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DISCIPLINAS JURIDICA Y AUXILIARES


Enviado por   •  7 de Julio de 2014  •  2.729 Palabras (11 Páginas)  •  377 Visitas

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DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES Y DISCIPLINAS JURIDICAS AUXILIARES

DISCIPLINAS JURIDICAS ESPECIALES:

La distinción entre derecho privado y público es el eje en el torno del cual gira la jurisprudencia técnica. En su aspecto sistemático. Cada una de las dos grandes ramas dividiese en varias disciplinas, a las que suele darse el nombre de especiales.

La clasificación de las disciplinas jurídicas en materias de derecho público y de derecho privado se enlaza otra, que consiste en referir las normas de cada una de aquellas al derecho interno o al interestatal.

DERECHO INTERNO DERECHO INTERNACIONAL

DERECHO PUBLICO DERECHO COSTITUCIONAL

DERECHO PENAL

DERECHO ADMINISTRATIVO

DERECHO PRIVADO Ramas espéciales del derecho privado Derecho internacional privado.

Derecho civil

El derecho procesal no figura en la clasificación que antecede. Según Du Pasquer cada una de las ramas especiales, tanto en derecho interno como en derecho internacional, posee sus reglas procesales penal. El procesal pertenece al derecho público, aun en aquellos casos en que se relaciona con el derecho privado.

DERECHO CONSTITUCIONAL

El derecho político o constitucional: es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares. El concepto de constitución puede entenderse en sentido formal o en sentido material. La palabra constitución se aplica al documento que contienen las normas la norma relativa a la estructura fundamental del Estado.

El derecho constitucional se divide en dos sentidos formal o en sentido material. En su punto de vista formal se aplica al documento que contienen las normas relativas a la estructura fundamental del Estado. Y en su forma material habla de la misma estructura pero mas amplia ya que aquí esta involucrada las organizaciones políticas, las competencias de los poderes y los principios del status de persona. Es aplicable a todo tiempo y lugar. Se trata entonces, de un concepto de alcance y valor muy generales y referibles entonces, de un concepto de alcance y valor muy generales y referibles no solo a los Estados, sino a los cuerpos físicos.

El termino Estado constitucional suele aplicarse únicamente a las organizaciones políticas “cuyas máximas fundamentales no solo definen como deben ser elegidos o designados aquellos a quienes se confié el ejercicio de los poderes soberanos, sino que imponen restricciones eficaces a tal ejercicio, con el fin de proteger los derechos y prerrogativas individuales y defenderlos contra cualquier acción del poder arbitrario.

Derecho Constitucional como conjunto de normas relativas a la estructura fundamental de Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre sí y con los particulares, aludimos tanto a reglas escritas como a normas consuetudinarias.

EL DERECHO ADMINISTRATIVO

El derecho administrativo es la rama del derecho público que tiene por objeto especifico la administración pública, expresa el concepto más moderno del derecho administrativo, no puede ser entendida si no se explica su ultima parte.

La administración pública puede ser definida como actividad a través de la cual el Estado y los sujetos auxiliares de este tienden a la satisfacción de intereses colectivos, las funciones del Estado pueden ser concebidas en dos sentidos diversos, uno material y otro formal. Desde el punto de vista formal, las diversas funciones son definidas de acuerdo con la índole de los poderes: así, la legislativa es atribuida al Congreso; las jurisdiccional, a los jueces y tribunales y la administrativa a los órganos ejecutivos.

Las funciones legislativas y jurisdiccionales ofrecen dos características comunes: imparcialidad y objetividad. Cuando el Estado, dentro de los límites que le ha señalado el derecho, persigue sus intereses, desarrolla una actividad administrativa. Por el contrario, cuando interviene para procurar la satisfacción de ciertos intereses a que el titular no puede proveer por sí mismo, a causa de la incertidumbre y de la inobservancia de la norma que los protege, existe la jurisdicción. La distinción entre actividad administrativa y jurisdiccional estriba, pues, en que mientras con la primera el Estado persigue directamente sus intereses, en cuanto pueden ser directamente perseguidos, con la segunda interviene para satisfacer intereses de otro, que han quedado sin satisfacción y que no pueden perseguirse directamente. La administración pública, en sentido material u objetivo, es la actividad del Estado encaminada la satisfacción de intereses generales, el derecho administrativo podría definirse como el ¨complejo de normas jurídicas que regula la organización y la actividad de la administración pública en sentido formal¨.

DERECHO PENAL

Define como el conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el Estado impone a los delincuentes y las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevención de la criminalidad.

Se da el nombre de delitos a ciertas acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya comisión hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas con el nombre específico de penas. No hay delito sin ley, ni pena sin ley, hallase, consagrado en el artículo 14 de la Constitución Federal, el delito representa generalmente un ataque directo a los derechos del individuo (integridad física, honor, propiedad etc.) pero atenta siempre, en forma mediata o inmediata, contra los derechos del cuerpo social.

El Derecho Penal se ha considerado, a justo titulo, como una de las ramas del Derecho Político, ya que son públicos, en definitiva los intereses tutelados y es publica la sanción(pena medida de seguridad ) impuesto a quien nos ataca.”

La pena es definida como “el sufrimiento puesto por el Estado en ejecución de una sentencia, al culpable de una infracción penal” Ese sufrimiento puede consistir en l restricción o en la perdida de ciertos dl sujeto sancionado como la libertad, la propiedad, la vida etc.

DERECHO PENAL DISCIPLINARIO Y DERECHO MILITAR.

Al definir el derecho penal nos referimos al derecho penal en su sentido real y verdadero, al que tiene por fin el mantenimiento del orden jurídico.

El derecho penal disciplinario, proviene del ejercicio de la potestad

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