ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO PENAL BASICO


Enviado por   •  15 de Abril de 2014  •  660 Palabras (3 Páginas)  •  180 Visitas

Página 1 de 3

CLASE DE DERECHO PENAL MIÉRCOLES 2 DE ABRIL DE 2.014

DELITOS DE LESIONES PERSONALES

Artículo 111 del c.p

Daño en el cuerpo o en la salud de otro, es incompleta en atención a que solo tiene precepto no tiene sanción remite a otras normas.

LESIONES

• Es causar daño en el cuerpo o la salud de otro, las lesiones pueden ser causas por:

o Herida

o Golpe

o enfermedad.

Desde el punto de vista de los elementos con que se pueden causar esas lesiones esos elementos se clasifican de la sgte manera:

• Elementos punzantes

• Elementos cortantes

• Elementos corto punzantes

• Elementos contundentes – golpean

• Elementos corto contundentes

• Las armas de fuego

• Elementos químicos

Y desde el punto de vista médico legal las heridas se clasifican así

• Heridas simples

• Contusiones

• Fracturas

• Luxaciones

• Desgarres

• Rupturas

Las lesiones dolosas son un delito de resultado de manera que como la norma nos remite a los artículos siguientes dependiendo del resultado que se cause con el resultado

LOS RESULTADOS DE ACUERDO CON LA LEY

Incapacidad médica para trabajar

Deformidad física que puede ser de carácter transitorio o permanente

Perturbación funcional de un órgano o un miembro que puede ser de carácter transitorio o permanente

Perturbación psíquica que puede ser transitoria o permanente

Perdida funcional de órgano o miembro

Perdida anatómica de un órgano o miembro

Otro resultado es el parto prematuro o aborto preterintencional (no es un delito de lesión es circunstancia de carácter punitiva para las lesiones dolosas.

Las lesiones personales son alteraciones a la anatomía y fisiología humana

La Anatomía estudia las partes del cuerpo

La Fisiología estudia el funcionamiento de esas partes del cuerpo

La anatomía mera incapacidad para trabajar

Secuelas son las que están señaladas entre el artículo 113 y 116 del código penal, hay cinco tipos de lesiones personales dolosas señaladas en los artículos 112 113 114 115 116 del c.p

Artículo 112 del c.p

El artículo 112 del c.p trae como resultado la incapacidad para trabajar o enfermedad, se conocen como lesiones simples, las lesiones del 113 en adelante se conocen como lesiones con secuela.

El resultado siempre lo determina un médico legista, un médico legista es el que trabaja al servicio de la administración de justicia, en ausencia de un médico legista lo hará un médico general.

Enfermedad es una afectación en la salud

Incapacidad para trabajar en términos penales no es sinónimo de incapacidad laboral

El articulo 112 Tiene dos pena principales

Incapacidad para trabajar en términos penales

• Es el tiempo que se demoran los tejidos en reganarse o la herida en curarse o la enfermedad en sanarse

EJEMPLO

Cesar le causó lesiones a pedro y le causo el siguiente resultado

• Incapacidad para trabajar de 48 días sin secuelas dolosas, en que incurre cesar

Cesar incurre en:

Incurre en lesiones personales según el artículo 111 del c.p en concordancia con el artículo 112 ins 2 del c.p.

RESULTADOS-SECUELAS ARTICULO 113 C.P

La primera secuela es la deformidad según el art 113

• Deformidad es la alteración en la regularidad del cuerpo que altera su estética de manera parcial o total.

La deformidad puede ser transitoria o permanente

Ins tercero los ácidos, es una norma nueva le pone una pena alta,

La deformidad facial ins 4, el rostro va comprendido entre el pabellón de una oreja y la otra oreja y desde el mentón hasta donde empieza la frente

EJEMPLO

Cesar le causó lesiones a pedro y le causo el siguiente resultado

• Incapacidad para trabajar de 48 días sin secuelas dolosas, en que incurre cesar

• Incapacidad permanente que le afecto su rostro

En que incurre cesar

Cesar incurre en:

Incurre en lesiones personales según el artículo 111 del c.p en concordancia con el artículo 112 ins 2 del c.p. y articulo 113 inc 2 y 4 del c.p .

articulo 114 c.p Perturbación funcional de un órgano o miembro

SEGUNDA SECUELA

Órgano conjunto de tejidos que actúan armoniosamente en el cumplimiento de una función, los órganos pueden ser unitarios o dobles el órgano de la secreción es el hígado y el órgano doble está compuesto por dos.

Perturbar es alterar la función

...

Descargar como  txt (4.3 Kb)  
Leer 2 páginas más »
txt