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CONVENIO DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  2.541 Palabras (11 Páginas)  •  137 Visitas

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JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

JUNTA ESPECIAL NUMERO CINCUENTA Y DOS DE LA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.

ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ.

                                    Y         

BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V.  

CONVENIO FUERA DE JUICIO No.______.        

- - - En Ciudad del Carmen, Campeche siendo las trece horas del día once de noviembre del año dos mil quince, comparecen en el local de esta Junta, por una parte el C. ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ, persona que se identifica con su credencial para votar con fotografía expedida en su favor por el Instituto Federal Electoral, con clave de elector FRMNEN80071130H400, la cual exhibe en original y copia para que esta última se agregue a los autos y se le devuelva el original. Asimismo comparece el Licenciado BENIGNO BOLAÑOS MORALES, en su carácter de apoderado de la empresa BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V., personalidad que acredita en términos del instrumento notarial número 165,252, pasado ante la fe del Licenciado Cecilio González Márquez, notario público número 151 del Distrito Federal, el cual se exhibe en original y se solicita su devolución previo cotejo y certificación que se haga con la copia simple que para tal efecto se acompaña, solicitando que la segunda sea agregada a los autos del legajo de expedientes de convenios fuera de juicio que lleva esta H. Junta, y quien se identifica con su cédula profesional con fotografía expedida en su favor por la Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección General de Profesiones, con número 2906676, la cual exhibe en original y de la que pide su devolución, solicitando se le reconozca la personalidad en términos de lo que establece el artículo 692 fracción segunda de la Ley Federal del Trabajo. - - - - - - - - -

 - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ESTANDO LEGALMENTE INTEGRADA LA JUNTA. - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - EN USO DE LA PALABRA LOS COMPARECIENTES DIJERON: Que vienen a someterse a la competencia de esta autoridad para celebrar en forma totalmente voluntaria y sin coacción de ninguna especie, un convenio por mutuo consentimiento de las partes para dar por terminada en forma voluntaria la relación individual de trabajo que unía al C. ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ con la empresa BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V., terminación de conformidad a lo dispuesto en el artículo 53 fracción I de la Ley federal del trabajo, por lo que denuncian el convenio respectivo al tenor de las siguientes: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -  - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C L A U S U L A S - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - PRIMERA.- Declara el C. ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ, que venía prestando sus servicios única y exclusivamente para BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V. a partir del día 01 de noviembre del 2015, de quien siempre recibió en forma íntegra y puntual el pago de todas y cada una de las prestaciones a las cuales ha tenido derecho y que le correspondieron derivadas de su relación contractual de trabajo, habiendo laborado a últimas fechas con la categoría de ELECTRICO, en una Jornada especial de labores de 28 días a bordo de plataformas marinas, en la Sonda de Campeche, ubicadas aproximadamente a 90 ó 100 kilómetros mar adentro de las costas de Ciudad del Carmen, por 28 días de descanso en tierra firme, razón por la que se convino un reparto de su jornada de trabajo en horarios de las 6:00 a las 16:00 horas, durante rotaciones de 28 días de labores, con dos horas diarias intermedias de descanso para tomar alimentos, reparto de labores que se realizó en términos de los que señalan los artículos 59 y 70 de la Ley Federal del Trabajo, para así obtener un prolongado descanso de 28 días seguidos en tierra firme, reparto de labores que permiten los artículos 59 y 70 de la Ley Federal del Trabajo, lo que lo benefició como trabajador puesto que, en lugar de obtener un solo día de descanso a la semana después de laborar 6 días de trabajo como en lo general marca la ley, obtenía más días de descanso en su favor, ya que obtenía 28 días de descanso por cada 28 días de labores, percibiendo como salario diario la cantidad de  $ 376.54  pesos y que su último día laborado lo fue el 10 de noviembre del 2015, manifestando también que siempre fue pagado de todas y cada una de las prestaciones a que tuvo derecho derivadas de su relación de trabajo, tales como salarios devengados, séptimos días, días de descanso obligatorio, horas extras cuando eventualmente las laboró, aguinaldo, vacaciones, primas vacacionales, fondo de ahorro, reparto de utilidades y de todas las prestaciones legales que le correspondieron conforme a la ley y a su contrato de trabajo, por lo que en este acto da por terminada voluntariamente su relación contractual de trabajo con la sociedad antes mencionada o con quién hubiera sido su patrón responsable o propietario de la fuente de trabajo en la que prestó sus servicios, terminación voluntaria de la relación individual de trabajo que realiza en términos de lo dispuesto en la fracción I del artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, manifestando que no sufrió accidente de trabajo ni ha adquirido o padecido enfermedad profesional alguna y que siempre ha estado debidamente inscrito ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, Sistema de Ahorro para el Retiro e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Manifestando que no se reserva acción ni derecho alguno que ejercitar por ninguna vía legal en contra de BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V., ni de quién resultara haber sido su patrón en las fuentes de trabajo o domicilios en donde se encuentre ubicada tal sociedad o de quién resultara propietario o responsable de las mismas. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

- - - SEGUNDA.- Declara el Licenciado BENIGNO BOLAÑOS MORALES, en representación legal de la sociedad denominada BLAKE GULF OF MEXICO SERVICES, S. DE R.L. DE C.V., que está conforme con lo manifestado por el trabajador ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ en la cláusula que antecede, en especial en dar por terminada la relación laboral que unía al trabajador con su representada, en términos del precepto legal que invoca el trabajador, haciéndole entrega de la cantidad de $24,505.93  (VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS CINCO PESOS 93/100 M.N.), en términos del cheque número 0000076 de fecha 10 de Noviembre de 2015, a favor del C. ENRIQUE FRAGOZA MENDEZ y a cargo de Banamex, Banco Nacional de México, S.A., Integrante del Grupo Financiero Banamex, cantidad que se le entrega por concepto de pago finiquito de cualquier concepto o prestación que pudiera corresponderle y/o como gratificación por sus servicios prestados, de conformidad a los siguientes conceptos:

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