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Costo benefico del tramo simon bolivar tren de venezuela


Enviado por   •  16 de Agosto de 2017  •  Informes  •  4.873 Palabras (20 Páginas)  •  101 Visitas

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Dada la necesidad de generar mayores ingresos no petroleros que puedan mejorar la liquidez del Instituto de Ferrocarriles del Estado (en lo consecutivo IFE), este documento pretende incorporar al marco normativo institucional, la metodología a implementar para establecer el costo del servicio de carga de mercancía de acuerdo a la aplicación de un análisis costo – beneficio.

El referido análisis toma en consideración la utilización de vagones de cuatro (04) ejes los cuales pueden transportar un máximo de peso por eje de veinte (20) ton. Situación que deriva en el establecimiento de metas institucionales más allá de los ingresos percibidos, entre las cuales se pueden mencionar:

• Priorizar el transporte de carga de mercancías desde el Puerto Cabello hasta Barquisimeto.

• Alinear los incentivos hacia la mejora del servicio e incremento de la seguridad vial del transporte de carga pesada, al evitar los accidentes en las vías y carreteras nacionales.

• Reducir el costo de transporte de carga pesada.

• Adecuar la oferta de transporte por carga pesada, en función al estudio de Encuesta de Origen –Destino.

• El instructivo tiene una duración Temporal, hasta que establezca la estructura de costos para el tramo Puerto Cabello, Barquisimeto.

I. HOJA DE VIDA

Identificación del Documento

Nombre del Documento:

INSTRUCTIVO PARA LA DEFINICIÓN DEL COSTO POR CARGA DE MERCANCÍA, APLICADO AL SISTEMA FERROVIARIO CENTRO–OCCIDENTAL SIMON BOLIVAR. Código del Documento:

Nº de Versión:

1

Responsable Administrativo:

OFICINA DE PLANIFICACIÒN Y PRESUPUESTO. Responsable de Actualización:

OFICINA DE PLANIFICACIÒN Y PRESUPUESTO. Fecha:

05-08-2014

Documento Permanente ( )

Documento Temporal (X)

Tiempo Promedio de uso ( )

Actualizaciones del Documento

Versión Responsable de modificación/revisión Breve descripción del cambio/revisión Fecha de modificación/revisión

Revisión

Revisado por

Gerencia / Oficina

Firma Fecha

II. OBJETIVO

Proporcionar aspectos conceptuales y metodológicos durante el proceso de creación del Costo Beneficio, que coadyuve a la efectividad del control en garantizar la transparencia en el manejo de los costos a imputar a los trenes, y conocer el posible costo beneficio por carga mercancías.

III. ALCANCE

Este instructivo está dirigido a las unidades administrativas involucradas en el proceso de determinación de los costos para el funcionamiento del instituto.

IV. UNIDADES INVOLUCRADAS

1. Oficina de Planificación y Presupuesto.

2. Gerencia de Mercadeo y Comercialización.

3. Gerencia de Gestión y Tráfico.

4. Gerencia de Mantenimiento e Ingeniería.

5. Oficina de Administración y Finanzas.

6. Gerencia General de Operaciones.

V. BASES LEGALES

1. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.908 de fecha 19 de febrero de 2009, extraordinaria.

2. Ley Orgánica de Precios Justos. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.340, de fecha 23 de enero de 2014.

3. Ley Orgánica de la Administración Pública. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.890, de fecha 31 de julio de 2008, extraordinaria.

4. Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.955, de fecha 29 de junio de 2012.

5. Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 2.818, de fecha 1º de julio de 1981, extraordinaria.

6. Ley de Transporte Ferroviario Nacional. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.889, de fecha 31 de julio de 2008, extraordinaria.

7. Reglamento Parcial Nº 4 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, sobre el Sistema de Contabilidad

Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.333, de fecha 12 de diciembre de 2005.

VI. USO DEL INSTRUCTIVO

1. Este instructivo solamente podrá ser modificado por el área de Desarrollo Organizacional adscrita a la Oficina de Planificación y Presupuesto.

2. El instructivo está a disposición de todo el personal adscrito al IFE, de forma física y electrónica por lo que en concordancia con la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicaciones será publicado en el portal del instituto, para su difusión y consulta.

3. En la ejecución del presente instructivo el cumplimiento de las políticas aquí descritas recaen sobre las unidades usuarias de este.

4. El instructivo está estructurado de manera tal que sea comprensible para los usuarios de este, las políticas adjudicadas deberán ser cumplidas fielmente por las unidades participantes.

5. En caso de existir sugerencia alguna de modificación por parte de los usuarios, esta debe ser indicada al supervisor inmediato,

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