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DIVIDENDOS 2014


Enviado por   •  28 de Octubre de 2014  •  813 Palabras (4 Páginas)  •  269 Visitas

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Nuevo régimen fiscal de dividendos

C.P.C. Federico Aguilar Millán, integrante de la Comisión Fiscal del IMCP

A partir de 2014 y con base en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), los

dividendos tiene un nuevo tratamiento fiscal tanto para aquellos que se paguen a una

persona física residente en México o a un extranjero, por una sociedad residente en México,

como los que se reciban por personas físicas residentes en México, de sociedades residentes

en el extranjero.

DIVIDENDOS DE SOCIEDADES MEXICANAS, ISR DE HASTA 42 POR CIENTO

De acuerdo con la nueva LISR vigente a partir del 1 de enero de 2014, los dividendos

estarán ahora sujetos a un impuesto adicional de 10 por ciento cuando se paguen a una

persona física residente en México o a un extranjero, sea persona física o moral.

Hasta 2013, el sistema de dividendos en México era un sistema totalmente integral, en

donde si las utilidades que distribuían las sociedades residentes en México ya habían sido

sujetas a gravamen, su distribución ya no implicaba ningún impuesto adicional,

independientemente del perceptor del dividendo. A partir de 2014 esto ya no es así, pues

ahora si las utilidades ya fueron objeto de impuesto a nivel corporativo también podrían

estar sujetas a impuesto al nivel del accionista.

Es importante comentar que los dividendos entre sociedades mexicanas siguen con las

reglas anteriores; esto es, si las utilidades ya pagaron impuesto corporativo en la sociedad

que las generó, ya no estarían sujetas a gravamen en la sociedad que recibe los dividendos.

El control de dichas utilidades, como sabemos, se realiza por medio de la Cuenta de

Utilidad Fiscal Neta (CUFIN).

Ahora bien, atinadamente mediante una regla transitoria de la nueva LISR, se establece que

las sociedades mexicanas llevarán dos registros de CUFIN, uno para las utilidades

generadas hasta 2013 y otro para las utilidades generadas a partir de 2014, esto con el

objeto de que el nuevo impuesto sobre dividendos sólo se aplique para las utilidades

generadas a partir de 2014.

En este sentido, si una sociedad paga un dividendo en 2014, sólo estará sujeto al nuevo

impuesto cuando se paguen de la CUFIN de 2014, pero no si se pagan de la CUFIN de

2013.

Para que quede más claro el impacto de este nuevo impuesto, supongamos que tenemos una

sociedad que generó 100 de utilidad. De esos 100 tendría que pagar 30 de ISR corporativo

y le quedarían 70 que podría pagar como dividendo al accionista persona física. A partir de

2014, la tarifa de personas físicas se incrementó de una tasa máxima de 30 por ciento a una

tasa

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