Contrato De Joint Venture
serok20 de Febrero de 2013
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CONTRATO DE JOINT VENTURE
1. ORIGEN
Es una modalidad de participación empresarial, es posible que se confunda con otras clases de contratos de este tipo.
La expresión joint venture se remonta a la época de formación del imperio británico cuando, para la colonización de territorios en ultramar, pequeños grupos de personas decidían asociarse con el fin de hacerse a la mar en busca de una aventura. Para ello, quienes participaban en la travesía, realizaban algún tipo de aporte, de tal suerte que al culminar esta, repartían las ganancias obtenidas.
Esta forma de colaboración de conoció inicialmente con el nombre de joint adventure y se conoce hoy con joint venture concepto que alude a la especial forma de contratación, en virtud de la cual dos o más personas o grupos de personas unen sus esfuerzos en torno a un proyecto determinado, de manera tal que asume los riesgos que involucra el mismo y comparten los beneficios que se obtengan.
La expresión tiene su origen en el derecho norteamericano. En este sistema, al lado de las corporations, se presentan las partnerships (asociaciones), es decir, todas las relaciones existentes entre dos o más personas, que aportan esfuerzos en un negocio o actividad común, sobre la base de una repartición de los resultados obtenidos. Aparecen luego las denominadas partneships especiales, con las que se quiere significar, aquellas donde el objeto se reduce a una sola actividad u operación comercial. Estas últimas son propiamente las joins ventures.
2. CONCEPTO
Atendiendo a la jurisprudencia norteamericana sobre la materia, podría traerse la siguiente definición: una asociación de personas jurídicas o físicas que acuerdan participar en un proyecto común, generalmente especifico, para una utilidad común, combinando sus respectivos recursos, sin formar o crear una corporación o el status de una partnership en sentido legal.
Un concepto más simple lo ofrece rowley quien define el joint venture como una asociación de dos o más personas para realizar una única empresa comercial con el fin de obtener una utilidad
Para Sergio la pera, el vocablo joint venture puede revestir diferentes contenidos; el primero de ellos referido al acuerdo por el que dos o más empresas se asocian para la realización de un proyecto determinado, otro significado seria en el derecho estadounidense una particular organización contractual para la realización de un proyecto; incluso en ciertos estados de Norteamérica se circunscribe a la participación en actividades mineras o de proyectos.
El joint venture es una unió o agrupación de dos o más personas, naturales o jurídicas, sin el propósito de formar una sociedad, para los riesgos que le son propios.
3. FUNCION ECONOMICA
El auge de los joint ventures aparece con posterioridad a la segunda guerra mundial, cuando para la reactivación de la economía fue necesaria esta forma de asociación entre empresas con el propósito de llevar a cabo proyectos que requerían de inmediata ejecución, pero que por su envergadura, superan la capacidad de una sola empresa. Desde entonces, el uso de la figura se ha manifestado en proyectos de toda índole, tales como, navegación, pesca, explotación minera, agropecuaria, operación de hoteles, departamentos, construcción de obras públicas, etc.
Asi por ejemplo, una de las negociaciones más importantes llevada a cabo mediante el joint venture es la referente a la distribución y desarrollo de las reservas petroleras del oriente medio por intermedio de cuatro compañías petroleras americanas.
Ofrece el sistema múltiples ventajas, sobre todo en países en vías de desarrollo, pues de esta manera se logran fusionar capitales nacionales y extranjeros para poder realizar proyectos, que de otra manera, no serian posible. Veamos algunas ventajas:
• Permite a los participantes cambiar su aptitud y capacidad técnica, para llevar un buen término el proyecto para el cual se han unido.
• Resultan más llevaderos los riesgos y las cargas financieras del proyecto.
• Tratándose del international joint venture, resultan muy atractivos los beneficios para el participante extranjero, pues se facilita el acceso al mercado y puede contar con mayores conocimientos del ambiente cultural y de negocios del país en donde piensa llevarse a cabo el proyecto.
• La empresa local se beneficia de la capacidad tecnológica y financiera de la empresa extranjera.
• Agiliza la realización de proyectos, debido a la simplificación de formalidades para su celebración.
• Rompe el tradicional esquema que para toda actividad seria y organizada de colaboración en un proyecto determinado, se precisa de un modelo societario.
• Permite la colaboración del capital nacional y del capital extranjero.
• En general, el joint venture es un medio indispensable para el logro de una gran concentración de recursos financieros, económicos, de conocimientos y habilidades para la realización de proyectos de construcción a gran escala y en general de todo proyecto y obra que implique grandes esfuerzos.
En otros niveles también se utiliza la figura de joint venture como ocurre en firmas de profesionales que se unen para atender un determinado encargo de servicios profesionales, que por razón de la ubicación o la complejidad es conveniente la participación de ellas. Asi se tiene el ejemplo de las firmas de abogados, aunando esfuerzos por todo el mundo, para atender debidamente a sus clientes.
4. CLASES DE JOINT VENTURE
La expresión joint venture aparece en el derecho estadounidense con varias acepciones, a saber:
a. Los acuerdos por los que dos o más empresas se asocian para la realización de un proyecto determinando, independientemente de la forma jurídica que dicha asociación pueda asumir, se conoce como el joint venture en sentido amplio.
b. En la jurisprudencia estadounidense, una particular organización contractual para la realización de un proyecto: la especial partherhip o pastnership para un único proyecto, distinta a la del general partnership.
c. En ciertos estados de los estados unidos, una particular organización contractual en el campo de las actividades mineras, y en especial de la industria petrolera.
Con estas observaciones preliminares, se propone la siguiente clasificación de los joint venture:
- El incorporated joint venture. Cuando el joint venture se instrumenta mediante la creación de una sociedad ad hoc, la que será en la mayoría de los casos, una subsidiaria de las partes.
- Los non inciporated joint venture. En esta modalidad, el joint venture se limita a una forma contractual, sin constituir sociedad entre los empresarios. Admite a su vez dos modalidades:
• Los joint ventures strictu sensu
• Los joints ventures contractuales los celebra unas empresas con el propósito de compatir los riesgos, pero sin formar una sociedad con personalidad propia.
-los joints ventures internacionales. Cuando la formación del joint venture se realiza con participantes de distintas nacionalidades. Pueden revestir dos formas: joints ventures de capitales o joints ventures contractuales.
El joint venture de capitales se define de la siguiente manera: una empresa en la cual dos o más partes, que representan uno o varios países desarrollados y a uno o varios países en vías de desarrollo, comparten los riesgos financieros y la toma de decisiones por medio de una participación conjunta de capitales en una empresa común.
5. NATURALEZA JURIDICA
Se trata de un contrato atípico, de naturaleza jurídica propia, que tiene lineamientos claros en el derecho comercial comparado.
La relación que se establece entre las partes en estos contratos no constituye una sociedad ni una asociación, precisamente porque no hay búsqueda de una utilidad sino un esfuerzo conjunto para obtener producción.
Como características, podemos destacar las siguientes:
• Se trata de un contrato de colaboración, quienes participan en él deben ejecutar una contribución al esfuerzo común. Esta contribución puede consistir en bienes, derechos, dinero e incluso en industria. Con todas estas contribuciones se crea una comunidad de intereses para los fines de la aventura propuesta.
• Es un contrato consensual por tratarse de un contrato atípico no ha previsto la ley ninguna formalidad para su celebración y por tanto, campea libremente el principio de la libertad de forma al momento de su perfeccionamiento.
• Es un contrato de duración, sin embargo, debe tenerse en cuenta que es propio del joint venture estar encaminado a un único proyecto. No significa esta especificación que su duración sea corta, pues rara empresa se podría realizar en forma inmediata. Lo que es propio al joint venture es que se concrete a una aventura particular, cuya realización tiene necesariamente una duración en el tiempo.
• Es un contrato oneroso. Según las directrices de la jurisprudencia estadounidense para que se presente en joint venture es suficiente que las partes acuerden dividirse las utilidades, no necesariamente las perdidas, que podrían estar a cargo de algunos de los colaborantes exclusivamente
Sin embargo, según la misma tendencia jurisprudencial norteamericana, el acuerdo exonera de las perdidas a algunos de los participantes no es oponible a terceros, porque desde el punto de vista de la responsabilidad, no se distingue entre partnership y joint venture, por tanto, todos los contratantes, indistintamente, responden frente a terceros.
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