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DIVORCIO INCAUSADO O EXPRES


Enviado por   •  31 de Marzo de 2014  •  1.424 Palabras (6 Páginas)  •  297 Visitas

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El derecho familiar es uno de los temas más importantes en nuestra sociedad actual, porque sin lugar a dudas, si atendemos a que la familia, según algunos tratadistas, es la célula de la sociedad no podemos menoscabarla con figuras novedosas que solo vean por el protagonismo, porque seguramente todo el entorno que rodea a la familia, importa a todos por igual.

Los Códigos Civiles de los las entidades federativas cuentan con capítulos, que enumeran cientos de artículos que tienen que ver con temas como la custodia de menores la adopción, perdida de la patria potestad, obligación de dar alimentos, convivencia de los hijos con padres divorciados y en especifico las formas de disolución del vinculo matrimonial, que hasta hace poco en todas las legislaciones de la república el divorcio se podía promover por dos vías: A) Divorcio por mutuo consentimiento B) Divorcio necesario. Sin embargo cabe destacar que a partir del año 2008 en el Distrito Federal se reformó el Código Civil y en un afán de innovar, rompen todos los esquemas culturales al introducir lo que ahora se conoce como “divorcio incausado o express” y con en esta modalidad no importa la opinión de uno de los cónyuges, destacando que el divorcio tiene las características de un contrato unilateral o de adhesión, o sea, una vez promovido por uno de los conyuges, recaerá una sentencia en donde se disolverá el vinculo matrimonial, ya que ahora con esta reforma bastará que a la demanda de divorcio se acompañe una propuesta de convenio en donde se acote todo lo relacionado con la sociedad conyugal, en caso de haberlo, y dejando en estado de indefensión al interés superior de los menores, -tema que está tan de moda en estos días-, en cuanto a la guarda y custodia, visitas y convivencias, vestido y alimentos, y si acaso estuviese de acuerdo el cónyuge demandado, entonces sería bilateral, pero la realidad es que los temas tratados líneas arriba se resuelven por vía incidental, es decir, como otro asunto que nada tiene que ver con el divorcio.

Cada quien tiene su propia opinión, pero en lo particular considero que la naturaleza de este figura jurídica contraviene los propósitos mismos del matrimonio y ahora a los consortes se les tratará como objetos de un solo uso, y esa decisión la tiene cualquiera de estos, no importando el respeto, el amor, el conformar una familia y sobre todo la fidelidad entre los consortes. Por lo anterior, el matrimonio en este sentido se convirtió en la capital en un contrato con una clausula sujeta a condición, dicho de otro modo, cualquier cónyuge puede casarse y permanecer así, siempre y cuando el otro lo permita, y cabe agregar que para el divorcio incausado deben permanecer mínimo un año juntos, luego entonces tienen matrimonios de prueba, y una vez transcurrido este tiempo, deciden si renuevan el contrato de matrimonio o no, lo que se puede interpretar como un juego.

Debemos tener en cuenta que el DIVORCIO EXPRÉS, o incausado únicamente divorcia a los cónyuges que es el motivo principal del juicio , pero en el caso de que existan hijos se tiene que constituir un convenio en donde se establecen los derechos y obligaciones con los hijos, en caso de no llegar a un acuerdo se tendrá que recurrir a un juicio de controversias de orden familiar esto es para garantizar y salvaguardar los derechos de los menores, de igual manera si el régimen de sociedad conyugal de los consortes es por bienes mancomunados se tiene que establecer en el mismo convenio la liquidación de la sociedad conyugal (repartición de bienes) en caso de no llegar a un acuerdo se tendrá que iniciar un Juicio Ordinario para que un tercero (juez) haga la repartición de 50 y 50. Ambos juicios tendrían una duración de 6 meses como mínimo. Debemos estar conscientes que aún que el vinculo matrimonial se disuelve sigue existiendo la relación con los hijos y sigue pendiente el tema de la repartición de los bienes.

A continuación las causales de divorcio en el Estado de Guanajuato, en Guanajuato todavía no hay divorcio incausado,

ARTÍCULO 323. Son causas de divorcio:

I. El adulterio de uno de los cónyuges;

II. El hecho de que durante el matrimonio nazca un hijo de alguno de los cónyuges, que haya sido procreado antes de la celebración de aquél y que así sea declarado judicialmente;

III. La propuesta del marido para prostituir a su mujer, no sólo cuando el mismo marido la haya hecho directamente sino cuando se pruebe que ha recibido dinero o cualquiera remuneración con el objeto expreso de permitir que otro tenga relaciones carnales con su mujer;

IV. La incitación o la violencia hecha por un cónyuge

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