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Enviado por   •  25 de Agosto de 2013  •  971 Palabras (4 Páginas)  •  238 Visitas

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Contrato Colectivo

Escrito por Carlos Gonzalez

Jueves, 29 de Julio de 2010 02:37

Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Hacienda

Secretaría de Educación Cultura y Propaganda

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CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

Antes de definir al Contrato Colectivo de Trabajo, debemos comenzar con “El Trabajo”, al que como lo dice La Constitución de la República de El Salvador (art. 37) goza de la protección del Estado y no se considera como artículo de comercio; estos dos elementos, brindan a los trabajadores, armonía en su relación laboral con el patrono.

Pero esta armonía, ha sido arremetida o soslayada por el abuso excesivo de los patronos, siendo esto la raíz del movimiento de los trabajadores, en el que buscan homologar esfuerzos para reclamar en general, un estado social más equitativo para la clase trabajadora. La misma Constitución, da pautas muy concretas relacionadas con la asociación de los trabajadores, tal es el caso del artículo 7 de la misma que dice: “Los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito.”

Esta misma libertad de asociación, es expresada en el artículo 47 de la Constitución, así como también se sientan las bases generales del funcionamiento de los sindicatos: “Los patronos y trabajadores privados, sin distinción de nacionalidad, sexo, raza, credo o ideas políticas y cualquiera que sea su actividad o la naturaleza del trabajo que realicen, tienen el derecho de asociarse libremente para la defensa de sus respectivos intereses, formando asociaciones profesionales o SINDICATOS. El mismo derecho tendrá los trabajadores de las instituciones oficiales autónomas, LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS y los empleados municipales.”. Esta facultad de asociación sindical, está comprendida dentro de los derechos de los funcionarios y empleados comprendidos en la carrera administrativa y protegidos por la Ley del Servicio Civil, en el artículo 29 literal j), el cual cita: “La libre sindicación, en la forma y mecanismos establecidos en la Constitución de la República, Convenios Internacionales y esta ley” y también, se encuentra en el artículo 73 de la misma ley, como un derecho colectivo de trabajo.

Los Sindicatos, tienen derecho a la personalidad jurídica y a ser debidamente protegidas en el ejercicio de sus funciones, comprendidas en el estudio, mejoramiento y protección de sus respectivos intereses económicos y sociales comunes. Dentro de las actividades principales de un Sindicato (Art. 77 literal a), Ley del Servicio Civil), para la obtención de sus objetivos se encuentra la Celebración de los CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO.

La negociación y celebración de un Contrato Colectivo de Trabajo (Art. 106, Ley del Servicio Civil), podrá realizarla el sindicato al que le pertenezca el cincuenta y uno por ciento del los servidores públicos de la institución cuando éste así lo solicite, pues la Institución Pública se encuentra obligada a hacerlo.

Ahora bien, ya sabemos que la Contratación Colectiva solo puede realizarla un Sindicato con el Titular de Institución Pública o en su defecto,

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