Contabilidad
guido19881 de Junio de 2015
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Régimen De Contabilidad Pública
La entidad contable pública persigue el bienestar de la comunidad en general apoyada en el manual de procesos y procedimientos el cual dicta unas pautas generales para lograr la uniformidad de la información contable pública; respecto de algunos rubros podemos decir que para la misma:
Los ingresos son los flujos de entrada de recursos y se clasifican en ingresos fiscales, venta de bienes y servicios, transferencias, administración del sistema general de pensiones, operaciones interinstitucionales y otros ingresos.
Los gastos son flujos de salida de recursos y se clasifican en: administrativos, operativos, gastos estimados, transferencias, gasto público social, operaciones interinstitucionales y otros gastos.
El costo de ventas comprende el valor de las erogaciones y cargos asociados con la adquisición o producción de bienes y la prestación de servicios vendidos por la entidad durante el periodo contable.
Los costos de operación constituyen los valores reconocidos como resultado del desarrollo de la operación básica o principal en la administración de la seguridad social, el desarrollo de las actividades financiera y aseguradora y la explotación de los juegos de suerte y azar; operaciones que por sus características no se reconocen de manera acumulativa en los costos de producción.
Los costos de producción constituyen las erogaciones y cargos, directamente relacionados con la producción de bienes y la prestación de los servicios individualizables, que surgen del desarrollo de funciones de cometido estatal , con independencia de que sean suministrados de manera gratuita, o vendidos a precios económicamente no significativos, o a precios de mercado. Igualmente, incluye el costo de los bienes producidos para el uso o consumo interno.
Estos se acumulan durante el período contable, razón por la cual la actualización en los inventarios, en propiedades, planta y equipo o cargos diferidos, en el caso de los bienes, o al costo de ventas o gasto en el caso de los servicios, debe efectuarse a través de una subcuenta de naturaleza crédito denominada "Traslado de costos.
Las cuentas de orden deudoras y acreedoras de control clasifican los bienes propios o de terceros, sobre actividades administrativas, bienes, derechos y obligaciones sobre los cuales se requiere realizar seguimiento y control. También incluye el valor originado en las diferencias presentadas entre la información contable pública y la utilizada para propósitos tributarios.
Las normas técnicas de las cuentas de presupuesto y tesorería definen criterios para el reconocimiento y revelación de los hechos originados en el proceso presupuestal de la entidad contable pública, con el objeto de apoyar los procesos de seguimiento, control y evaluación de la gestión y la toma de decisiones.
El presupuesto de ingresos y tesorería comprende las etapas de aprobación y ejecución. Se ejecuta con los recaudos, los cuales pueden ser en efectivo, en títulos y otras cancelaciones cuando las normas presupuestales aplicables a la entidad así lo contemplen.se revelan atendiendo las diferentes etapas del proceso
presupuestal y conceptos que lo conforman.
Las etapas se clasifican en aprobado, ejecutado (recaudos en efectivo y ejecución en títulos y otros) y no aforado. Los conceptos identifican el origen y destinación en tributarios, no tributarios, transferencias, contribuciones parafiscales, fondos especiales y recursos de capital. También incluye el cálculo de la disponibilidad inicial de las empresas públicas.
Las cuentas de presupuesto de gastos corresponden a las etapas de aprobación, registro presupuestal o compromisos, constitución de la obligación y pago con o sin flujo de efectivo. La modificación al presupuesto de gastos debe incorporarse a las respectivas cuentas de gastos aprobados.
Las normas técnicas relativas a los soportes, comprobantes y libros de contabilidad definen criterios uniformes para que las entidades contables públicas realicen el registro de las transacciones, hechos y operaciones relacionados con sus actividades.
Soportes de contabilidad: son documentos que contienen información necesaria para la realización de los registros contables de la entidad deben adjuntarse a los comprobantes de contabilidad, archivarse y conservarse en el orden que han sido emitidos bien sean físicos o electrónicos. Estos pueden ser internos o externos, los internos son los realizados por la entidad que explican operaciones que no afectan directamente a terceros (provisiones, reservas, amortizaciones operaciones de cierre). Los externos son los que provienen de terceros que describen transacciones (comprobantes de pago, recibos de caja facturas y contratos).
Comprobantes de contabilidad: son los documentos en los que se resume las operaciones financieras, económicas, sociales y ambientales de la entidad; sirven de fuente para registrar los movimientos en libro. Su elaboración debe ser en castellano deben contener la fecha, origen, descripción, cuantía y cuentas afectadas, la persona que lo elabora. (Comprobante de ingreso, egreso, general) deben incorporar información de máximo un mes de atraso por medios manual o electrónico y se conservan para una posible verificación.
Libros de contabilidad: sistematizan de manera cronológica y normativa los datos obtenidos en las transacciones, permiten la construcción de la información contable pública y el control de los recursos. Se clasifican en principales y auxiliares. Principales: son el libro diario el cual presenta los movimientos débito y créditos de las cuenta afectadas cada día con base a los comprobantes de contabilidad y el libro mayor tiene los saldos de las cuentas del mes anterior y el saldo final del mismo tomados del libro diario.
Libros auxiliares: contienen los registros contables indispensables para el control detallado de las transacciones y operaciones de la entidad contable pública, con base en los comprobantes de contabilidad y los documentos soporte. En los libros de contabilidad físicos o virtuales no está permitido alterar el orden o la fecha, dejar espacios en blanco, hacer interlineaciones, borrar información efectuar correcciones, raspaduras, tachones, arrancar y mutilar hojas o cambiar el orden de las mismas.
Tenencia, conservación y custodia de los soportes, comprobantes y libros de contabilidad: esta es responsabilidad del representante legal o de quien haga sus veces el cual podrá designar mediante acto administrativo. La entidad debe prever que tanto los libros de contabilidad principal, auxiliar y los estados contables puedan consultarse e imprimirse, la conservación puede ser en papel o en otro medio técnico o electrónico que permita su reproducción exacta. El representante legal o el responsable de la tenencia conservación y custodia denunciara antes la entidades competentes la pérdida o destrucción de uno de estos, y se ordenara de inmediato la reconstrucción en un periodo menos de seis meses por parte del representante legal. El término de conservación es de diez años contados a partir del 31 de diciembre del periodo contable al cual corresponda.
Exhibición de soportes comprobantes y libros de contabilidad: Toda la documentación contable que constituya evidencia de las transacciones, hechos y operaciones efectuadas por la entidad contable pública debe estar a disposición de los usuarios de la información, en especial, para efectos de inspección, vigilancia
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