DERECHO DE ASILO
Jessvaleria23 de Junio de 2013
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EL ASILO POLÍTICO
EN EL ECUADOR y EN AMÉRICA
OCTAVlO JOHNNY ROCA DE CASTRO
EDINO
2007
ISBN 978-9978-21-045-1
EDITORIAL
Malecón 904 Y Junrn
P,sol.Telefilx2314471
GuayaQuol- Ecu~dar
UBRERIA
9deOctubreyQu'to
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autorizan la .... preduccl6n ¡>arc'~1 de e51~ ['bro, ruando se t,ate de e,tas
acaMmicM" pe,l"dist,cas, deb,end" e$per,ficarse la ,~fe .... ne,. del
autor, t¡ruloael. ebra y, .demás,que $et ... ta de una ceedrcrón de
EdiMylaUHS.
Dcdic:ttoria:
A Dios, en gratitud porque nos renueva día a día
con su poder ycon su gracia;
A mi esposa :\Iariana, y a mis hijos Lorena,
Pamela, Juan Xa\"ier, y Camila, con quienes
comparto las vivencias más íntimas y el gozo de ver
crecer a nuestra farnlh3; y,
A mis hermanos, con quienes compartí el calor
del hogar dc mis padres, y ahora comparto Jos
principios y valores que ellos supieronincu!carnos.
Prólogo
La entrega de la presente obra EL ASILO rOLiTICO E~ EL
ECUADOR V EN AMÉRICA del Dr. Octavlo Johnny Roca De
Castro es un magnifico aporte para el estudio de una Institurión
jurídica de tant.a significación histórica y contemporinea. Su
importancia crece en la ml:dida I:n que los conflictos se multiplican
en el escenario político de los países del Orbe, cuyo número se ha
multiplicado por fenómenos históricos. culturales y políticos, que no
es preciso analizar en los comentarios que se me han solicitado,
gracbs a una grata relación académica.
No es extraño que un profesional de! Derecho y titulado,
además, en e! Instituto de Diplomacia y Ciencias Internacionales
"Antonio Parra Velasco" de la Universidad de Guayaquil, profundice
en la temática que interesa no solo al Derecho Internacional sino
también a la enciclopedia de los derechos humanos, cuya prevalecia
es cada día mayor y es objeto de convenios e instrumentos
intemacionales que sirven de base a las frecuentes reclamaciones en
e! mundo agitado y confrontacional de nuestro tiempo.
La valiosa obra nos ubica en el proceso histórico que viene
desde la antigüedad helénica hasta llegar a los Instrumeutos que
lo conngran en el mundo actual, sin olvidar que en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos que aprobó la Asamblea
General de bs Naciones Unidas en 1948, en su Art. 14 consagra un
hito de primensima importancia, al decir: "En caso de persecución,
toda persona tiene derecho a buscar asilo y disfrutar de él, en
cualquier país".
JohnnyRocoDeCostro
Un pre<:eplo olIlllicomprensivo de tal naturaleza -revela el
aUfOf- sirve para solucionar en muchos casos el recurrente problema
jurídico de la percepción y tipicidJd del "delito político", porque
involucrando un concepto discutible por mil razones, se presta a la
argumentación constante de que el perseguido no lo es por un delito
político sino por un delito común, siendo así que, lamentablemente,
en el mar de la dialéctica de las apariencias, es frecuente que a un
politico se 10 persiga por un supuesto delito común, enmascarando
un interés o un:!. intención politica. Esto habilita al gobierno o a la
facción interesada pJra declarar que en su país o en el supuesto caso
no hay delincuentes politicos, con 10 cual se desea eludir la
aplicación de la figura del asilo mediante el uso indebido de la
instrucciónfiscalylafunciónjudicial.
El Dr. Roca De Castro, en su detenido estudio y laborioso
trabajo doctrinario, nos pennile transitar por la aplicación del asilo
en Europa, en América y en el Ecuador, incluyendo la relación de
importantes casos que han contraído la atención del publico,
particularmente en Hispanoamérica.
'Desde luego, la enumeración y relato de los casos que se
refieren al Eeuadortocan a nuestra historia reciente, razón por la qu e
d autor, al narrarlas circunstancias, lo hace con especial cuidado-e n
lo que fuere posible-, eludiendo la carga sujetiva que a todos nos
limita.
El libro es muy aleccionante al distinguir algunas
cuestiones que requieren la explicitación del especialista. como es
el caso de la diferencia entre el asilado y el exiliado o del asunto
jurídiro inslitudon::d que marca la diftrtnd.l tolrt tI asilo
ttrritori.llycl asilo diplomático.
Se prl'gunta el autor si rI asilo diplornjllco es un derecho
dd Estado que lo concede o un derecho de la persona que lo
solicita. En este punto, reconoce que algunos avances documcntales
pueden scntar el inicio de una lendencia cvoluliva, que no se reduce
a la resolución soberana del país que concede C"! asilo en un ámbito
típicamente discrecional, pues si lo considcramos como un derecho
del peticionario corrC"!ativamente aparecería C"! deber de otorgarl!).
En cl curso de la obra el lector se encontrará con el importante
capitulo relativo a quien le corresponde calific:lTcl asilopolitico,lo
cual, aparte de lo dicho en la Convención dc Carac~s, le abre paso a
la aplicación del Art. 14 de la Declaración Universal, cuando la
persecución, aunque sea aparentemente judicial, es expresiva de
factores reales de poder que dominan los organismos formales. las
fiscalíasy!:Isjudicaturas.
De todas maneras, aun en el marco de las dificultades ya
referidas, el autor se detiene en el análisis del delito politieo al que
agrega la situación de la persona perseguida por causa o motivos
politicos. sin olvidar a Jiménez de Azuay, al evO{:ar la 'juridicidad
victoriosa y nueva".
En los anexos, Roca De Castro obsequia a los estudiosos la
reproducción de los instrumentos que le servirán para estudiar,
ensefiar o trabajar cuestiones de asilo politico. En conseeucncia, el
lector y el estudioso tienen en sus manos un auxiliar de primer orden,
con referencias dehechoydedcre¡;ho que le serán rcalrnente útiles.
Guayaquil."m"" _ ..... _
Prólogo del autor
Desde los tiempos bíblicos ya existía la costumbre impuesta
por razones humanitarias d(' otorgar refugio a los perseguidos
que eran acusados de la comisión de delitos comunes.
Conventos,igJesias y/otemplos se erigieron en sitios sagrados
de protección a Jas personas quehuian de1 acoso de sus persecutores.
La violación de estos recintos para aprehender a los refugiados era
generalmente sancionada de la manera más drástica.
La evolución de la iustitucióu del asilo rUl' moldeada por la
influencia del pensamiento de la re,'olución francesa que
iutrodujo en la sociedad un mayor pluralismo y tolerancia
dentro de un concepto más amplio de libertad de ('xpresión. lo
que permitía que disidentu id('ol6gicos y activistas políticos
dejen de ser perseguidos por las autoridades que detentaban el
poder público. en cuya ,'irfud la protección del asilo brindada a
favor de los delincuentes comunes se vio sustituida con la
protección dada a favor de los d('lincuenles politicos, y este paso
se dio una vez que las normas que regulaban el asilo ya habfan
traspasado la esfera del ámbito nligioso para ubicarse
progresivamente en la esfera juridlca fundament.ada en la
práctica consuetudinaria. En este último contexto, podemos
evidenciar que en la disputa entre el poder religioso de la iglesia
y el poder secular del Estado, se impuso hte, conugrando el
asilo como una figura jurfdlca amparada por ti Derecho
Intern.acion.al.
JonnnyRocoDeCoslro
El asilo como institución juridica reglada por el Derecho
Internacional alcanzó su plena vigencia con la suscripción de
Convenios internacionales de cariÍcter multilateral que se
instrumentaron en el curso del siglo XX.
Es preciso enfatizar que la institución del asilo no solamente se
encuentra reconocida por nonnas contenid:!s en la Constituciones de
las Repúblicas de los Estados parte del hemisferio americano, y en
sus lcgislacionrs nacionalcs, también est:Í consagrada por Convenios
internacionales sobre materia de asilo, además de otros Convenios
y/o instrumentos internacionales sobre Derechos Humanos,
incluyendo la Declaración Universal sobre Derechos Humanos
auspiciadaporlaO~.
En efrcto, como txpnsión drl Derecho ngional
latinoamericano,
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