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Contencioso Administrativo

sinmota6 de Octubre de 2014

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MINISTERIo DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA. GUATCMAIA,

trece de agosto de dos mil catorce.

Se tiene a la vista el expediente, para resolver el recurso de revocatoria ínterpuesto por Luis

Fernando García García contra la Resolución del quince de julio de dos mil catorce emitida por el

director General de Transpoftes, del Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Infraestructura y

Vivienda.

ANTECEDENTES

1-El diez de enero de dos mil trece, Luis Fernando García García, presentó ante la Dirección General

de Transportes, solicitud de autorización de línea de transporte, de la empresa individual

denominada "Transporte Rápídos de Occidente" propiedad del solicitante, la cual prestaría el

servicio de transporte de personas de la ciudad de Quetzaltenango a la ciudad de Guatemala y

viceversa, teniendo como punto de salida la segunda avenida dos - veinte de la zona uno del

Municipio y departamento de Quetzaltenango y la dieciocho calle dos - trece de la zona 1 del

Municipio y Departamento de Guatemala, con horarios de cuatro, siete, diez, de la mañana y una y

tres de la tarde, dicho servicio se prestará todos los días y las tarifas serán de veinticinco quetzales

de lunes a sábado y de tre¡nta quetzales los domingos y días festivos.

2- En el expediente constan los medios de prueba que aportó el solicitante y los terceros

interesados, también constan las diligencias administrativas que practicó la Dirección General de

Transportes, asimismo obran las opiniones y dictámenes rendidos por los Órganos Asesores

respectivos y de la Procuraduría General de la Nación'

3- Con fecha quince de julio de dos mil catorce, la Dirección General de Transporte, del Ministerío

de Comunicaciones, Transporte, lnfraestructura y vivienda, emitió la resolución administrativa

respectiva por medio de la cual denegó la autorización de la línea de ffansporte solicitada,

motivando su decisión en que el solicitante no cumplió con los requisitos establecidos en la ley y

reglamentos de la Dirección General de Transportes.

4- El señor Luis Fernando García García, inconforme con lo resuelto interpuso el recurso de

revocatoria contra dicha resolución emitida por el Órgano inferior quien remitió a este despacho el

exoediente con su informe circunstanciado. Este Ministerio procedió a dar las audiencias respectivas

a las partes interesadas, a los órganos asesores y a la Procuraduría General de la Nación, quienes

rindieron su respectivo dictamen.

CONSIDERANDO

l-Del estudio del expediente, especialmente de los medios de prueba que constan en el mismo en

los folíos veinte al ciento diez, se establece que el solicitante aportó pruebas documentales,

periciales, videos y fotografías; la Dirección General de Transportes también practicó diligencías

entre ellas inspecciones, entrevistas e informes, además existen en el expediente los dictámenes de

sus Asesores Técnico y Jurídico, quienes dictaminaron que el solicitante si había cumplido con todos

los requisitos establecidos en el Reglamento, en igual forma se pronunció la Procuraduría General

de la Nación.

2- Este órgano Superior Administrativo al interpretar el artículo... .... Del Reglamento de la Dirección

General de Transporte y analizar cada uno de los medios de prueba que constan en el expediente

venido en grado, arriba a la siguiente conclusión: A) Que el solicitante si cumplió con todos los

requisitos que exige el Reglamento de la dirección General de Transportes para la autorización dela línea de transporte de pasajeros solícitada y B) que la prestación

...

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