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DEUDA PUBLICA

fantasmaob17 de Julio de 2013

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La deuda Pública

DERECHO FINACIERO

16/07/2013

Alumno: OLIVARES RAMON, Bruno

Sección: BI

LA DEUDA PÚBLICA

INDICE

1. INTRODUCCION

2. LA DEUDA PÚBLICA Y SU FUNDAMENTO JURIDICO.

3. DEFINICION DE DEUDA PÚBLICA

4. DEUDA INTERNA.

5. LA DEUDA EXTERNA

5.1 CARACTERISTICAS DE LA DEUDA EXTERNA EN LATINOAMERICA.

6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

7. BIBLIOGRAFÍA

1. INTRODUCCION

La deuda Publica es una práctica ampliamente extendida en el mundo moderno que los Estados gasten, en cada ejercicio, más dinero que el que recaudan, debido a los compromisos políticos y sociales que asumen. Las políticas keynesianas, por otra parte, que preconizaron presupuestos deficitarios como medio para activar el crecimiento económico, han contribuido también grandemente al endeudamiento de los Estados modernos.

Debido al peso de la deudas contraídas con anterioridad es frecuente que, entre los gastos del Estado, aparezca una considerable partida dedicada al pago de los intereses y del capital de la deuda asumida. La inelasticidad de variados gastos fiscales y la imposibilidad de aumentar la presión tributaria más allá de cierto punto, suelen llevar a un círculo de creciente endeudamiento, puesto que a los gobiernos les resulta imposible hacer frente a tales compromisos y a los gastos corrientes por medio de los ingresos ordinarios que perciben.

Los gobiernos buscan por lo general consolidar las deudas a corto plazo convirtiéndolas en deudas de largo plazo, más fáciles de gerenciar, pero, en todo caso, cuando la deuda interna total sobrepasa cierto nivel, se recurre muchas veces a emisiones suplementarias de moneda nacional con el objeto de atender estos compromisos. Ello causa, indudablemente, una presión de tipo inflacionario, puesto que las nuevas emisiones se producen sin un respaldo en divisas o en bienes producidos por el país. En el caso de las deudas externas, que deben pagarse en dólares o en otras divisas, resulta imposible recurrir -salvo para los Estados Unidos, por supuesto- a este conocido expediente. Por tal razón los países Latinoamericanos -y de otras partes del mundo- que acumularon en las últimas décadas crecientes saldos negativos en sus transacciones externas, se vieron obligados a realizar profundos ajustes en sus economías a partir de los últimos años de la década de los ochenta.

2. LA DEUDA PÚBLICA Y SU FUNDAMENTO JURIDICO.

La facultad para contraer deuda pública por parte de un país debe emanar de su constitución política. Para ello el poder legislativo y judicial tienen normalmente la facultad y obligación de establecer las bases sobre las cuales el ejecutivo o presidente puede contraer deuda interna y externa, así como para reconocer y mandar pagar la deuda nacional .Normalmente los préstamos se contratan para la ejecución de obras que directamente producen un incremento en los ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia declarada por un país. Las emergencias a las que nos referimos pueden ser por casos de una invasión, terrorismo, problemas de narcotráfico, perturbación grave de la paz pública (que puede tener su origen por una crisis económica), una epidemia o cualquier otro caso que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto. De forma más analítica, los presidentes o jefes de estado se les autoriza para contratar, ejercer y autorizar empréstitos, los cuales no deben rebasar determinados montos en lo referente a la deuda interna y a la deuda externa. El importe de los montos varia cada año y según la política de Estado de cada país. En el caso de que el Ejecutivo Federal o presidente en turno considere necesitar montos adicionales de financiamiento neto externo, como puede ser por circunstancias extraordinarias que así lo exijan, queda autorizado este a contratar deuda siempre y cuando lo solicite al Congreso. También el Ejecutivo suele estar autorizado para emitir valores en moneda nacional y contraer empréstitos para canje o refinanciamiento de obligaciones del erario o con propósitos de regulación monetaria, en los términos que marcan las leyes de deuda pública. Para ello debe el presidente especificar las características de las operaciones efectuadas y sobre las partidas del presupuesto de egresos de la nación en que se aplicarán los financiamientos obtenidos. En los sistemas democráticos, todos los proyectos de ley o decretos para la formación de las leyes y decretos definitivos, suelen ser discutidos y resueltos por el Congreso de la Republica. Con lo que respecta a los Estados o Departamentos (provincias), municipios o alcaldías de un país, normalmente están imposibilitados para contraer directa o indirectamente obligaciones o deuda pública con gobiernos de otras naciones o con sociedades de particulares extranjeros, así como también contraer obligaciones o deuda que deba pagarse en moneda extranjera o fuera del territorio nacional. Esto es debido a la precaución de perder su soberanía nacional. También lo que se busca es evitar que quede fuera de control el total del monto de deuda contraída con el extranjero por parte del Ejecutivo o presidente de un país. Las deudas de los Estados, Departamentos, Provincias, Municipios, Distritos o Alcaldías, que sean contraídas por parte del poder ejecutivo federal o nacional deben ser destinadas sólo a inversiones públicas productivas. También las deudas que estos mismos contraigan con los organismos descentralizados y empresas públicas. Sin embargo, las obligaciones y las deudas deben estar basadas en lo que establezcan las legislaturas provinciales o estatales en sus respectivas leyes, las cuales deben incluir los conceptos y los montos autorizados anualmente en el presupuesto de la nación.

Los ingresos derivados de financiamiento los podemos dividir en forma muy general así:

1. Emisiones de Valores Internos.

2. Emisiones de Valores Externos

3. Financiamientos para el Gobierno Nacional.

4. Financiamientos para organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

En lo que se refiere a las variables de la política monetaria, que constituye uno de los elementos importantes de la deuda pública interna, en gobierno nacional se atribuye la exclusividad estatal así como el carácter de ser el único facultado para la acuñación de moneda y la emisión de billetes por medio del banco central, prohibiendo a los departamentos, provincias, estados, municipios , distritos o alcaldías la acuñación de cualquier tipo de moneda o emisión de papel moneda. Lo anterior en nos explica de forma general como se entiende la deuda pública de un país. Es importante resaltar que el estudio de las leyes de ingresos, correlacionándolo con el estudio del presupuesto de egresos, representan las premisas fundamentales para entender la política de deuda pública de un país.

3. DEFINICION DE DEUDA PÚBLICA.

El Déficit Público es el excedente de los gastos públicos sobre los ingresos públicos y tiene su origen cuando el sector público no es capaz de financiar sus gastos con ingresos generados por el mismo. Es decir, ingresos propios que en su mayor parte están representados por la política impositiva de un país. Para cubrir el déficit de ingresos de un país el gobierno se ve en la necesidad de pedir préstamos que son los que constituyen la deuda pública de la nación. Como ya apuntamos antes, los préstamos para financiar el déficit pueden ser internos o externos. Cuando son internos reciben el nombre de Deuda Interna y cuando son externos se les llama Deuda Externa. Ambas deudas dan como resultado la Deuda Pública Total. La deuda externa es compartida por el sector público y el privado, mientras que la deuda interna es solamente obligación del sector público. Es importante el no confundir la deuda interna con la deuda privada o la deuda pública como sinónimo de deuda externa.

4. DEUDA INTERNA.

Cuando se financia el déficit público o parte de él con endeudamiento interno, el sector público puede recurrir a:

A. El Banco Central.

B. Las Empresas y Público en General.

A. El Banco Central. Cuando se recurre al banco central el financiamiento se logra a través de tres medios que son:

1.Colocación de Valores por medio del Encaje Legal o Coeficiente de Liquidez.

2.El Crédito Domestico.

3.Requerimiento de la Reserva Legal.

• El Encaje Legal consiste en la colocación de valores gubernamentales en el sistema bancario por parte del banco central a cambio de recursos captados por la banca privada. El coeficiente de liquidez es un indicador que debe mantener un banco con relación a sus recursos totales y disponibles en todo momento. Estos recursos captados a través del encaje por el banco central no tiene la obligación de invertirlos en valores gubernamentales. Sin embargo, puede hacerlo para hacer productiva esa partida.

• El Crédito Doméstico se explica al entender que no todos los valores gubernamentales se colocan mediante el encaje legal, pues una parte se queda en el propio banco central y se emite dinero nuevo, el cual recibe el nombre de crédito doméstico o financiamiento inflacionario. Esto es posible ya que el banco central es el encargado de regular la oferta monetaria. Es decir, puede emitir billetes y monedas nuevos. Estas emisiones se convierten en

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