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Contibuciones De Personas Morales


Enviado por   •  11 de Abril de 2013  •  34.793 Palabras (140 Páginas)  •  378 Visitas

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ÍNDICE

Página

Introducción 4

Unidad 1. Personas morales régimen general 5

Fundamento legal

LISR 5

Artículo 10 LISR. Impuesto al resultado fiscal 5

Artículo 130 LISR. Pérdida fiscal 6

Artículo 61 LISR. Actualización de pérdidas fiscales 7

Artículo 11 LISR. Impuesto sobre dividendos 9

Artículo 165 LISR. Conceptos que se asimilan a dividendos 11

Artículo 88 LISR. Cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN) 12

Artículo 89 LISR. Cuenta de capital de aportación (CUCA) 13

Artículo 7 LISR. Ajuste o actualización de valores de bienes o de operaciones 15

CFF 16

Artículo 17-A CFF. Factores o proporciones hasta el diezmilésimo 16

LISR 16

Artículo 46 LISR. Ajuste por inflación 16

Artículo 47 LISR. Concepto de crédito 17

Artículo 48 LISR. Concepto de deuda 18

Artículo 46 LISR. Ajuste anual por inflación acumulable 19

Artículo 20 LISR. Ajuste anual por inflación 19

Artículo 46 LISR. Ajuste anual por inflación deducible 20

Artículo 29 LISR. Deducciones que se pueden efectuar 20

Artículo 14 LISR. Pago provisional de ISR 22

LIETU 25

Artículo 9 LIETU. Pagos provisionales 25

Artículos (5, 8 y 10) LIETU. Crédito fiscal por el pago de salarios y aportaciones de seguridad social 27

LIVA 28

Artículos (1, 4, 5 y 6) LIVA. Pagos provisionales 28

LIDE 29

Artículos (1, 6 y 8) LIDE. Acreditamiento del IDE efectivamente pagado contra el pago provisional de ISR 29

LISR. 31

Artículo 29 LISR. Costo de lo vendido deducible para personas morales 31

LIETU 33

Artículo 7 LIETU. IETU del ejercicio 33

LIEPS 34

Artículos (1,2, 2-A, 2-B y 4) LIEPS. Pagos provisionales del IEPS 34

Práctica (Ejercicios resueltos) 39

Conclusión 60

Bibliografía 61

INTRODUCCIÓN

En el transcurso de esta unidad temática nos enfocaremos al estudio de los costos estimados, analizando sus ventajas y desventajas, así como también analizaremos las cuentas de producción terminada, en proceso, vendida y su naturaleza.

Cabe mencionar, que en esta unidad también estudiaremos las variaciones, tratamiento y correcciones utilizando el coeficiente rectificador, para su mecánica contable.

También aprenderemos a reconocer las técnicas de costos, así como la clasificación de los predeterminados, determinar las variaciones y correcciones a los elementos del costo, utilizando el coeficiente rectificador y a registrar las operaciones contables utilizando los costos estimados.

Analizar los temas que estructuran la presente unidad nos permitirá aprender a desarrollar nuestros conocimientos al máximo, mediante la práctica los costos estimados, por ello la importancia de que pongamos atención en clases y aprendamos a desarrollar los costos estimados.

La importancia de los costos estimados hace que su estudio y análisis nos resulte ser muy interesante, debido a que los conocimientos que obtengamos en esta asignatura nos serán útiles en un futuro no muy lejano, cuando tengamos que reflejar nuestros conocimientos tanto teóricos como prácticos en el sector laboral.

UNIDAD 1. PERSONAS MORALES RÉGIMEN GENERAL

LISR

ARTÍCULO 10 LISR. IMPUESTO AL RESULTADO FISCAL

Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%.

Este artículo señala como deberá de determinarse el resultado fiscal, el cual debe efectuarse de la siguiente manera:

1. Determinación del resultado fiscal.

Ingresos acumulables

(-) Deducciones autorizadas

(=) Utilidad fiscal antes de PTU

(-) PTU generada en el ejercicio de 2012, pagada en el ejercicio de 2013

(=) Utilidad fiscal después de PTU

(-) Deducción adicional del fomento al primer empleo del ejercicio

(-) Pérdidas fiscales pendientes de amortizar de ejercicios anteriores, actualizadas

(=) Resultado fiscal (positivo o negativo)

El artículo 10 también menciona que el impuesto del ejercicio se pagará mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas, dentro de los tres meses siguientes a la fecha en la que termine el ejercicio fiscal.

2. Para determinar el impuesto anual, este debe efectuarse mediante el procedimiento siguiente:

 Multiplicando la tasa del impuesto por el resultado fiscal, en caso de que este sea positivo, obteniendo por resultado el impuesto anual.

Resultado fiscal (positivo o utilidad)

(X) Tasa del impuesto 30%

(=) Impuesto anual

ARTÍCULO 130 LISR. PÉRDIDA FISCAL

La pérdida fiscal se obtendrá

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