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CODIGO DEONTOLOGICO EN EL QUEACER DIARIO DE NUESTRA PROFESION


Enviado por   •  30 de Octubre de 2013  •  1.884 Palabras (8 Páginas)  •  414 Visitas

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UNIVERSIDAD CUAUHTÉMOC

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN DE HOSPITALES Y SERVICIOS DE SALUD

SALUD PÚBLICA Y LEGISLACIÓN

UNIDAD 3: BIOÉTICA Y LAS VOLUNTADES ANTICIPADAS

“ENSAYO: “¿EN QUE GRADO EJERCEMOS UN CÓDIGO DEONTOLÓGICO EN EL QUEHACER DIARIO DE NUESTRA PROFESIÓN?”

NOMBRE: DRA. ARACELI GUADALUPE LUNA ROSALES.

COORDINACIÓN DE INFORMACION Y ANALISIS ESTRATEGICO

DELEGACION REGIONAL DEL IMSS

MONTERREY N.L

7 DE OCTUBRE DEL 2012

¿En qué grado ejercemos un código deontológico en el quehacer diario de nuestra profesión?”

Para dar respuesta a esta pregunta primero es necesario conocer el concepto de este tema tan apasionante que es la Deontología Médica, la cual es un conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico. Así mismo es necesario conocer los deberes que impone este Código, los cuales obligan a todos los médicos en el ejercicio de su profesión, cualquiera que sea la modalidad en que la practiquen, y que el incumplimiento de alguna de las normas supone incurrir en falta disciplinaria tipificada en los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial, cuya corrección se hará a través del procedimiento normativo en ellos establecido, además que uno de los objetivos principales de esta organización es la promoción y desarrollo de la Deontología profesional

Dentro de los principios generales de este código, menciono algunos de ellos:

La profesión médica está al servicio del hombre y de la sociedad. En consecuencia, respetar la vida humana, la dignidad de la persona y el cuidado de la salud del individuo y de la comunidad, son los deberes primordiales del médico. El médico debe atender con la misma diligencia y solicitud a todos los pacientes, sin discriminación alguna. La principal lealtad del médico es la que debe a su paciente y la salud de éste debe anteponerse a cualquier otra conveniencia. El médico nunca perjudicara intencionadamente al paciente ni le atenderá con negligencia; Evitará también cualquier demora injustificada en su asistencia. Todo médico, cualquiera que sea su especialidad o la modalidad de su ejercicio, debe prestar ayuda de urgencia al enfermo o al accidentado. En situaciones de catástrofe, epidemia o grave riesgo para el médico, este no puede abandonar a sus enfermos, salvo que fuere obligado a hacerlo por la autoridad competente. Se presentará voluntariamente a colaborar en las tareas de auxilio sanitario. En caso de huelga, el médico no queda exento de sus obligaciones éticas hacía sus pacientes a quienes debe asegurar los cuidados urgentes e inaplazables. Siendo el sistema sanitario el instrumento principal de la sociedad para la atención y promoción de la salud, los médicos han de velar para que en él se den los requisitos de calidad, suficiencia asistencial y mantenimiento de los principios éticos. Están obligados a denunciar las deficiencias, en tanto puedan afectar a la correcta atención de los pacientes.

En este código también se mencionan las Relaciones del Médico con sus pacientes, en donde la eficacia de la asistencia médica exige una plena relación de confianza entre médico y paciente. Ello presupone el respeto del derecho de éste a elegir o cambiar de médico o de centro sanitario. El Secreto Profesional del Médico.- mencionando que el secreto médico es inherente al ejercicio de la profesión y se establece como un derecho del paciente a salvaguardar su intimidad ante terceros. Con discreción, exclusivamente ante quien tenga que hacerlo, en sus justos y restringidos limites y, si lo estimara necesario, solicitando el asesoramiento del Colegio, el médico podrá revelar el secreto en algunos casos, como es el siguiente: Si con su silencio diera lugar a un perjuicio al propio paciente o a otras personas; o a un peligro colectivo. Asi mismo se menciona lo concerniente a Calidad de la Atención Médica.- Todos los pacientes tienen derecho a una atención médica de calidad humana y científica El médico tiene la responsabilidad de prestarla, cualquiera que sea la modalidad de su práctica profesional y se compromete a emplear los recursos de la ciencia médica de manera adecuada a su paciente, según el arte médico, los conocimientos científicos vigentes y las posibilidades a su alcance. De la Reproducción Humana.- menciona que el médico es un servidor de la vida humana. No obstante, cuando la conducta del médico respecto al aborto se lleve a cabo en los supuestos legalmente despenalizados, no será sancionada estatutariamente. En relación a la Muerte.- refiere que el médico tiene el deber de intentar la curación o mejoría del paciente siempre que sea posible. Y cuando ya no lo sea, permanece su obligación de aplicar las medidas adecuadas para conseguir el bienestar del enfermo, aun cuando de ello pudiera derivarse, a pesar de su correcto uso, un acortamiento de la vida. En tal caso, el médico debe informar a la persona mas allegada al paciente y, si lo estima apropiado, a éste mismo. El médico no deberá emprender o continuar acciones diagnósticas o terapéuticas sin esperanza, inútiles u obstinadas. Ha de tener en cuenta la voluntad explícita del paciente a rechazar el tratamiento para prolongar su vida y a morir con dignidad. Y cuando su estado no le permita tomar decisiones, el médico tendrá en consideración y valorará las indicaciones anteriores hechas por el paciente y la opinión de las personas vinculadas responsables. El médico nunca provocará intencionadamente la muerte de ningún paciente, ni siquiera en caso de petición expresa por parte de éste. En relación al Trasplante de órganos.- refiere que para la extracción de órganos y tejidos procedentes de cadáveres al menos dos

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