DERECHO AMBIENTAL
Cybernautas4 de Junio de 2014
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Nacional Experimental “Rómulo Gallegos”
Área: Ciencias Políticas y Jurídicas
Programa Municipalizado de Derecho Misión Sucre
Biscucuy Municipio Sucre Estado Portuguesa
Triunfadores: Azuaje Renny
Calderón Javier
Gil Yolimar
Mejías Orlando
Montilla Maribel
Ortegano Nery
Tutora: Abgda. Briceida Pérez
Biscucuy, Abril, 2014
ANTECEDENTES DEL DERECHO AMBIENTAL EN VENEZUELA. CONCEPTO DE SOCIEDAD Y AMBIENTE (BIEN JURÍDICO, BIEN PROTEGIDO.
Antecedentes
El Derecho ambiental surgió como producto de una serie de acontecimientos de orden mundial que fueron configurando su inserción en la cotidianidad, en la era romana, antes del Código de Hammurabi; ya era evidente en la sociedad la necesidad de establecer regulaciones al respecto de la conservación ambiental; es de hacer notar que aunque el Derecho Romano no se destacaron las regulaciones de tipo ambiental, la misma dinámica social apuntaba a la conservación de los Recursos Naturales, pues su forma de vida tendió a aprovechar los amplios recursos naturales que tenían a su disposición en pro del desarrollo de la comunidad pero sin causar impactos que generaron grandes cambios en el medio ambiente.
En 1705, ocurre un hecho trascendental para la humanidad, Thomas Newcomen crea la primera máquina de motor y se produce en el planeta la primera emanación de gases al ambiente; luego James Watt, un importante físico, mejoró ese primer motor rudimentario convirtiéndolo en una gran herramienta para el desarrollo industrial del mundo. El motor ayudó, impulsó y contribuyó al desarrollo satisfactorio de la llamada revolución industrial.
En 1972, se realiza una cumbre mundial sobre el medio ambiente y el desarrollo, la cual se denominó Protocolo de Río, por ser efectuada en la ciudad de Río de Janeiro (Brazil) de ésta reunión surge la agenda 21 que contiene un acuerdo global en materia de conservación del ambiente y deja las bases para las medidas necesarias en aras de recuperar lo perdido por el daño causado hasta el momento.
Sin embargo, no es hasta 1997, en el protocolo de Kioto-Japón, cuando se pone en evidencia los efectos perjudiciales y mortales del deterioro ambiental, ésta reunión tuvo su impacto en la legislación venezolana la promulgación de la Ley Penal del Ambiente. Pero, la reunión se consideró un fracaso, pues intereses particulares de los países más industrializados llevaron a incumplir muchas de las disposiciones allí contempladas y, es por ello, que en 2011 en Suráfrica, se celebra la Cumbre del Clima para acordar medidas que traten de frenar el cambio climático que causa estragos en el planeta tierra.
Es así, como el Derecho Ambiental ha surgido con el devenir de la humanidad, pues a medida que se han efectuado los cambios sociales, las normas han ido surgiendo en aras de regular ésta situación específica y como medio para proteger la casa que todos habitamos la tierra.
Derecho (Concepto)
Es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generada dentro de leyes y que tienen la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad-las personas y de estos con el estado.
Ambiente (Concepto)
Se entiende todo lo que afecta a un ser vivo. Condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o de la sociedad en su vida. Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinado, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras.
¿Qué es Sociedad?
Es un grupo de seres que viven de una manera organizada.
Bien Jurídico Protegido
Son aquellos que vienen tutelados o protegidos por el derecho, es todo bien vital de la comunidad o del individuo, que por su significación social, es protegido jurídicamente.
DERECHO AMBIENTAL. MISIÓN, VISIÓN, COMPETENCIAS Y POLITICAS DEL ÓRGANO GESTOR DEL DERECHO AMBIENTAL DEN VENEZUELA.
Derecho ambiental
El Derecho Ambiental es una disciplina jurídica en formación. Es el conjunto de normas que regulan las relaciones de derecho público y privado, tendientes a preservar el medio ambiente libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado. Betacort (2001) define Derecho Ambiental “aquel conjunto de normas jurídicas que integrando un sistema normativo o un subsistema normativo del Ordenamiento jurídico que regulan las actividades humanas para proteger el medio ambiente o la naturaleza”. (p.12) Para Brañes (1994), conceptualiza el Derecho Ambiental como
Un conjunto de normas jurídicas que regulan las conductas humanas que pueden influir de una manera relevante en los procesos de interacción que tienen lugar entre los sistemas de los organismos vivos y sus sistemas de ambiente, mediante la generación de efectos de los que se espera una modificación significativa de las condiciones de existencia de dichos organismos vivos. (p-27)
De ahí que, tiene como tarea: Consagrar y definir el contenido jurídico del derecho a un ambiente adecuado para vivir; Definir qué acciones o relaciones son consideradas (jurídicamente) como generadores de impactos negativos significativos sobre el derecho a un ambiente adecuado y que requieren de la regulación legal del Estado; Instituir y desarrollar los instrumentos jurídicos que permitirán alcanzar los objetivos de desempeño ambiental establecidos, incluyendo las sanciones jurídicas frente a las acciones u omisiones que los distintos actores (públicos y privados) tomen.
La primera tarea está vinculada con la incorporación del derecho de las personas a gozar de un ambiente sano, saludable o adecuado en las constituciones políticas, tratados internacionales o en otros instrumentos jurídicos. Además implica darle contenido a dicho derecho, es decir, definir qué es exactamente un “ambiente saludable”. La segunda tarea identificar las acciones que serán objeto de regulación legal, por implicar riesgos al goce del derecho al ambiente adecuado y por ser problemas que no pueden ser resueltos sin la intervención legal del Estado. Finalmente, la última tarea implica generar los mecanismos legales que permitan que los distintos actores involucrados en la gestión ambiental puedan asegurar el goce del derecho al ambiente sano, incluyendo los mecanismos judiciales de protección de derechos y los instrumentos de gestión ambiental
En esta perspectiva, el Derecho Ambiental tiene como finalidad regular las relaciones humanas que tienen al ambiente como campo de batalla, la lucha por la distribución de los riesgos modernos. Asimismo, segura el mantenimiento de las condiciones ambientales, o dicho en términos jurídicos, la protección del ambiente, de tal forma que se asegure la posibilidad efectiva del goce del derecho a un ambiente adecuado. De modo que, es aporte considerable en el fomento de la conciencia mundial sobre la necesidad de establecer vínculos entre las naciones para el continuo desarrollo de esta rama del derecho.
Misión, visión, competencias y políticas del órgano gestor del Derecho Ambiental en Venezuela
Misión: Garantizar una mejor calidad de vida, mediante una gestión ambiental transversal, rectora, ejecutora y normativa, del uso y conservación de los recursos naturales, promoviendo la participación de la sociedad para lograr el desarrollo sostenible.
Visión: Como órgano rector de la política ambiental, con altos niveles de excelencia, plenamente integrado en las diversas instancias decisorias de la esfera política, económica y social del país, proyecto una gestión desconcentrada, descentralizada y participativa en función de promover el desarrollo sostenible en aras de mejorar la calidad de vida.
Competencias
Según el Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, Número 39.163; sus competencias son:
1. La regulación, formulación y seguimiento de las políticas ambientales del Estado venezolano;
2. La planificación, coordinación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional para el fomento y mejoramiento de la calidad de vida, del ambiente y de los recursos naturales;
3. El diseño e implementación de las políticas educativas ambientales;
4. El ejercicio de la autoridad nacional de las aguas;
5. La planificación y ordenación del territorio;
6. La administración y gestión en cuencas hidrográficas;
7. La conservación, defensa, manejo, restauración, aprovechamiento, uso racional y sostenible de los recursos naturales y de la biodiversidad;
8. El manejo y control de los recursos forestales;
9. La generación y actualización de la cartografía y del catastro nacional;
10. La evaluación, vigilancia
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