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Contabilidad


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  1.503 Palabras (7 Páginas)  •  264 Visitas

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a. ¿A quiénes no se les practica retención en la fuente?

No se debe practicar retención en la fuente sobre rentas consideradas exentas.

No se debe practicar retención en la fuente sobre los Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.

Tampoco se practica retención en la fuente sobre las transacciones que se realicen en la bolsa de energía.

No se practica retención en la fuente a la Nación, los Departamentos y sus asociaciones, los Distritos, los Territorios Indígenas, los Municipios y las demás entidades territoriales, las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las Áreas Metropolitanas, las Asociaciones de Municipios, las Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales, las Asociaciones de Departamentos y las Federaciones de Municipios, los Resguardos y Cabildos Indígenas, los establecimientos públicos y los demás establecimientos oficiales descentralizados, siempre y cuando no se señalen en la ley como contribuyentes.

No se debe practicar retención en la fuente cando el vendedor del bien o prestador del servicio es un autorretenedor, puesto que éste es el responsable de la retención y es el mismo quien debe practicar la respectiva retención.

No están sometidos a retención en la fuente los pagos por concepto de recompensas, puesto que en opinión del Consejo de estado en sentencia de marzo 31 de 2000 expediente 9864, practicar retención en la fuente por las recompensas significa revelar la identidad del beneficiario de la recompensa, lo cual riñe con la protección de la identidad que la ley ofrece a quienes actúan como informantes.

En el caso de las entidades del régimen especial, de los no contribuyentes y de quienes se encuentran exentos del impuesto de renta, para que no se les efectúe retención en la fuente, deben demostrar o acreditar ante el agente de retención su calidad de exentos o no contribuyentes, de lo contrario el agente de retención debe aplicar la respectiva retención en la fuente.

b. ¿Cuáles son las obligaciones de los agentes retenedores?

Quienes actúen como agentes de retención deben cumplir con una serie de obligaciones que a continuación relacionamos.

Obligación de retener

Naturalmente que todo agente retenedor debe practicar la retención en la fuente cuando haya lugar a ello. Para esto se debe tener en cuenta tanto el sujeto de retención, como el concepto a retener.

Respecto a los sujetos de retención, hay que tener en cuenta que algunas empresas no están sujetas a retención en la fuente por renta, como es el caso de las empresas pertenecientes al régimen especial, a las entidades no contribuyentes, al estado y sus diferentes unidades administrativas, y cuando la operación sujeta a retención no supere los topes establecidos por la ley (4 UVT en servicios y 27 UVT en compras).

Si un agente de retención estando obligado a practicar la retención y no lo hiciere, deberá responder ante el estado por el valor dejado de retener incluyendo intereses. En este caso, el agente de retención puede solicitar al sujeto de retención el reembolso del valor no retenido.

Obligación de declarar

Todo agente de retención está en la obligación de declarar las retenciones que haya practicado.

La declaración de retención es mensual, pero en lo casos en que no se hayan practicado retenciones, no es obligatorio presentar la declaración de retención en ceros.

La declaración se debe presentar correctamente. Consultar: Cuando una declaración se considera como no presentada y Declaraciones tributarias que deben ser firmadas por contador público)

Consignar las retenciones

El agente retenedor está en la obligación de consignar oportunamente los valores retenidos. Si no lo hace, su declaración se considera ineficaz. Consulte: Ineficacia de la declaración de retención en la fuente presentada sin pago total.

Adicionalmente, el hecho de no pagar oportunamente las retenciones practicadas, es considerado un delito penal por la legislación colombiana. Consulte: Responsabilidad penal por no pagar las retenciones y el Iva

Expedir certificados

Los agentes de retención están obligados a expedir los respectivos certificados de retención a los sujetos pasivos a quienes se les haya retenido. El certificado debe ser expedido dentro de los plazos fijados por el gobierno nacional. Consulte: Sanción por no expedir certificados de retención en la fuente.

c. Mencione 3 obligaciones del Régimen Simplificado.

Inscribirse como responsables del régimen simplificado en el registro único tributario, RUT.

Esta Inscripción deberá realizarse ante la Administración de Impuestos Nacionales que corresponda al lugar donde ejerzan habitualmente su actividad, profesión, ocupación u oficio, y obtener el Número de Identificación Tributaria, NIT dentro de los dos (2) meses siguientes a la fecha de iniciación de sus operaciones.

Llevar el libro fiscal de registro de operaciones diarias.

En este Libro, que debe estar foliado, debe anotarse la identificación completa del responsable y, además:

a. Anotar diariamente los ingresos obtenidos por las operaciones realizadas, en forma global o discriminada.

b. Anotar diariamente los egresos por costos y gastos.

c. Al finalizar cada mes deberán totalizar:

El valor de los ingresos del período,

El valor pagado por los bienes y servicios adquiridos según las facturas que les hayan sido expedidas.

Los soportes del Libro Fiscal de Registro de Operaciones Diarias que correspondan a los registros anteriores, deben conservarse a disposición de la Administración Tributaria durante 5 años a partir del día 1o. de enero del año siguiente al de su elaboración.

Cumplir con los sistemas

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