ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DEMANDA CIVIL DE NEGLIGENCIA MEDICA.


Enviado por   •  5 de Abril de 2017  •  Tareas  •  1.103 Palabras (5 Páginas)  •  732 Visitas

Página 1 de 5

CASO

En el mes de febrero de 1999, la señora Magda Winter es operada de unos quistes ováricos en la Caja se seguro Social por el doctor Dionisio Velásquez.

Por negligencia médica, a la demandante le dejaron unas gasas, lo que menoscabó visiblemente su salud y la llevaron a hacerse radiografía comprobando el cuerpo u objeto extraño.

No fue sino hasta diciembre de 1999, meses después que a sabiendas de lo que ocurría, los médicos le extrajeron las gasas de su cuerpo, lo que causó que la señora Winter, pudiese perder parte de su ovario por daños irreparables en el mismo, causado por la infección severa.

  1. Presentar demanda Civil y Querella

PODER

PROCESO DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES Y MORALES

La suscrita, MAGDA WINTER, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad personal 8-002-0001 domiciliada en el corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá, Calle sin vereda, casa 28, lugar donde reciben notificaciones personales, actuando en nuestro propio nombre y representación por este conducto acudimos al despacho que dignamente usted dirige a fin de otorgar PODER ESPECIAL a la Licenciada MARIA GOMEZ VILLARREAL, mujer, panameña, mayor de edad, con cedula de identidad personal 4-287-294, abogada en ejercicio, con domicilio profesional en Veracruz, Barriada Costa del sol, calle 4°,  Casa I3, lugar donde recibe notificaciones personales, a fin de que interponga formal PROCESO DE DEMANDA POR  DAÑOS Y PERJUICIOS en contra del DOCTOR DIONISIO VELÁSQUEZ, varón, panameño, mayor de edad, casado, portador de la cedula de identidad personal 8-002-0003 domiciliado  en el corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá, Calle sin vereda, casa 28, lugar donde recibe notificaciones personales.

La licenciada MARÍA GOMEZ VILLARREAL, queda amplia y expresamente facultada para aceptar, desistir, transigir, diferir, sustituir y en general para realizar todas las diligencias que tiendan al correcto ejercicio del PODER ESPECIAL que le conferimos.

Panamá, a su representación

HONORABLE SEÑOR(A) JUEZ

OTORGO PODER                                                                      ACEPTO

MAGDA WINTER                                                 MARIA GOMEZ VILLARREAL

8-002-0001                                                                            4-287-294


DEMANDA

[pic 1][pic 2]

HONORABLE SEÑOR JUEZ DE CIRCUITO (RAMO CIVIL) DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DE PANAMA, SAN MIGUELITO, EN TURNO. E.S.D.

La suscrita, MAGDA WINTER, mujer, panameña, mayor de edad, soltera, portadora de la cedula de identidad personal 8-002-0001 domiciliada en el corregimiento de Pedregal, Distrito de Panamá, Calle sin vereda, casa 28, lugar donde reciben notificaciones personales, actuando en nuestro propio nombre y representación por este conducto acudimos al despacho que dignamente usted dirige a fin de otorgar PODER ESPECIAL a la Licenciada MARIA GOMEZ VILLARREAL, mujer, panameña, mayor de edad, con cedula de identidad personal 4-287-294, abogada en ejercicio, con domicilio profesional en Veracruz, Barriada Costa del sol, calle 4°,  Casa I3, lugar donde recibe notificaciones personales, a fin de que interponga formal PROCESO DE DEMANDA DAÑOS Y PERJUICIOS  causados POR  NEGLIGENCIA MEDICA en contra de CAJA DE SEGURO SOCIAL .  

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.3 Kb)   pdf (113.7 Kb)   docx (14.8 Kb)  
Leer 4 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com