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CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE


Enviado por   •  23 de Agosto de 2014  •  538 Palabras (3 Páginas)  •  331 Visitas

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El código ético de la profesión docente descansa en última instancia sobre la legitimidad que tienen en su actuación, pero también sobre su prestigio. De nada vale organizar y regular cuidadosamente la vida y el funcionamiento de un colegio, si sus profesionales no tienen reconocimiento social ni poseen una voz autorizada en las cuestiones que les competen.

En consecuencia, una de las funciones más importantes que se debe ejercer consiste en sentar las bases de una buena práctica profesional por parte de todos sus componentes. Todos sabemos que cualquier Estado tiene la responsabilidad de establecer una normativa adecuada que regule los límites de la práctica profesional y sobre todo sus eventuales extralimitaciones. Un abogado que defraude a sus clientes, un médico que caiga en la negligencia o un docente que ejerza la violencia con sus alumnos estarán siempre expuestos a la sanción prevista en las leyes. Ese tipo de vigilancia pública siempre debe producirse y es normal que así sea.

La actuación profesional de los docentes tiene unos destinatarios centrales, que son los alumnos y las alumnas. Son ellos quienes justifican nuestra profesión y parece por tanto lógico que nuestro código profesional se inicie con los compromisos y deberes relativos al alumnado y que éstos ocupen un lugar relevante. Pero no hay que olvidar que los hijos son responsabilidad de sus padres y tutores, por lo que los docentes también tenemos algunas obligaciones profesionales hacia ellos, que resultan ser complementarias de las anteriores.

Nuestra actuación no se desarrolla en el vacío, sino en unas instituciones, los centros escolares, y en compañía de otros colegas. Hacia unos y otros tenemos también obligaciones, que deben servir de base para llevar a cabo un buen ejercicio profesional.

Por último, nuestros compromisos y deberes no se agotan en esa escala más cercana, sino que la trascienden, llegando al conjunto de la profesión e incluso al conjunto de la sociedad. Son dos ámbitos que tampoco pueden olvidarse ni descuidarse cuando establecemos los criterios de una buena práctica profesional, aunque puedan parecer más alejados de la actuación cotidiana.

Así pues, un código profesional para la profesión docente debe contemplar esos seis ámbitos, dando a cada uno la amplitud necesaria. Aunque no excluye que el docente es objeto también de derechos, que corresponden a deberes de otras instancias y agentes de la educación, el código deontológico se centra en los compromisos y los deberes que los profesionales se imponen a sí mismos.

Los colegios profesionales de la educación están revisando actualmente sus bases y sus modos de funcionamiento, en buena medida debido a las nuevas exigencias que se les plantean. Por ese motivo, creo que estamos en unas buenas circunstancias para revisar los códigos deontológicos existentes, adecuándolos a las nuevas circunstancias de la educación y del ejercicio de la docencia, o para elaborarlos en los casos en que no existen.

Las circunstancias actuales, aun en su complejidad, resultan ser una buena oportunidad para reforzar la vida colegial y, sobre todo, para conseguir que la sociedad perciba que los colegios tienen algo que aportar para mejorar su campo de actuación. Creo que vale la pena hacer ese esfuerzo y que el mensaje que den los colegios sea de compromiso inequívoco con una buena práctica profesional por parte de todos sus componentes.

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