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Convenio para el otorgamiento de préstamos personales con garantía laboral


Enviado por   •  21 de Octubre de 2015  •  Biografías  •  2.723 Palabras (11 Páginas)  •  94 Visitas

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OPINION LEGAL Nº              -2015-GRA/ORAJ-GRE.

AL                       : Dr. Gerardo Francisco LUDEÑA GONZALEZ,

                               Director Regional de Asesoría Jurídica del GRA.

DEL                    : Abog. GLADYS RULAY ENCISO

ASUNTO           : Convenio para el otorgamiento de préstamos personales con  garantía laboral                               (descuentos por planillas) entre la cooperativa de ahorro y crédito                                       “Santa María Magdalena” y el Gobierno Regional de Ayacucho.

REFERENCIA : DECRETO 819-15

                       Memorando nro.255-2015

FECHA             :  24 de febrero del 2015.

 

                                 Ha  sido derivado para opinión legal del suscrito, la propuesta de convenio  interinstitucional para el otorgamiento de préstamos personales con garantía laboral (descuentos por planilla) entre el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA MARIA MAGDALENA.; por consiguiente, alcanzo a Ud., las sugerencias legales necesarias.

                               Del análisis de la propuesta se tiene que:

  • El objetivo de este convenio es establecer los lineamientos para el otorgamiento  de créditos a los trabajadores nombrados, permanentes y pensionistas del Gobierno Regional quienes vendrían a ser los beneficiarios
  • La cláusula cuarta  de las obligaciones del gobierno regional, cita  que el gobierno regional debe emitir o transferir  los cheques  de descuento a  favor de la cooperativa, de acuerdo a lo estipulado en el contrato y la solicitud de descuento por planilla remitida los la cooperativa, con deducciones del 2.00% que será abonado a la cuenta de SUB CAFAE del Gobierno Regional.
  • La vigencia es de 3 años a partir de la suscripción de firmas del convenio.

Con lo expuesto, el abogado que suscribe, es de opinión que corresponde la procedencia de la suscripción del Convenio interinstitucional para el otorgamiento de préstamos personales con garantía laboral (descuentos por planilla) entre el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO SANTA MARIA MAGDALENA.

        Atentamente.

OPINION LEGAL Nº              -2015-GRA/ORAJ- GRE.

AL                        :  Dr. Gerardo Francisco LUDEÑA GONZALEZ,

                                 Director Regional de Asesoría Jurídica del GRA.

DEL                      : Abog. GLADYS RULAY ENCISO

ASUNTO            : Convenio de Crédito entre el Gobierno Regional de Ayacucho y la Farmacia               FARMACENTER

REFERENCIA :   DECRETO 819-15

                         Memorando nro.255-2015

FECHA                : 24 de febrero del 2015.

 

                                 Ha  sido derivado para opinión legal del suscrito, la propuesta de convenio  interinstitucional para otorgar créditos en la línea de medicinas, artículos de perfumería y regalos variados para toda ocasión entre el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y FARMACIA FARMACENTER.; por consiguiente, alcanzo a Ud., las sugerencias legales necesarias.

                               Del análisis de la propuesta de Convenio resulta lo siguiente.

  • El presente se sustenta en un convenio en favor de los señores trabajadores nombrados, cesantes, pensionistas, y sobrevivientes del Gobierno Regional de Ayacucho.
  • En los gastos administrativos en la ejecución del calendario se hará un descuento del 2% aplicado al total del crédito y cuyo monto será depositado al fondo del CAFAE.
  • La vigencia del presente es de 3 años a partir de sus suscripción.

                                Con lo expuesto, el abogado que suscribe, es de opinión que corresponde la procedencia de la suscripción del Convenio interinstitucional para otorgar créditos en la línea de medicinas, artículos de perfumería y regalos variados para toda ocasión entre el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y FARMACIA FARMACENTER.

        Atentamente.


OPINION LEGAL Nº              -2015-GRA/ORAJ-GRE.

AL                         : Dr. Gerardo Francisco LUDEÑA GONZALEZ,

                                 Director Regional de Asesoría Jurídica del GRA.

DEL                      : Abog. GLADYS RULAY ENCISO

ASUNTO             : Convenio de Cooperación Interinstitucional  y facilidad de pago y cobro                                 mediante  descuento por planilla  única de remuneraciones  y pensiones de                                 las cuotas de financiamiento de préstamos otorgados  por la Cooperativa de                                Ahorro y Crédito San Cristóbal de Huamanga LTDA N°064-SBS.

REFERENCIA :   DECRETO 819-15

                         Memorando nro.255-2015

FECHA                 : 24 de febrero del 2015.

 

                                 Ha  sido derivado para opinión legal del suscrito, la propuesta de convenio  interinstitucional para el acceso al crédito y financiamiento de los trabajadores y servidores públicos cuya amortización se realizara con descuentos por planilla única de remuneraciones y pensiones entre el GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Y COOPERATIVA DE  AHORRO Y CREDITO SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA.

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