DERECHO GERENCIAL
Andreanavarror30 de Agosto de 2013
654 Palabras (3 Páginas)317 Visitas
CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE
QUÉ ES?
Una cuenta corriente bancaria es un contrato realizado entre una persona o empresa y una entidad financiera o bancaria, en el cual el primero se compromete a depositar dinero, y el segundo a garantizar liquidez y otros servicios a su cambio.
Este dinero puede ser girado posteriormente a través de cheques, o bien puede retirarlo mediante un cajero automático, o bien, hacer pagos contarjeta de débito, pagos automáticos de cuentas de servicios, entre otros.
Es un titulo valor por medio del cual una persona llamada girador (quien posee una cuenta corriente bancaria) ordena a un banco llamado girado, que pague una determinada suma de dinero a la orden de un tercero llamado beneficiario. Los cheques de cuenta corriente son facilitados unidos en talonarios por las entidades de crédito a las personas que han suscrito una cuenta corriente para que puedan disponer de los fondos depositados en ella.
CARACTERÍSTICAS
• El banco está obligado, por contrato, a realizar los pagos correspondientes para cada una de estas transacciones, pero sólo si es que hay dinero en la cuenta o mientras exista una cantidad de dinero disponible en una línea de crédito asociada a la cuenta.
• El contrato obliga al cliente a mantener dinero en la cuenta o bien pagar la línea de crédito cuando haya sido utilizada. El contrato de cuenta corriente bancaria se entiende que es autónomo, bilateral, consensual, normalmente oneroso y de ejecución continuada.
• Actualmente, se utilizan cheques y tarjetas como medios de pago más usuales que están asociados a una cuenta corriente.
• Cada banco tiene sus requisitos para la apertura de una cuenta corriente. Por lo general la entidad se encarga de verificar la capacidad de pago y el origen de los ingresos.
• La otra característica a destacar es que, si el cliente incurre en una deuda mayor a la acordada con el banco (“giro en descubierto”) y demora en pagarla, debe abonar intereses o punitorios.
ARTÍCULO 1382 AL 1392
Este tipo de contrato se encuentra regulado por el código de comercio a partir del artículo 1382 al 1392. Define el contrato de cuenta corriente de la siguiente manera:
“Por el contrato de depósito en cuenta corriente bancaria el cuentacorrentista adquiere la facultad de consignar sumas de dinero y cheques en un establecimiento bancario y de disponer, total o parcialmente, de sus saldos mediante el giro de cheques o en otra forma previamente convenida con el banco.
Todo depósito constituido a la vista se entenderá entregado en cuenta corriente bancaria, salvo convenio en contrario”.
En el contrato de cuenta corriente puede darse la figura de la cuenta colectiva que no es más que la cuenta corriente a nombre de varias personas, en la cual de los dineros depositados pueden disponer cualquiera de las personas que figuran como titulares de la cuenta, salvo pacto en contrario.
CLASIFICACIÓN
I. Según sus titulares:
• Individual: abierta a nombre de un solo titular.
• Conjunta: cuando hay dos o más titulares, exigiéndose que cualquier acto deba ser realizado conjuntamente por todos los titulares, exigiendo la entidad la firma de todos ellos.
• Indistinta: cuando hay dos o más titulares, pudiendo disponer cualquiera de ellos de los fondos utilizando únicamente su firma.
II. Según el devengo de interés:
• Cuentas corrientes sin interés: son aquellas en las que no se paga ningún tanto por el aplazamiento de los capitales.
Para hallar la liquidación bastará calcular la diferencia entre el Debe y el Haber de
...