesita la presencia de la mitad de los administradores y se deciden por mayoría de número, esto es si los estatutos no disponen de otra cosa.

Las compañías de responsabilidad limitada, además de los libros indicados para todos los comerciantes, deben llevar según el artículo 328:

• Libro de Socios: donde se debe llevar el nombre, domicilio y nacionalidad de los socios, el valor de las cuotas suscritas y las cantidades pagadas, como las cesiones efectuadas, incluso por vía de remate.

• Libro de Actas de la Administración: se utiliza cuando la administración de la compañía está a cargo de más de una persona.

• Libro de Actas de las Asambleas.

Todos los libros deben ser llevados en idioma castellano bajo la responsabilidad de los administradores.

Libros obligatorios

Los libros de contabilidad obligatorios en Venezuela, están descritos en el Código de

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